Es noticia
El Constitucional amparó de forma irregular a Los Albertos, según los minoritarios de Urbanor
  1. España
SÓLO ANULÓ LA PRESCRIPCIÓN DEL DELITO, NO LA CONDENA

El Constitucional amparó de forma irregular a Los Albertos, según los minoritarios de Urbanor

El año 2008 va a pasar a la Historia de España como el de las innovaciones en el sistema judicial de nuestro país. El pasado 20

Foto: El Constitucional amparó de forma irregular a Los Albertos, según los minoritarios de Urbanor
El Constitucional amparó de forma irregular a Los Albertos, según los minoritarios de Urbanor

El año 2008 va a pasar a la Historia de España como el de las innovaciones en el sistema judicial de nuestro país. El pasado 20 de febrero, el Tribunal Constitucional concedió el amparo a Alberto Alcocer y Alberto Cortina por prescripción del delito. Los primos habían sido condenados por el Tribunal Supremo el 14 de marzo de 2003 a tres años y cuatro meses de cárcel y al pago de casi 25 millones de euros por estafa y falsedad documental por el conocido como ‘caso Urbanor’. Sin embargo, los servicios jurídicos de los denunciantes, los socios minoritarios de la citada constructora Pedro Sentieri y Julio San Martín, aseguran que ese amparo es irregular porque sólo anula la primera de las dos sentencias, referente a la prescripción de delito, y no la segunda, que condenaba en firme a Los Albertos. Es la primera vez que ocurre esto desde el nacimiento del Constitucional.

“Es un error propio de un estudiante de 1º de Derecho”, explican las fuentes, “entender las resoluciones derivadas del recurso de casación como una sola sentencia”. Dicho recurso de casación fue presentado ante el Supremo contra la sentencia absolutoria para Los Albertos de la Audiencia Provincial de Madrid del 25 de enero de 2001. “Este procedimiento consta de dos fases. En primer lugar, el Supremo revisa la sentencia para ver si los motivos se ajustan a derecho o no. En este caso, la sentencia de la Audiencia Provincial se casa, se rompe”. Es decir, no se ajustaba a derecho la prescripción de delito y, por tanto, la absolución. Por ello, el Supremo tuvo que dictar otra sentencia: la condenatoria. “En esta segunda fase, se especifican los hechos probados, la tipificación de los delitos y se imponen las condenas pertinentes”.

Así las cosas, si el Constitucional no ha anulado la sentencia condenatoria, son los propios Albertos los que se encuentran con un problema porque “la condena ha pasado a ser firme”. Un desaguisado que el Supremo deberá resolver porque “hay que determinar cómo afecta realmente el amparo”, continúan las fuentes, “es una situación novedosa y ambigua”.

La Audiencia Provincial de Madrid complica las cosas

Si las cosas no estaban lo suficientemente complicadas, la Audiencia Provincial de Madrid ha rizado el rizo. Tras conocer el amparo del Constitucional, entendió que había que anular tanto los avales bancarios solicitados a los primos así como sus antecedentes penales. Algo que ahora los socios minoritarios han recurrido “porque hay que esperar a que el Supremo resuelva el asunto del amparo, la Audiencia se ha precipitado y ahora lo lógico es que no diga nada hasta que la instancia superior se pronuncie”. Este recurso “no es en sí por los antecedentes ni el aval que, al fin y al cabo, son totalmente solventes”, sino porque hay que esperar al Supremo.

Alberto Cortina y Alberto Alcocer fueron condenados por estafar a sus socios de Urbanor en la venta de los terrenos de la constructora donde hoy se levantan las torres KIO en la Plaza Castilla de Madrid. Los primos cobraron del Grupo KIO 231.000 de las antiguas pesetas por metro cuadrado mientras que los socios obtuvieron 150.000.

Pero el ‘caso Urbanor’ se complica con otro paralelo, el de la carta falsa. Una misiva cuyo contenido revelaba la supuesta confabulación de los socios minoritarios para incriminar a Los Albertos puesto que reconocían tener conocimiento de los dos precios de la venta de terrenos. Dicho documento apareció casualmente 26 días después de conocer la condena del Supremo y después de que éstos contrataran los servicios de Capital Inmobiliario Colón para “investigar, localizar y obtener material probatorio” que desestimara la sentencia del Supremo. Pero la carta falsa tropezó con el Juzgado número 11 de Madrid a cargo del magistrado Juan Javier Pérez que ha trasladado orden a la Audiencia Provincial para abrir juicio oral.

Tres meses antes, el Constitucional ya les había echado una mano con su, ahora, cuestionado amparo. Una resolución que tendrá que aclarar el Supremo, al igual que hizo con la ‘doctrina Botín’, en un año cargado de fórmulas judiciales cuando menos novedosas.

El año 2008 va a pasar a la Historia de España como el de las innovaciones en el sistema judicial de nuestro país. El pasado 20 de febrero, el Tribunal Constitucional concedió el amparo a Alberto Alcocer y Alberto Cortina por prescripción del delito. Los primos habían sido condenados por el Tribunal Supremo el 14 de marzo de 2003 a tres años y cuatro meses de cárcel y al pago de casi 25 millones de euros por estafa y falsedad documental por el conocido como ‘caso Urbanor’. Sin embargo, los servicios jurídicos de los denunciantes, los socios minoritarios de la citada constructora Pedro Sentieri y Julio San Martín, aseguran que ese amparo es irregular porque sólo anula la primera de las dos sentencias, referente a la prescripción de delito, y no la segunda, que condenaba en firme a Los Albertos. Es la primera vez que ocurre esto desde el nacimiento del Constitucional.