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Telefónica pierde el pulso contra la CNMC por negar a seis operadores el acceso a sus postes
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Multa de 3 millones de euros

Telefónica pierde el pulso contra la CNMC por negar a seis operadores el acceso a sus postes

La Audiencia Nacional señala que "resulta ineludible" mantener algún tipo de relación de acceso con la operadora para la provisión de servicios de comunicaciones electrónicas

Foto: Fachada de la sede de Telefónica en Madrid. (Europa Press/Eduardo Parra)
Fachada de la sede de Telefónica en Madrid. (Europa Press/Eduardo Parra)
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Nuevo pulso en los tribunales entre Telefónica y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso que la compañía dirigida por José María Álvarez-Pallete interpuso contra el expediente abierto hace cuatro años por el organismo regulador, que culminó en una multa de tres millones de euros por denegar el acceso a su infraestructura a seis operadores alternativos que prestaban servicios a clientes empresariales.

Telefónica cuenta con la red física de telecomunicaciones —conductos, registros o postes— más extensa de España. Esta posición dominante le convierte en receptor de miles de solicitudes de uso, principalmente de pequeños operadores que no cuentan con infraestructura propia. Algunas de esas peticiones reciben luz verde y otras son denegadas, como sucedió en el caso sancionado por la CNMC, a quien los tribunales le han dado ahora la razón. No obstante, la decisión judicial aún no es firme, ya que cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

En una sentencia, fechada el 12 de febrero y consultada por El Confidencial, la Audiencia Nacional aclara que resulta ineludible "mantener algún tipo de relación de acceso con Telefónica para la provisión de servicios de comunicaciones electrónicas en España", siendo un operador "con poder significativo en la mayoría de los mercados". Aclara, además, que la conducta que sancionó la CNMC "afecta a un insumo" (la infraestructura física) que resulta "crítico" para el desarrollo "de una verdadera competencia en los mercados de banda ancha".

Hay que recordar que la CNMC multó a Telefónica en 2022 con tres millones de euros tras constatar que, entre septiembre de 2019 y septiembre de 2020, la operadora rechazó o retrasó injustificadamente 41 solicitudes de uso compartido de infraestructuras formuladas por esos seis operadores alternativos (Aire Networks, Carcon, CenturyLink, Colt, Idecnet e Iguana) que buscaban desplegar fibra o prestar servicios a clientes empresariales. Según el regulador, esa conducta impedía a los competidores operar en igualdad de condiciones en un elemento clave para el despliegue de redes de nueva generación.

Retrasó injustificadamente 41 solicitudes de uso compartido de infraestructuras formuladas por esos seis operadores

Los jueces detallan que la principal 'teleco' española no solo retrasó solicitudes de acceso, sino que lo hizo respecto a operadores con los que ya mantenía acuerdos de uso de la oferta mayorista MARCo, el sistema regulado de acceso a registros y conductos de Telefónica, y cuyas peticiones habían sido validadas en años anteriores sin objeciones. En cambio, en el periodo analizado comenzaron a rechazarse solicitudes "sin una motivación adecuada y suficiente", pese a que respondían a los mismos tipos de despliegue que se habían autorizado previamente.

La sentencia considera acreditado que esas decisiones respondieron a una conducta discriminatoria incompatible con las obligaciones regulatorias que pesan sobre Telefónica como operador dominante. En particular, el tribunal señala que los rechazos se basaron en motivos que la normativa sectorial prohíbe, como razones tecnológicas o de arquitectura de red, cuando lo exigido es garantizar el acceso a la infraestructura en condiciones equivalentes para todos los operadores.

Considera acreditado que esas decisiones respondieron a una conducta discriminatoria incompatible con sus obligaciones

Con este razonamiento, la Audiencia Nacional concluye que la actuación de la compañía vulneró la obligación de acceso a infraestructuras físicas impuesta por la regulación de mercados mayoristas de banda ancha. Esa obligación, recuerda el fallo judicial, busca evitar que el operador con mayor peso en el sector utilice su posición para restringir la competencia y dificultar el despliegue de redes de nueva generación por parte de terceros.

La regulación europea le obliga a abrir su red a terceros, siempre en condiciones reguladas, para favorecer la competencia del mercado en zonas donde hay menos operadores. Como heredera del antiguo monopolio público, Telefónica es propietaria de buena parte de las canalizaciones subterráneas, postes y arquetas de España. También tenía la mayor red de cobre, hasta que realizó la migración total a fibra óptica en mayo de 2025, diez años antes de lo exigido por Bruselas.

La CNMC focaliza buena parte de su trabajo en supervisar a empresas energéticas y operadores de telecomunicaciones, ya que son las que juegan en los sectores más regulados. Así se explica que su relación con Telefónica esté marcada por una intensa actividad judicial. En ocasiones, la moneda cae del lado de la operadora, mientras que en otras ha sido el organismo presidido por Cani Fernández quien se lleva la victoria en los tribunales.

Disputas paralelas entre Telefónica y CNMC

Su principal disputa tiene que ver con la compra de Sogecable, la propietaria de Canal+. Telefónica aceptó una serie de condiciones para cerrar esa operación, pero la CNMC le ha sancionado en varias ocasiones por incumplir esos compromisos. Ahora mismo son seis los procesos incoados, con multas que en conjunto suman 17,5 millones. Aunque, igual que con la negación de acceso a su infraestructura, estos casos no son firmes porque están recurridos ante instancias superiores.

El fondo del desencuentro entre las partes está en los plazos marcados para el respeto de los compromisos acordados. Por ejemplo, en los 'remedies' relacionados con los derechos de emisión del fútbol, Telefónica ha llegado hasta el Tribunal Constitucional para defender que el proceder de la CNMC es ilegal. Sostiene que las medidas finalizaban en abril de 2020, pero el regulador amplió esas exigencias hasta 2023 en junio de ese mismo año. Es un decalaje de dos meses que, en opinión de Telefónica, supone haber aprobado la extensión fuera de plazo y sin base legal suficiente.

Otro de los puntos de fricción está en el cobro de la Tasa General de Operadores (TGO), con la que el regulador financia parte de su actividad. En este caso, la Audiencia Nacional le dio la razón a Telefónica, igual que a otros operadores que pleitearon en procesos paralelos. No es que se haya declarado que ese cobro era ilegal, sino que se realizó un cálculo excesivo. Por este motivo, la 'teleco' reingresó casi cinco millones, entre lo pagado indebidamente más los intereses.

La CNMC focaliza buena parte de su trabajo en supervisar a empresas energéticas y operadores de telecomunicaciones

Más recientemente, fue la CNMC quien recibió el respaldo de la Justicia después de multar a siete operadoras por ofrecer a las empresas la contratación de líneas 902 a cambio de una contraprestación económica. Entre las sancionadas estaba Telefónica, que afronta un castigo de 160.000 euros por haber retribuido a Securitas Direct en función del tráfico recibido a través de ese canal, un coste que posteriormente fue repercutido a los clientes de la aseguradora.

Nuevo pulso en los tribunales entre Telefónica y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso que la compañía dirigida por José María Álvarez-Pallete interpuso contra el expediente abierto hace cuatro años por el organismo regulador, que culminó en una multa de tres millones de euros por denegar el acceso a su infraestructura a seis operadores alternativos que prestaban servicios a clientes empresariales.

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