Orange afronta el pago de 35 millones por el fraude fiscal de sus proveedores
La justicia avala una regularización de Hacienda que le a desembolsar 25 millones en IVA por el periodo 2014-2016 y más de 10 millones de sanción por falta de diligencia
La Audiencia Nacional asesta un importante castigo fiscal a Orange, propiedad del grupo MásOrange tras la fusión con MásMóvil. El operador naranja enfrenta un desembolso superior a los 35 millones de euros por hechos ocurridos hace más de una década, cuando, según acreditan los jueces, proveedores con los que operaba en la reventa de minutos de telefonía participaban en una red de fraude del IVA. No obstante, la sentencia todavía no es firme.
Los hechos se remontan al periodo comprendido entre 2014 y 2016, cuando la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), tras una inspección, dictó un acuerdo de liquidación de IVA por el que fijó que la entonces Orange España adeudaba al fisco 24,5 millones de euros. Paralelamente, el organismo dependiente de Hacienda impuso una sanción de 10,6 millones de euros.
Orange recurrió ambas resoluciones ante el Tribunal Económico-Administrativo Central, que las desestimó en 2021, lo que llevó a la compañía a acudir a la Audiencia Nacional. Sin embargo, en una sentencia del 22 de diciembre de 2025 consultada por El Confidencial, los magistrados concluyen que la empresa "pudo conocer la red de fraude fiscal" si hubiera desplegado "una razonable actividad de investigación y control sobre sus proveedores", por lo que rechazan el recurso.
Este fallo ha generado un descontento mayúsculo en la operadora. No entienden verse salpicados por el fraude fiscal de unos proveedores que se encuentran en los escalafones más bajos de la cadena de valor, cuando ellos han cumplido en todo momento con sus obligaciones fiscales, como acredita la propia sentencia. En este sentido, un portavoz oficial de la compañía ha confirmado que presentarán recurso de casación ante el Tribunal Supremo, por lo que la sentencia todavía no es firme.
No entienden verse salpicados por el fraude fiscal de unos proveedores que están en los escalafones más bajos de la cadena de valor
Uno de los puntos que genera mayor discordia es que el fallo se apoye en una doctrina que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) fijó años después de los hechos juzgados. Por lo tanto, consideran que en este caso no aplica esa exigencia de adoptar más medidas de diligencia al contratar a determinados proveedores que a su vez se abastecían de empresas implicadas en una trama fraudulenta.
El negocio mayorista bajo la lupa
La inspección se centró en el negocio mayorista de compraventa internacional de minutos de voz, una operativa de reventa habitual en el sector para cursar tráfico hacia rutas internacionales. La discusión no giró sobre la existencia de la actividad ni sobre su sujeción al IVA, sino sobre el derecho de Orange a deducirse el impuesto soportado en esas compras.
Según el criterio de Hacienda, avalado primero por el TEAC y ahora por la Audiencia Nacional, el operador ahora propiedad de MásOrange se dedujo cuotas vinculadas a una cadena de fraude carrusel. Se trata de esquemas en los que el IVA se va repercutiendo a lo largo de la cadena, pero deja de ingresarse en algún punto, mientras el último operador pretende deducírselo.
La sentencia sitúa el núcleo del caso en la diligencia exigible a la compañía. El fallo recuerda que la clave es determinar si el contribuyente "conocía o pudo cabalmente conocer" las conductas evasivas del pago del IVA "mediante el mantenimiento de una actuación diligente".
En ese marco, respalda la conclusión de la Inspección de la AEAT, que se apoya en la doctrina marcada por el TJUE, y asume que "omitió la diligencia debida" para comprobar la existencia de una red de fraude tributario. Según la sentencia, si Orange hubiera aplicado "un grado de diligencia suficiente y razonable", habría podido conocer que sus proveedores directos formaban parte de una cadena que defraudaba IVA, lo que justifica la improcedencia de deducir las cuotas soportadas.
Proveedores noveles y contratos millonarios
El tribunal subraya el contraste entre el tamaño del operador y el perfil de sus suministradores. Se trataba de sociedades de "reciente creación y escasa o nula actuación" con las que MásOrange suscribió contratos de varios millones sin realizar "una mínima comprobación" sobre su situación fiscal, su capacidad económica o su inscripción en registros oficiales. Los jueces destacan además que parte de los pagos se realizaban en "cuentas bancarias de terceros, radicadas en un paraíso fiscal, como Isla Mauricio".
Ese reproche se concreta proveedor por proveedor. En el caso de Rudare, por ejemplo, la sentencia afirma que Orange no verificó sus condiciones básicas. Sobre Ltdtel, recalca que, pese a ser una empresa "sin estructura empresarial", MásOrange le adquirió servicios por más de siete millones de euros en 2014 y volúmenes aún mayores en los ejercicios siguientes. En Tus Comunicaciones, la Sala incide en la "multiplicidad de sociedades vinculadas" y en la ausencia de entidad empresarial real.
La sentencia recoge la resolución del TEAC que señala que Orange no acometió "una mínima actividad de comprobación" de la fiabilidad de sus proveedores en operaciones de importes muy elevados y que esa labor estaba a su alcance. Con ese mismo razonamiento, el tribunal valida también la sanción impuesta por Hacienda, al apreciar negligencia sancionable por deducir cuotas de IVA que no procedían. A falta de saber qué pasa con el recurso, el resultado es la confirmación íntegra de la liquidación y la multa, más de 35 millones.
La Audiencia Nacional asesta un importante castigo fiscal a Orange, propiedad del grupo MásOrange tras la fusión con MásMóvil. El operador naranja enfrenta un desembolso superior a los 35 millones de euros por hechos ocurridos hace más de una década, cuando, según acreditan los jueces, proveedores con los que operaba en la reventa de minutos de telefonía participaban en una red de fraude del IVA. No obstante, la sentencia todavía no es firme.