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El Supremo cierra la vía judicial a PwC por la multa de la auditoría de Gold Petroleum
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El Supremo cierra la vía judicial a PwC por la multa de la auditoría de Gold Petroleum

El Alto Tribunal inadmite el recurso de casación al no apreciar interés jurídico general y confirma la sanción por infracción grave en materia de auditoría

Foto: Logo de PwC. (Reuters/Benoit Tessier)
Logo de PwC. (Reuters/Benoit Tessier)
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El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso de casación presentado por PwC y un auditor de la firma, que intentaban anular la multa impuesta por supuestas irregularidades en la auditoría de las cuentas anuales de la empresa Gold Petroleum. El Alto Tribunal ha dado así la razón al Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) y ha dejado firme la sanción: 645.459 euros para la firma y 4.350 euros para el auditor responsable.

El auto, dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, inadmite el recurso por no apreciar interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia, requisito exigido por la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa para que el Supremo entre a conocer del fondo del asunto.

El procedimiento tiene su origen en una resolución del ICAC que declaró a PwC y al auditor responsables de una infracción grave prevista en el artículo 73.b) de la Ley de Auditoría de Cuentas, por incumplimiento de normas de auditoría con posible efecto significativo en el resultado del trabajo y en el informe emitido. Dicha resolución fue confirmada posteriormente por la Audiencia Nacional en sentencia en abril de 2025, que desestimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por los sancionados.

En su escrito de preparación del recurso de casación, PwC alegó, entre otros motivos, la infracción de los principios de culpabilidad y presunción de inocencia, así como defectos de motivación y falta de proporcionalidad en la sanción. Para justificar la admisión del recurso, invocó varias presunciones legales de interés casacional y aportó una sentencia de la Audiencia Nacional como resolución de contraste.

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El Tribunal Supremo rechaza estos argumentos y señala que existe jurisprudencia suficiente sobre las cuestiones planteadas, tanto del propio Supremo como del Tribunal Constitucional, sin que se aprecie la necesidad de un nuevo pronunciamiento. Añade que la controversia se centra en la valoración de las circunstancias concretas del caso, lo que excluye su acceso a la casación.

La Sala también descarta la validez de la sentencia aportada como contraste al proceder del mismo órgano judicial que dictó la resolución recurrida y al no responder a un criterio interpretativo distinto, sino a una diferente valoración de los hechos.

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En relación con las alegaciones sobre la proporcionalidad de la sanción y la aplicación de circunstancias atenuantes previstas en la Ley de Auditoría de Cuentas, el auto concluye igualmente que se trata de cuestiones ligadas al caso concreto y que ya han sido abordadas en la jurisprudencia existente.

La inadmisión del recurso conlleva costas procesales para PwC y el auditor, con un límite máximo de 2.000 euros, y supone el cierre definitivo de la vía judicial frente a la sanción impuesta por el ICAC.

El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso de casación presentado por PwC y un auditor de la firma, que intentaban anular la multa impuesta por supuestas irregularidades en la auditoría de las cuentas anuales de la empresa Gold Petroleum. El Alto Tribunal ha dado así la razón al Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) y ha dejado firme la sanción: 645.459 euros para la firma y 4.350 euros para el auditor responsable.

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