La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) no aprecia distorsiones a la competencia en la contratación entre sociedades del grupo Aena y señala que en los casos analizados los precios parecen ser de mercado y las actuaciones se acotan a actividades concretas.
En concreto, el informe que ha publicado el organismo sobre la contratación interna realizada entre determinadas sociedades del grupo Aena se centra en los contratos intragrupo para prestar servicios de acceso y uso de aparcamientos, salas VIP y servicios "fast".
En un comunicado, la CNMC ha explicado que la matriz Aena prestará ciertos servicios en los aeropuertos de la red para los empleados de sus filiales Aeropuerto Internacional de la Región de Murcia (Ascairm) y en la filial Aena Desarrollo Internacional (ADI).
Al pertenecer al sector público, los contratos de las sociedades del grupo Aena deben respetar los principios generales de la contratación pública: publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación, señala la CNMC.
Desde 2021, la Ley de Contratos del Sector Públicopermite que las entidades del mismo grupo puedan adjudicarse contratos directamente siempre que cumplan ciertos requisitos, entre ellos no alterar las condiciones de competencia en el mercado.
Para garantizar este objetivo, ha apuntado el organismo, es obligatorio que antes de que el contrato entre en vigor se remita a la CNMC una solicitud de valoración sobre su impacto en la competencia.
Este informe, ha recalcado la CNMC, no prejuzga otras actuaciones futuras en el ejercicio de sus funciones de supervisión y sanción.
La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) no aprecia distorsiones a la competencia en la contratación entre sociedades del grupo Aena y señala que en los casos analizados los precios parecen ser de mercado y las actuaciones se acotan a actividades concretas.