Sandra Ortega vuelve a ganar a la banca por la quiebra de Room Mate
La empresaria suma dos sentencias favorables que no consideran acreditado que ella diese su consentimiento para avalar el endeudamiento de la cadena hotelera
Nueva victoria para Sandra Ortega frente a la banca por la quiebra de Room Mate. El Juzgado de Primera Instancia número 62 de Madrid ha desestimado la demanda de Banca March contra Rosp Corunna, sociedad patrimonial de la empresaria, en la que reclamaba una indemnización de 36,2 millones de euros por el presunto incumplimiento de los términos de una carta de patrocinio que Ortega habría firmado para financiar a la hotelera, según consta en la sentencia a la que ha tenido acceso El Confidencial, fechada el 8 de octubre.
March solicitaba al juzgado que declarase la validez de las cartas de patrocinio (comfort letters) que Ortega habría firmado como garantía de la financiación concedida por el banco a la cadena hotelera, que en junio de 2022 se declaró en concurso de acreedores. La empresaria siempre ha defendido que ella nunca autorizó la firma de las citadas cartas, que afectan a varias entidades financieras, y responsabiliza de ello a su antiguo hombre de confianza, José Leyte, al que acusa de haber falsificado su firma.
Estas comfort letters actuaban como seguros para los bancos. Si Room Mate no podía devolver los préstamos, sería Rosp Corunna, accionista de la cadena por entonces, quien respondería de las deudas.
Durante el juicio, Rosp Corunna explicó que las cartas de patrocinio fueron emitidas en los albores de la pandemia o incluso en pleno Covid, cuando Room Mate ya estaba muy débil financieramente y, por tanto, resultaba inverosímil que el family office estuviese dispuesto a otorgar garantías por importe de casi 150 millones de euros, si se suman los préstamos concedidos por diferentes entidades.
Rosp Corunna explicó que las cartas de patrocinio fueron emitidas en los albores de la pandemia o incluso en pleno Covid
La sentencia tumba en su totalidad la reclamación de la entidad financiera tras concluir que no hay ni una sola prueba que demuestre que la empresaria consintió la firma de esas cartas, “pudiendo concluirse que las mismas son nulas de pleno derecho”. La resolución recuerda que March nunca contactó con Ortega directamente para tratar este asunto, ni solicitó su firma presencial -como sí hizo en otras operaciones-, ni verificó a posteriori que la firma estampada fuera suya.
La empresaria, además, no aparece en la documentación aportada por el banco a la causa y en las comunicaciones al respecto no intervino, “ni antes, ni durante, ni después de la emisión de las cartas”. Sandra Ortega dio la voz de alarma tras la salida de Leyte y el descubrimiento de estas cartas, momento en el que contactó con March para trasladarle que no las había firmado.
La entidad financiera tampoco ha podido demostrar que Ortega impusiera a March, “ni a ningún otro banco”, que las firmas de documentación “fueran realizadas por intercambio de documentación, y cuando, a mayor abundamiento, no hubo intercambio de documentación alguno entre Rosp y Banca March, porque el intercambio se produjo entre Room Mate y Banca March; máxime ante el hecho de que cuando la Sra. Ortega Mera ha mostrado su conformidad a la emisión de alguna Carta de Patrocinio, dicha emisión se ha producido en unas circunstancias que nada tienen que ver con la forma en la que se habrían emitido las que son objeto de la presente demanda”.
La sentencia también apunta que fue decisión de Banca March “el dar por buena la firma” de Sandra Ortega en las cartas de patrocinio “con base exclusivamente en un negligente criterio de confianza, lo que le llevó a asumir tan atrevidamente el riesgo de la financiación”. Para el juez, la demanda debe ser desestimada al encontrarse “ante la más absoluta falta de prueba” que acredite que fue la empresaria la que autorizó la firma de las citadas cartas.
“Banca March va a recurrir la sentencia ante la Audiencia Provincial porque estamos plenamente convencidos de la validez de las garantías”, señalan fuentes de la entidad financiera a este diario.
Segunda sentencia favorable
La sentencia March se suma a otra resolución dictada a comienzos de año que también desestimó una reclamación de EBN Banco de Negocios tras concluir, igualmente, que no había quedado demostrado que la empresaria accediese a firmar las comfort letters.
Los pleitos de March y EBN han sido los primeros en resolverse, pero hay otras entidades como Deutsche Bank, Société Generale, Bankinter y Abanca que también habrían iniciado acciones legales en busca de indemnización por presuntos incumplimientos de los términos de las cartas de patrocinio.
Nueva victoria para Sandra Ortega frente a la banca por la quiebra de Room Mate. El Juzgado de Primera Instancia número 62 de Madrid ha desestimado la demanda de Banca March contra Rosp Corunna, sociedad patrimonial de la empresaria, en la que reclamaba una indemnización de 36,2 millones de euros por el presunto incumplimiento de los términos de una carta de patrocinio que Ortega habría firmado para financiar a la hotelera, según consta en la sentencia a la que ha tenido acceso El Confidencial, fechada el 8 de octubre.