Bruselas pide a España que aclare la multa a las aerolíneas por cobrar el equipaje de mano
La medida iniciada por la Comisión Europea, conocida como EU Pilot, es el primer paso antes de decidir si abren un expediente de infracción de la legislación comunitaria contra el Estado.
:format(jpg)/f.elconfidencial.com%2Foriginal%2F62c%2F97d%2Fe1c%2F62c97de1c17e1d689f4ed8553e9b9a70.jpg)
La Comisión Europea ha abierto un proceso de petición de información a las autoridades españolas para determinar la legalidad de la multa de 179 millones de euros que el Ministerio de Consumo impuso a una serie de aerolíneas de bajo coste por prácticas que considera graves, entre las que incluía el cobro por viajar con la maleta de mano en la cabina. Así lo ha adelantado este miércoles por la noche el portal de información europea Politico y ha confirmado a El Confidencial a través de fuentes internas del proceso y de la propia Comisión Europea, que ha explicado que el proceso se inició a principios de esta semana. Si Bruselas concluye que la medida vulnera la legislación europea, abrirá un expediente que podría acabar en sanción.
"La Comisión ha recibido una denuncia de las asociaciones de compañías aéreas sobre las sanciones relacionadas con las políticas de equipaje de mano de las compañías aéreas", ha explicado a El Confidencial una portavoz del Ejecutivo comunitario. "Para evaluar plenamente esta denuncia, los servicios de la Comisión han iniciado a principios de esta semana un intercambio con España en el contexto del llamado diálogo EU Pilot", ha añadido.
El proceso es "un intercambio informal de información entre la Comisión y el Estado miembro sobre cuestiones relacionadas con el posible incumplimiento de la legislación de la UE, que permite a la Comisión evaluar si hay motivos para iniciar un procedimiento formal de infracción", subraya la portavoz. Un procedimiento de infracción es el proceso por el cual Bruselas intenta que un Estado miembro que está incumpliendo la legislación europea —ya sea porque una ley nacional entre en conflicto con el derecho de la Unión o porque no se ha completado la trasposición de una directiva— corrija esa incompatibilidad.
Aunque el inicio de un EU Pilot no prejuzga la apertura de un procedimiento de infracción y su objetivo es precisamente determinar si debe abrirse o no, de iniciarse dicho proceso y de no resolverse el conflicto, existe la posibilidad de que el asunto acabe en manos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). En última instancia, el alto tribunal de Luxemburgo puede llegar a establecer una multa diaria contra el Estado miembro si antes ha dado la razón a la Comisión Europea y el Gobierno nacional persiste en su incumplimiento.
El inicio de un EU Pilot no prejuzgue la apertura de un procedimiento de infracción y su objetivo es determinar si debe abrirse o no
En todo caso, los contactos entre el Gobierno y la Comisión Europea no han comenzado ahora. En diciembre, Óscar Puente, ministro de Transporte, se reunió en Bruselas con el recién nombrado comisario de Transporte, el griego Apostolos Tzitzikostas, y entre otros asuntos hablaron sobre la multa a las aerolíneas. De hecho, en esos mismos días algunos representantes de las autoridades españolas se reunieron con técnicos de la dirección general de Transporte de la Comisión Europea (DG MOVE) para explicar la lógica detrás de la multa, que tuvo un gran eco en Bruselas.
En la confirmación a El Confidencial del inicio del EU Pilot, la portavoz comunitaria mantiene los delicados equilibrios que hacen que la Comisión Europea sufra en estos pulsos entre aerolíneas y Gobiernos nacionales, que no son nuevos: el Parlamento Europeo ha exigido que el Ejecutivo comunitario tome cartas en el asunto y la antecesora de Tzitzikostas, la rumana Adina Valean, también tuvo que hacer equilibrismos. "La Comisión apoya en general las medidas de protección de los consumidores acordes con las normas del mercado interior de la UE, siempre que respeten la libertad de precios y la transparencia de los mismos", señala la portavoz de la Comisión Europea.
Óscar Puente, ministro de Transporte, se reunió en Bruselas con el comisario de Transporte, el griego Apostolos Tzitzikostas
A preguntas de este periódico, fuentes del Ministerio de Consumo han señalado que el departamento "tiene plena y total confianza en el proceso administrativo, la argumentación jurídica y las bases legales de las sanciones que fueron interpuestas contra varias aerolíneas low cost". Además, explican que están dispuestos "a intercambiar cuanta información sea necesaria dentro de un procedimiento completamente normal dentro de la UE, tal y como hemos venido haciendo a lo largo del procedimiento". No obstante, se muestran sorprendidos de "la celeridad para abrir un EU Pilot sobre este caso y que, además, se dé a conocer el día en el que el presidente de Ryanair ha atacado desde Bruselas al ministro Pablo Bustinduy".
Las cinco aerolíneas low cost multadas son Ryanair, Vueling, EasyJet, Volotea y Norwegian, si bien la primera de ellas es la más afectada, con 108 millones de euros. A ella le siguen Vueling y Ryanair, con 39 y 29 millones, respectivamente. Entre las tres superan el 98% del importe de la sanción. Consumo entiende que cobrar a los pasajeros por el equipaje de mano, la impresión de billetes en los aeropuertos y la reserva de asientos supone una falta "muy grave", lo que le habilita para imponer sanciones de entre 6 y 8 veces el beneficio obtenido por las compañías. Finalmente, decretó una sanción conjunta de 179 millones, afectando en mayor medida a las que gozan de mejor salud financiera.
Consumo basa la sanción en el artículo 97 de la ley española de Navegación Aérea, donde se estipula la obligación "a transportar de forma gratuita en cabina" el equipaje de mano y los objetos que el viajero lleve consigo. Pero las aerolíneas apuntan al Reglamento 1008/2008, que establece "la libertad de fijación de precios", y que, como es una ley europea, prevalece sobre la española. Apoyadas en este planteamiento, las compañías trasladaron sus quejas a Bruselas a través de la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA) y de Airlines for Europe (A4E).
Las cinco aerolíneas low cost multadas por el Ministerio de Consumo son Ryanair, Vueling, EasyJet, Volotea y Norwegian
Fuentes del ministerio subrayan que tienen "la determinación de defender los derechos de las personas consumidoras hasta el final, ante cualquier institución e instancia". "Nuestro objetivo es que ningún ciudadano en España ni en Europa tenga que volver a pagar por lo que la ley dice que es un derecho", añaden, subrayando la base sobre la que impusieron la multa el año pasado.
En España, las aerolíneas agotaron los recursos administrativos y ahora están extendiendo el conflicto a la vía judicial, aunque en los tribunales también hay desavenencias. Ya existen sentencias favorables a las compañías, basadas en que, aunque la ley española marca la gratuidad del equipaje, se puede negar por "razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto". Es decir, se entiende que pueden cobrar por los trolleys porque ya dejan introducir un bulto (bolso o mochila de menores dimensiones). En cambio, otras resoluciones dan la razón a los pasajeros, como la que dictó el Juzgado de lo Mercantil Número 1 de Palma de Mallorca en 2021 para obligar a Ryanair a devolver a una pareja los 50,74 euros.
La Comisión Europea ha abierto un proceso de petición de información a las autoridades españolas para determinar la legalidad de la multa de 179 millones de euros que el Ministerio de Consumo impuso a una serie de aerolíneas de bajo coste por prácticas que considera graves, entre las que incluía el cobro por viajar con la maleta de mano en la cabina. Así lo ha adelantado este miércoles por la noche el portal de información europea Politico y ha confirmado a El Confidencial a través de fuentes internas del proceso y de la propia Comisión Europea, que ha explicado que el proceso se inició a principios de esta semana. Si Bruselas concluye que la medida vulnera la legislación europea, abrirá un expediente que podría acabar en sanción.