Ley Beckham vs Ley Mbappé: la ventaja fiscal que elegirá cada millonario o profesional
Los dos esquemas son excluyentes, con lo que habrá contribuyentes que deberán escoger. Los asesores esperan atracción de impatriados
La Comunidad de Madrid ha aprobado la conocida como Ley Mbappé, que busca atraer inversiones a la región. Este esquema fiscal es incompatible con la Ley Beckham, otra vía de incentivos fiscales para atraer a profesionales y empresarios a España.
Ambas normas se aplican desde el 1 de enero de 2024, aunque la Ley Mbappé fue aprobada el 20 de noviembre y publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el 28 de noviembre. Consiste en ventajas fiscales para no residentes en España que lleguen a Madrid.
Si un contribuyente se acoge a la Ley Beckham, no podrá aplicarse otras deducciones estatales o autonómicas, lo que implica que no podrá disfrutar de la nueva ventaja fiscal de Madrid. Por ello, algunos colectivos elegirán una u otra, y otros tendrán que decidir.
El régimen especial de trabajadores desplazados o régimen de impatriados está regulado en el artículo 93 de la Ley de IRPF. Se denomina Ley Beckham porque durante años fue utilizada masivamente por deportistas, y el primer futbolista de renombre que se acogió a ella fue la estrella inglesa al fichar por el Real Madrid. Sin embargo, esto iba en contra del espíritu de la norma, que buscaba atraer talento científico o empresarial. Finalmente, se restringió y quedó menos atractiva frente a otros regímenes como el portugués o el italiano.
Por esta razón, la exministra Nadia Calviño impulsó una reforma de la Ley Beckham para hacerla más competitiva. Con el régimen español, los impatriados tributan al 24% en IRPF sobre un tramo inicial de 600.000 euros durante seis años —antes eran cinco años—. A partir de ese umbral, tributan al 47%. Además, existe una exención en la retribución en especie para startups que va desde 12.000 euros hasta 50.000 euros, incluyendo las stock options, y se bonifica el 50% de la participación de los gestores en los beneficios (carried interest, considerado renta del trabajo por Hacienda).
Asimismo, aumenta del 30% al 50% la deducción por invertir en empresas de nueva creación, con una base máxima que se eleva de 60.000 euros a 100.000 euros. Para facilitar el retorno de directivos o profesionales, se reduce de 10 a cinco años el periodo mínimo que el contribuyente debe haber estado fuera de España para acogerse.
En cuanto a la Ley Mbappé, se trata de una deducción en la cuota del IRPF del 20% para los no residentes en España que establezcan su residencia en la Comunidad de Madrid y realicen inversiones. Se exige no haber sido residente en España durante los cinco ejercicios anteriores y mantener la residencia en Madrid durante seis años.
La deducción es del 20% tanto en la base general como en la base del ahorro sobre las cantidades invertidas en el ejercicio de la inversión y en los cinco siguientes. "Es una deducción, no un régimen especial. Por lo tanto, no se prevé en la norma una solicitud inicial ni acción administrativa alguna por parte del contribuyente", explica José María Leis, socio de Vialto.
Como ejemplo, señala Leis, un residente en el extranjero que establece su residencia en la Comunidad de Madrid e invierte un millón de euros en acciones de una empresa española, genera una deducción de 200.000 euros sobre la cuota autonómica, tanto en el ejercicio como en los cinco siguientes, según la declaración del IRPF en el modelo 100.
Algunos impatriados que lleguen a Madrid deberán elegir entre las dos opciones. Por ejemplo, un ahorro en IRPF si optan por la Ley Beckham (24% hasta 600.000 euros frente a un tipo marginal de hasta el 45% en Madrid) o una posible deducción del 20% por inversiones financieras.
Primero, es necesario analizar si el contribuyente puede acogerse a la Ley Beckham, que tiene mayores restricciones. Por ejemplo, los deportistas no pueden acogerse, por lo que quienes lleguen a Madrid, como el propio Mbappé, pueden usar la deducción del Gobierno de Ayuso.
También es clave la motivación del desplazamiento, ya que el régimen especial de impatriados exige un motivo para mudarse a España, algo que no requiere la deducción madrileña, añade Leis. Además de deportistas, esto incluye extranjeros jubilados o retornados que regresan a España para retirarse.
Por otro lado, la Ley Beckham puede disfrutarse durante seis años, pero no exige que el contribuyente esté en España todo ese tiempo. Es decir, puede beneficiarse del régimen especial durante dos años y mudarse a otro país sin problemas con Hacienda. La deducción autonómica de Madrid sí exige la residencia durante este periodo, excluyendo así a directivos o profesionales con alta movilidad internacional que probablemente se muden antes de seis años.
Otro factor clave para elegir el régimen fiscal es el volumen de ingresos de los contribuyentes. Si estos superan los 600.000 euros anuales, la ventaja de la Ley Beckham se reduce, ya que por encima de ese umbral se tributa al tipo marginal del IRPF, que es del 45% en Madrid. En cambio, la deducción autonómica no tiene límites.
No obstante, bajo el régimen especial para impatriados, no se tributa por rentas generadas en el extranjero ni por el patrimonio previo situado fuera de España, lo cual es un atractivo para grandes patrimonios. Por el contrario, estas ventajas no están disponibles en la medida de Ayuso, por lo que quienes se acojan deberán tributar por todo su patrimonio si supera los tres millones de euros.
De este modo, para grandes fortunas que se trasladen a Madrid y puedan elegir entre ambos esquemas, es necesario analizar si pesa más la tributación por rentas o por patrimonio y realizar un cálculo detallado, lo que ha incrementado el trabajo de los asesores financieros en los últimos meses.
La Comunidad de Madrid ha aprobado la conocida como Ley Mbappé, que busca atraer inversiones a la región. Este esquema fiscal es incompatible con la Ley Beckham, otra vía de incentivos fiscales para atraer a profesionales y empresarios a España.