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La Justicia tumba las quitas en Ecolumber y da la razón a la banca frente a la 'jet' vasca y catalana
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PONE LÍMITES A LAS QUITAS

La Justicia tumba las quitas en Ecolumber y da la razón a la banca frente a la 'jet' vasca y catalana

La Audiencia Provincial de Barcelona tumba la reestructuración de la empresa de frutos secos, que deberá volver a negociar con los acreedores, y manda un aviso al mercado

Foto: Foto: Reuters/Elijah Nouvelage.
Foto: Reuters/Elijah Nouvelage.
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Los jueces de las audiencias provinciales siguen poniendo límites a las prácticas de empresas, asesores y acreedores en las reestructuraciones de deuda, después de dos años del nuevo marco concursal. Esta vez ha sido la Audiencia Provincial de Barcelona, que ha tumbado el plan de Ecolumber, previamente homologado por el Juzgado de lo Mercantil número 6 de Barcelona, y que imponía a la banca una quita de 10 millones. Además, se condena a la compañía en costas.

La empresa de frutos secos cotiza en la Bolsa de Barcelona con un valor de 32 millones de euros y está controlada por varios miembros de familias ilustres de la jet set catalana, como los Godia o Ybarra. La empresa presentó un plan apoyado por varias clases formadas por proveedores y acreedores vinculados, pero que representaban una minoría del pasivo. El grueso de la deuda estaba en manos de la banca, a la que se impuso una quita del 70% sobre una deuda de 12 millones.

Los bancos, como ha sido habitual en los últimos meses, impugnaron el plan con el argumento de que se habían creado clases de forma ficticia para aprobarlo, arrastrando al 94,47% del pasivo afectado. El argumento de las entidades fue que tras la declaración de preconcurso se otorgaron garantías y se pignoraron préstamos con algunos proveedores y otros acreedores para crear distintas clases de acreedores. CaixaBank, Sabadell y Santander son los bancos más afectados.

Foto: Finca donde se cultivan nueces. (EFE/Caroline Brehman)

La Ley permite imponer un plan al resto cuando lo apoya más de la mitad de las clases. Eso es lo que ha ocurrido esta vez, la primera en la que una Audiencia Provincial tenía que decidir al respecto. En otras reestructuraciones no consensuales en las que una minoría había arrastrado a una mayoría, lo que ocurrió es que una mayoría cualificada de una clase aprobó el plan y esta arrastró al resto. Esos planes se realizan bajo el artículo 639.2 de la Ley Concursal, pero en este caso se utilizó el 639.1.

Por otro lado, el plan dejó fuera a parte del pasivo para evitar votos en contra que impidieran su aprobación. Esto es otra cuestión a la que están atentos los asesores involucrados en reestructuraciones. La Audiencia Provincial de Barcelona ha dado la razón a los bancos y ha dejado sin validez los tres planes presentados de las tres sociedades de Ecolumber reestructuradas. Otro riesgo que se identifica con esta operación es presentar planes de distintas sociedades de forma conjunta, porque si se declara la ineficacia de uno, afecta al resto.

Hace más de un año desde la comunicación del plan, el periodo mínimo para volver a presentar otro, por lo que la empresa ya está en disposición de renegociar con los acreedores. Los bancos impugnaron, y el ICO, también afectado por haber préstamos con avales, se adhirió a través de la Abogacía del Estado.

La Audiencia Provincial coincide con la banca

La Audiencia Provincial coincide con la banca en que fueron irregulares las garantías otorgadas a algunos acreedores que formaron clases que apoyaron la reestructuración. “Las clases determinan la forma en la que los acreedores han de votar y, en su caso, aceptar las nuevas condiciones de sus créditos. Si esas clases han sido formadas indebidamente, los acreedores no emiten de forma válida sus votos”, dice la sentencia de la Audiencia Provincial, a la que ha tenido acceso este medio.

La banca, que ha ganado el pulso esta vez, ha trabajado con Auren, con José Antonio García-Argudo, socio, y Manuel Valero, counsel. Ecolumber está asesorado en el proceso de reestructuración por Ramón y Cajal, y el experto en reestructuraciones designado ha sido LBL Restructuring, según fuentes financieras. Además, la Abogacía del Estado se adhirió a la impugnación de los bancos por el ICO.

Los jueces de las audiencias provinciales siguen poniendo límites a las prácticas de empresas, asesores y acreedores en las reestructuraciones de deuda, después de dos años del nuevo marco concursal. Esta vez ha sido la Audiencia Provincial de Barcelona, que ha tumbado el plan de Ecolumber, previamente homologado por el Juzgado de lo Mercantil número 6 de Barcelona, y que imponía a la banca una quita de 10 millones. Además, se condena a la compañía en costas.

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