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Deloitte esquiva un recurso de KPMG contra su adjudicación de Segittur de 4M
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Deloitte esquiva un recurso de KPMG contra su adjudicación de Segittur de 4M

En su recurso, la Big Four recurrente denunciaba que se había dado una posible "contaminación de sobres" y además, criticaba la valoración otorgada Deloitte "por inmotivada y errónea"

Foto: Deloitte. (REUTERS / Hannah McKay)
Deloitte. (REUTERS / Hannah McKay)
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En noviembre del año pasado, la Sociedad Mercantil Estatal para la Gestión de la Innovación y las Tecnologías Turísticas (Segitur), lanzó un concurso valorado en 4,9 millones de euros para crear una Plataforma Inteligente de Destinos. Este contrato se lo disputaron entre varias consultoras como KPMG, Grant Thornton, Atos IT, Oesia Networks y Deloitte. Esta última resultó adjudicataria en julio de este año. KPMG interpuso un recurso especial en materia de contratación frente al acuerdo de adjudicación, pero este no ha prosperado y Deloitte ha podido mantener el encargo de la empresa pública.

KPMG alegaba que Deloitte había transgredido las normas del concurso al incluir información sobre la experiencia de su equipo en una sección que debía evaluarse automáticamente, en lugar de en una que se valoraba de forma subjetiva, lo que en contratación pública se conoce como "contaminación de sobres". Esto, según KPMG, rompía con el principio de igualdad en el proceso.

Además, argumentaba que la puntuación dada a Deloitte era "inmotivada y errónea", poniendo como ejemplo la calificación otorgada por su plan de riesgos, que KPMG consideraba inferior al suyo. También señalaron que Deloitte había excedido la longitud permitida en su propuesta técnica, incumpliendo lo que marcan los pliegos.

Segitur no valora si hubo "contaminación de sobres"

El Consejo de Administración de Segitur defiende la legalidad del proceso, aclarando en sus alegaciones que no se había evaluado la experiencia del personal propuesto de manera automática. Sin embargo, sí reconoce que Deloitte había incluido información sobre los años de experiencia de algunos perfiles, aunque no de los cuatro que debían ser valorados de forma automática.

En cuanto a la motivación de la valoración de los diferentes criterios, Segitur señala que esta se adecúa a lo que establecen en el pliego administrativo. Además, rechaza que Deloitte se sobreexcediera en la extensión de su oferta.

Foto: Sareb.

A la hora de resolver el primero de los motivos de impugnación de la adjudicación, sobre la posible "contaminación de sobres", el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TARC) señala que solo se valora de modo automático la experiencia adicional, de cuatro perfiles determinados: director/a del proyecto, consultor senior de estrategia, consultor senior PMO y consultor senior de transformación digital.

Al examinar la memoria técnica presentada por Deloitte, el órgano constata que la Big Four no llegó a ofrecer "el dato de los años de experiencia de estos cuatro perfiles concretos, es decir, de los que se valorarán de forma automática con hasta 11 puntos". Pero sí reconoce, en cambio, que se incluyó el dato de los años de experiencia del resto del equipo.

La discrecionalidad técnica impide revisar la valoración

El Tribunal Administrativo concluyó que no había pruebas de que Deloitte hubiera trasgredido las normas de confidencialidad del proceso ni se hubiese dado "contaminación de sobres". Además, apunta que no estima que "se haya incluido ninguna información susceptible de comprometer la objetividad en la evaluación de los criterios subjetivos", que apuntaba KPMG.

Sobre la valoración "inmotivada y errónea" otorgada a la Deloitte en su puntuación, el Tribunal señala por jurisprudencia del mismo tribunal, no pueden revisar el resultado de lo valorado, pues se ampara en la discrecionalidad técnica que tiene la Administración, y "solo puede ser revisado en caso de ser manifiestamente erróneos o infundados, incurriendo en arbitrariedad".

El tribunal no apreció mala fe en el recurso de KPMG

En cuanto a la sobreextensión de la oferta de Deloitte, señala que esta se compone de 159 páginas, de las cuales 150 son la memoria técnica y las diez restantes recogen un índice, el acatamiento de los pliegos, un resumen ejecutivo y los apartados de la memoria técnica. Por ello, resuelve que la extensión se encuentra dentro del límite que marca el pliego técnico y desestima este tercer y último argumento.

Finalmente, el TARC desestimó el recurso de KPMG, apoyando la adjudicación a Deloitte y a Segitur, y no impuso ninguna sanción a KPMG, ya que no se consideró que su queja se hubiera hecho de mala fe.

En noviembre del año pasado, la Sociedad Mercantil Estatal para la Gestión de la Innovación y las Tecnologías Turísticas (Segitur), lanzó un concurso valorado en 4,9 millones de euros para crear una Plataforma Inteligente de Destinos. Este contrato se lo disputaron entre varias consultoras como KPMG, Grant Thornton, Atos IT, Oesia Networks y Deloitte. Esta última resultó adjudicataria en julio de este año. KPMG interpuso un recurso especial en materia de contratación frente al acuerdo de adjudicación, pero este no ha prosperado y Deloitte ha podido mantener el encargo de la empresa pública.

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