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Capital riesgo, empresas... movimientos de los ricos para reducir el pago de impuestos
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AJUSTES DE LAS ESTRUCTURAS PATRIMONIALES

Capital riesgo, empresas... movimientos de los ricos para reducir el pago de impuestos

Las grandes fortunas apuran movimientos en su estructura para minimizar la tributación por Patrimonio y ante el riesgo de un hachazo en el impuesto de Sucesiones

Foto: María Jesús Montero, vicepresidenta y ministra de Hacienda. (EFE / Ríos)
María Jesús Montero, vicepresidenta y ministra de Hacienda. (EFE / Ríos)
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Los grandes patrimonios siguen moviendo ficha para minimizar la tributación. Las estructuras familiares están realizando movimientos en los últimos meses para reducir el pago de impuestos por Patrimonio y por la posibilidad de que haya un aumento en Sucesiones.

Los asesores fiscales consultados coinciden en que gran parte de su trabajo en los últimos meses está centrado en optimizar las estructuras de los grandes patrimonios. Y eso que ya han tenido que tributar por sus fortunas desde el año pasado en Madrid, y desde hace más tiempo en otras comunidades autónomas. Pero aún hay movimientos que están realizando y otros que siguen pendientes tanto por el fin de las sicavs como por la presión fiscal.

El Impuesto temporal de Solidaridad para las Grandes Fortunas (ITSGF) que estableció el Gobierno en diciembre de 2022, para pagarse por primera vez en 2024, obligó a muchos ricos españoles a repensar sus estructuras patrimoniales para minimizar el hachazo fiscal. Especialmente en Madrid, donde estaba exento el Impuesto sobre el Patrimonio, que Ayuso ha recuperado este año para quedarse con la recaudación. Hacienda recaudó el 90 % de los 623 millones por el Impuesto a las Grandes Fortunas en Madrid. La recaudación final fue un 58 % interior a lo previsto, principalmente por un error de diseño que permite a algunos contribuyentes ahorrarse hasta el 80 % de la base imponible.

Aunque la amenaza llevaba años encima de la mesa, y que ya han tributado por un ejercicio, muchos grandes patrimonios aún tienen margen para llevar a cabo ajustes que hagan más eficiente la tributación. Además, la nueva presión fiscal para las grandes fortunas ha coincidido con el fin de las sicavs y mucha liquidez por invertir o reconducir.

Foto: María Jesús Montero, ministra de Hacienda. (Efe / Sánchez-Trillo)

Una de las bazas habituales es la empresa familiar, siempre que más del 50 % de los activos estén enfocados en una actividad productiva. Los requisitos son sobrepasar el 5 % del capital para tener este régimen fiscal, cuyos activos no líquidos que sirven para la actividad empresarial (activos afectos) no computan. El 95 % de los activos afectos se reducen de la base imponible de Patrimonio.

"Hemos notado un aumento en las reestructuraciones del patrimonio familiar de los clientes. Asimismo, se han revisado exhaustivamente el cumplimiento de los requisitos de la exención en la empresa familiar", apunta Borja de Gabriel, socio de Andersen.

"Nos seguimos encontrando y sorprendiendo con grupos empresariales que no tienen las estructuras optimizadas correctamente cuando pueden cumplir todos los requisitos exigidos por la organización, actividad y funciones que desempeñan. Se ha reactivado el interés en las empresas por encontrar soluciones para el ahorro fiscal, siendo uno de nuestros servicios más recurrentes en los últimos ejercicios", añade, en la misma línea, José Ignacio Sauca Cano, socio de Auren.

"Nos seguimos encontrando y sorprendiendo con grupos empresariales que no tienen las estructuras optimizadas correctamente"

"Hay estructuras que siguen haciendo pequeños ajustes. Hay que tener en cuenta que el cumplimiento de los requisitos de la empresa familiar no es algo estático, sino que los mismos pueden verse modificados por diversas circunstancias cada año, por lo que conviene revisar el cumplimiento de estos requisitos todos los años. En especial, el requisito de afectación de los activos cuando se realizan inversiones o desinversiones, para asegurar el acceso a la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio o en el ITSGF y el porcentaje más alto posible de alcance de la exención", expone Ana Mayo, socia de FinReg.

Otro punto clave es el de analizar y modificar las estructuras ante las campañas de la Agencia Tributaria, para evitar el riesgo de sanciones en inspecciones o comprobaciones. Algunos asesores consultados ponen el foco en varias campañas de Hacienda para vigilar las reestructuraciones de las empresas familiares con la creación de una matriz sobre varias filiales con aportaciones no dinerarias de la participación del socio.

Es decir, que un empresario que tiene, por ejemplo, tres empresas, crea una sociedad que aglutine la participación de las tres. El objetivo suele ser una gestión más eficiente, una tesorería centralizada, sinergias en las inversiones o en algunos gastos, etc. Pero también puede haber un motivo fiscal para dejar los dividendos en la sociedad y conseguir un diferimiento fiscal. También, por evitar reconocer plusvalías por el incremento del valor de las participaciones ante una futura venta del hólding.

Foto: La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero. (Europa Press/Alberto Paredes)

Dos pronunciamientos del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) han reforzado el criterio agresivo de la Inspección, que está levantando actas negando el diferimiento fiscal o rechazando la neutralidad fiscal de estas reestructuraciones societarias, obligando a tributar por IRPF al socio por la revalorización de las participaciones de las filiales y por sus dividendos al negar el diferimiento fiscal.

"Hay una campaña de revisión por parte de la Administración Tributaria que desde hace un tiempo están soportando los procesos de creación de estructuras holding vía aportaciones no dinerarias. En las comprobaciones de los últimos años ha habido importantes diferencias de criterio con la Inspección, que en la actualidad se encuentran en situación de impasse a raíz de los pronunciamientos del TEAC de abril y mayo de 2024. Esperemos que próximamente se acaben de clarificar los criterios aplicables y así todos los contribuyentes dispongan de plena seguridad jurídica en sus actuaciones", arguye Ignacio Costa, socio de Cuatrecasas.

"Hay que tener en cuenta que el cumplimiento de los requisitos de la empresa familiar no es algo estático, pueden verse modificados"

Una alternativa cada vez más habitual de las grandes fortunas para pagar menos impuestos es la inversión en capital riesgo. Igual que en las empresas familiares, la participación en sociedades de capital riesgo es deducible en Patrimonio o en el ITSGF, con la exigencia de que al menos el 60 % de los activos de la firma estén invertidos. Por eso, cada vez se lanzan más sociedades de capital riesgo (SCR). Ya hay 476 registradas en la CNMV, frente a las menos de 300 que había en 2022.

Otra vía común para rebajar la tributación es el denominado escudo fiscal, que hace referencia a que la suma de tributación por IRPF y Patrimonio no puede sobrepasar el 60% de la base imponible de la renta, con lo que las grandes fortunas minimizan los ingresos recurrentes que generan su capital. Por ejemplo, minimizando la inversión en fondos o acciones con dividendos. La reducción máxima de la base imponible de Patrimonio o del ITSGF es del 80 %.

Los grandes patrimonios siguen moviendo ficha para minimizar la tributación. Las estructuras familiares están realizando movimientos en los últimos meses para reducir el pago de impuestos por Patrimonio y por la posibilidad de que haya un aumento en Sucesiones.

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