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Hacienda intensifica su ofensiva contra sociedades profesionales
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SANCIONES DE LA INSPECCIÓN

Hacienda intensifica su ofensiva contra sociedades profesionales

La Agencia Tributaria está siendo más agresiva con las inspecciones a sociedades de profesionales con más actas y mayores multas

Foto: María Jesús Montero, ministra de Hacienda. (Efe / Sánchez-Trillo)
María Jesús Montero, ministra de Hacienda. (Efe / Sánchez-Trillo)
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Hacienda lleva años con una cruzada contra las sociedades que usan muchos profesionales para facturar y tributar. El objetivo es que no haya una simulación con la que se paguen menos impuestos, porque el tipo impositivo en Sociedades es inferior al de IRPF cuando son rentas altas. Pero esto no ha dejado de ser una fuente de conflicto, y la Agencia Tributaria (AEAT) ha intensificado su ofensiva en los últimos meses, según fuentes jurídicas, con multas más elevadas.

La Agencia Tributaria puso el foco en estas sociedades y levantó múltiples actas contra muchos profesionales, reduciendo drásticamente su uso. Hacienda lanzó un ataque masivo contra esta práctica en la época de Cristóbal Montoro, y la ha mantenido con María Jesús Montero. De hecho, le costó el puesto al exministro Màxim Huerta.

El uso de sociedades no está prohibido para profesionales, porque a menudo está justificado. Un profesional, sea fontanero o banquero privado, puede tener una sociedad para facilitar, gestionar y potenciar su trabajo con personal contratado e infraestructura (equipo informático, por ejemplo). Es decir, labores de administración, contabilidad, publicidad o asistencia en su trabajo. Empleados y medios que justifican una sociedad. Pero puede ocurrir lo contrario, que sea un profesional que crea una sociedad que solo es una carcasa para tributar por Sociedades en vez de por IRPF como persona física.

En el primer caso, la sociedad está justificada. En el segundo, es una simulación. El problema es que en muchos casos no es blanco o negro, sino un espacio gris que deja margen para la subjetividad, y ahí es donde surgen conflictos entre la Inspección y los contribuyentes.

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Hay un puerto seguro para los profesionales, que se establece cuando más del 75% de los ingresos se atribuyen a su base imponible de la Renta como persona física, y menos del 25% a la sociedad. Pero Hacienda está cuestionando casos en los que no considera que la sociedad está justificada dentro de esa horquilla y, cuando se está fuera del rango que recoge la Ley del Impuesto de Sociedades, aplica multas mayores que en el pasado, señalan fuentes jurídicas.

"Nos hemos encontrado con casuística de todo tipo. Hemos tenido inspecciones en las que se cuestiona que las sociedades sean idóneas para la prestación de servicios profesionales, aunque más del 75% de los ingresos recaigan en la persona física, poniendo en duda que la sociedad aporte algún valor más allá de los servicios que presta el propio socio", advierte Antonio Cendán, socio de Zadal.

Si el contribuyente tributó 10.000 euros menos de lo que debería se levanta un acta con esta cuantía con una sanción del 50% sobre la misma

En la misma línea, Javier Morera, socio de Broseta, advierte de que las sanciones están siendo más altas porque hay una nueva metodología que usa la Inspección al levantar actas contra el uso de sociedades de profesionales.

Cuando la Inspección no está conforme con la tributación que ha realizado un profesional entre el IRPF y su sociedad, tradicionalmente ha tirado de precios de transferencia (valor a las operaciones vinculadas), levantando un acta con ajustes. Si el contribuyente tributó 10.000 euros menos de lo que debería, según considera la Inspección, se levanta un acta con esta cuantía y, como mucho, con una sanción del 50% sobre la misma. Esta es la situación más benevolente.

Foto: La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero. (Europa Press/Alberto Paredes)

Sin embargo, está habiendo ocasiones en las que la Inspección plantea que hay una simulación y atribuye el 100% de los ingresos a la persona física, haciendo como si no existiera la sociedad, y aplicando una sanción del 50% no sobre la cuantía tributada de menos, sino sobre el 100% de la base imponible del IRPF.

Es decir, si un cliente facturó 100.000 euros y tributó por una base imponible de 50.000 euros con su sociedad (por simplificar, sin deducir gastos) al 25%, ya habría tributado 12.500 euros por Sociedades. Lo que hacen algunas actas de la Inspección, señala Morera, es devolver esta tributación y levantar un acta con el equivalente de 50.000 euros al tipo correspondiente del IRPF y una sanción del 50% sobre toda la base imponible de la Renta. El experto recuerda que algunas de estas multas han sido tumbadas por el Supremo.

"La comprobación se extenderá a la aplicación indebida del régimen de fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canje de valores"

Actores, médicos, arquitectos, periodistas o banqueros privados han estado en el foco de Hacienda en su lucha contra el uso fraudulento de sociedades profesionales. Todos los años, el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero menciona el objetivo de evitar simulaciones.

"Se programarán actuaciones dirigidas a evitar el uso abusivo de la personalidad jurídica con la principal finalidad de canalizar rentas, o desviar indebidamente gastos personales de personas físicas, de manera que se reduzcan improcedentemente los tipos impositivos aplicables. Esta comprobación se extenderá a la posible aplicación indebida del régimen de fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canje de valores", señaló Hacienda en el plan de 2024.

Hacienda lleva años con una cruzada contra las sociedades que usan muchos profesionales para facturar y tributar. El objetivo es que no haya una simulación con la que se paguen menos impuestos, porque el tipo impositivo en Sociedades es inferior al de IRPF cuando son rentas altas. Pero esto no ha dejado de ser una fuente de conflicto, y la Agencia Tributaria (AEAT) ha intensificado su ofensiva en los últimos meses, según fuentes jurídicas, con multas más elevadas.

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