El TS fuerza a Iberdrola a pagar la demolición de dos centrales hidráulicas aprobada por el Gobierno
Dos recientes sentencias del Alto Tribunal determinan que la eléctrica, concesionaria de dos saltos de agua en Teruel y Cuenca, es el obligado a costear la demolición
Iberdrola ha sufrido dos reveses del Tribunal Supremo en el pulso que libraba con el Gobierno por la responsabilidad sobre la demolición de dos centrales hidráulicas. El Alto Tribunal ha emitido dos sentencias el pasado 8 de julio en las que desestima los dos recursos de casación interpuestos por la eléctrica vasca.
La controversia surgió por los costes de demolición de dos plantas hidroeléctricas explotadas por Iberdrola. Concretamente, Albentosa-Los Toranes (Teruel) y Contreras-Mirasol (Cuenca). Dichas concesiones han sido gestionadas por la eléctrica presidida por Ignacio Sánchez Galán desde 1929 y 1936, respectivamente.
El Ministerio para la Transición Ecológica decidió demoler estas infraestructuras, debido al daño medioambiental que estaban causando estas presas en las cuencas fluviales donde se ubicaban. La empresa aceptó tanto la reversión de la concesión al Estado como dicha demolición. Sin embargo, discrepaba de la Administración por considerar que la concesionaria no debería ser la encargada de asumir el derrumbe y reparación de las zonas afectadas para restaurar el cauce natural de los ríos. En este caso, el río Mijares y el río Cabriel, perteneciente a la Confederación Hidrográfica del Júcar.
En su defensa, Iberdrola, asesorada en esta causa por el despacho de abogados Linklaters, pedía revocar las resoluciones y sentencias previas sobre esta cuestión y determinar que el concesionario no debía asumir estos costes, dada la normativa aprobada en la concesión. Por su parte, la Abogacía del Estado, que defiende los intereses de la Administración, pidió la desestimación del recurso, como ha confirmado finalmente la justicia y que convierte en firme la decisión judicial. Además, el Supremo sienta así jurisprudencia para causas posteriores similares, tal y como refleja el fallo. Las grandes energéticas (Iberdrola, Endesa, Naturgy, Repsol, EDP y Acciona) cuentan con concesiones hidráulicas públicas que van más allá de 2050.
"Resultará de aplicación la nueva redacción del artículo 89.4 del RDPH, en relación con el artículo 101 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, en el momento de la extinción de las concesiones demaniales de aguas otorgadas previamente a la entrada en vigor de los citados preceptos, aunque el régimen jurídico concesional no incluyera entre su clausulado la posibilidad de demolición de las instalaciones y construcciones realizadas bajo el título concesional", señala el fallo del Supremo.
"Esto no implica retroactividad, sino la aplicación de la legislación vigente en el momento de incoación del procedimiento de extinción de la concesión. Aunque el título concesional establecía que las instalaciones revertirían al Estado al finalizar la concesión y no preveía la demolición por parte del concesionario, la obligación de retirar las instalaciones se fundamenta en la legislación vigente al momento de incoar y resolver el procedimiento de extinción de la concesión, promulgada con la finalidad de proteger el dominio público hidráulico", añade la sentencia del Alto Tribunal.
"La Administración no ha modificado los términos de la concesión, sino que han cambiado los efectos legales derivados de la extinción por el vencimiento del plazo. Esta obligación de demolición al término de la concesión y a costa del concesionario se justifica, tal y como motivó la modificación normativa del año 2012, por la necesaria protección del dominio público, de conformidad con lo establecido en los artículos 45 y 132 de la Constitución Española y el artículo 92 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, que aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas", concluye la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo.
El Confidencial se puso en contacto con Iberdrola y con el Ministerio para la Transición Ecológica para recabar su versión sobre este fallo judicial, pero ambos han declinado hacer comentarios.
Iberdrola ha sufrido dos reveses del Tribunal Supremo en el pulso que libraba con el Gobierno por la responsabilidad sobre la demolición de dos centrales hidráulicas. El Alto Tribunal ha emitido dos sentencias el pasado 8 de julio en las que desestima los dos recursos de casación interpuestos por la eléctrica vasca.
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