Cómo evitar un concurso de acreedores con el fin de la moratoria a la vuelta de la esquina
Adentrarnos en un proceso preconcursal para iniciar conversaciones con los acreedores es una vía para evitar el concurso. En todo caso, debemos prevenir la insolvencia reaccionando a tiempo y protegiéndonos contra los impagos
A escasos cuatro meses de que la moratoria concursal llegue definitivamente a su fin, las dudas comienzan a surgir. A lo largo de estos dos años de crisis, la Ley 16/20 que el Gobierno puso en marcha para evitar que las compañías con dificultades derivadas de la pandemia tuvieran que solicitar un concurso de acreedores, ha ido dando saltos en el tiempo: diciembre de 2020, diciembre de 2021 y, finalmente, 30 de junio de 2022. A partir de esa fecha, la normalidad vuelve a su cauce, y aquellas que no puedan asumir sus deudas tendrán de nuevo la obligación de pedir el proceso concursal en los dos meses posteriores, es decir, antes del uno de septiembre.
El objetivo de estás prórrogas es que los grupos tengan algo más de margen para solucionar sus problemas. Pero lo cierto es que, a estas alturas, la situación todavía es complicada para muchos de ellos. Según los datos del Banco de España, la deuda de las sociedades no financieras alcanzó los 950.000 millones de euros en septiembre, un 0,5% más que el año anterior. ¿Qué opciones tienen las empresas que ya rozan la insolvencia para evitar el concurso? Es decir, aquellas que no pueden asumir el pago a sus acreedores.
El catedrático de derecho mercantil y Árbitro de la Cámara de Comercio Internacional de París, José Manuel Calavia Molinero, recomienda tanto a las que están en situación de insolvencia actual como inminente, adentrarse en un procedimiento preconcursal, algo que les permitirá iniciar conversaciones con sus acreedores sin tener que declarar el concurso: “Podrán escoger un traje a la medida de su situación, desde acuerdos de refinanciación con acreedores financieros, hasta acuerdos extrajudiciales de pagos o pre-pack concursales -venta de activos de la sociedad-, que ya se están aplicando con buen resultado”.
"Antes del procedimiento preconcursal, debemos examinar las debilidades y los puntos fuertes de la empresa para diseñar un plan de acción"
Pero antes de adentrarnos en las conversaciones es necesario un paso previo, según Calavia: examinar las debilidades y los puntos fuertes de la empresa para diseñar un plan de acción. Para ello, “se han de estudiar e implementar medias de reestructuración a fin de que la compañía aumente su productividad y eficacia; así como las posibles acciones para reducir los gastos de estructura”. Después, el catedrático considera imprescindible que los socios de la empresa (o, en su caso, terceros no socios) la apoyen mediante ampliación de capital, préstamos u otras medidas. El objetivo no es solo reforzarla financieramente, sino demostrar y probar que creen en ella y que apuestan por su continuidad y viabilidad. Por último, y en paralelo a las dos acciones anteriores, “se deben presentar y explicar estas reformas a los clientes y proveedores, y de manera muy especial a las entidades de crédito”.
En todo caso, las compañías no pueden esperar hasta el próximo 30 de junio para pasar a la acción si quieren evitar el concurso, porque “si los propios titulares no demuestran con hechos claros y concretos que creen en su viabilidad, difícilmente podrán seducir a sus acreedores para renegociar la deuda y continuar así la actividad empresarial”.
Cómo evitar los problemas de insolvencia
Si observamos los motivos que llevan a una empresa a la insolvencia, encontramos varios caminos. El primero a destacar, según el catedrático de derecho mercantil, es fruto de no haber corregido los puntos débiles de la compañía en los periodos de más éxito. El segundo tiene que ver con el riesgo de impago: “Una situación de crisis económica como la actual genera problemas en la gran mayoría de las empresas, lo cual obliga a examinar con cuidado nuestras relaciones con terceros. Nos puede afectar tanto un proveedor que no puede cumplir en plazo, como un buen cliente del pasado que está en una situación de insolvencia y que no va a poder abonar los pedidos”.
El director de Desarrollo de Negocio de Intrum en España, Antonio Fernández García-Fraile, recomienda prevenir este tipo de situaciones y reaccionar con tiempo. “Una manera de hacerlo es evitar impagos de los clientes que afecten a nuestro flujo de caja. En muchas ocasiones, nos vemos obligados a ampliar los plazos de cobro, lo que acaba perjudicando nuestras inversiones, crecimiento e, incluso, los pagos que nosotros realizamos”. Para ello, el proveedor de servicios de gestión de crédito y activos inmobiliarios ofrece unos consejos básicos:
- Seguridad y rentabilidad en cualquier operación. Cuando vamos a firmar cualquier contrato con un nuevo proveedor, debemos cerciorarnos de que no está inscrito en ningún registro de morosos ni tiene causas pendientes con la Administración Pública.
- Protegernos ante los impagos. Podemos, por ejemplo, solicitar el adelanto de los pagos o llevar un minucioso control de las facturas para que ninguna quede en el olvido. En caso de tener una gran cantidad de las mismas entre manos, también existe la opción de contratar una empresa de gestión de cobros y prevención de impagos.
- La clave, saber negociar. Debemos ser proactivos, ofrecer diferentes opciones de pago y ser constantes a la hora de reclamar facturas no pagadas. Todo ello con un tono negociador.
- La probabilidad de impago crece con los plazos más largos. Cuanto más tiempo pasa entre una transacción comercial y la fecha límite de cobro, más alto es el riesgo de morosidad. Pero las consecuencias de alargar los tiempos van más allá. Disminuye la liquidez de la empresa, aumentan las necesidades operativas de fondos y supone una subida del pasivo a corto plazo, y, en consecuencia, del endeudamiento crediticio.
Ahora, Antonio Fernández García-Fraile augura, además, que esta situación podría seguir dándose: “Todavía hay mucha incertidumbre respecto a qué ocurrirá en un futuro, pero todo apunta a un incremento de la morosidad con la reducción de las ayudas, especialmente en el caso de las pequeñas y medianas empresas, principales afectadas por la crisis. Por ello, la clave para evitar posibles problemas derivados de los impagos está en la prevención”.
A escasos cuatro meses de que la moratoria concursal llegue definitivamente a su fin, las dudas comienzan a surgir. A lo largo de estos dos años de crisis, la Ley 16/20 que el Gobierno puso en marcha para evitar que las compañías con dificultades derivadas de la pandemia tuvieran que solicitar un concurso de acreedores, ha ido dando saltos en el tiempo: diciembre de 2020, diciembre de 2021 y, finalmente, 30 de junio de 2022. A partir de esa fecha, la normalidad vuelve a su cauce, y aquellas que no puedan asumir sus deudas tendrán de nuevo la obligación de pedir el proceso concursal en los dos meses posteriores, es decir, antes del uno de septiembre.