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El nuevo régimen de la Sareb permitirá al Estado limitar los sueldos de los directivos
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El nuevo régimen de la Sareb permitirá al Estado limitar los sueldos de los directivos

El real decreto del Gobierno permitirá al FROB convertirse en accionista mayoritario del banco malo, al que se le aplicará el régimen de los contratos mercantiles y de alta dirección

Foto: Javier García del Río, presidente de Sareb.
Javier García del Río, presidente de Sareb.

El Estado no solo se podrá convertir en accionista mayoritario de la Sareb al módico precio de un euro, sino que también podrá limitar los sueldos de sus directivos.

El nuevo estatus del banco malo, que permite la cesión de la mayoría de su capital al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) y ha sido aprobado a este martes en el Consejo de Ministros a través de un real decreto, contempla que la Sareb quede sujeta a la aplicación del régimen de los contratos mercantiles y de alta dirección, aunque no adquiera la condición de sociedad pública estatal.

El Ejecutivo abre la puerta a tomar el control de la compañía creada en 2012 para sanear los balances bancarios y gestionar y liquidar los créditos e inmuebles de las entidades sujetas a restructuración como consecuencia de la crisis financiera, y lo hará a través de un cambio en su régimen jurídico.

Foto: Javier García del Río, presidente de Sareb.

A finales del pasado mes de marzo, la oficina estadística europea, Eurostat, decidió incorporar la Sareb dentro del perímetro de las cuentas del Estado, lo que obligó a sumar 35.000 millones de euros de deuda pública en 2020 y más de 10.000 millones de déficit, una decisión que hizo que el Gobierno se planteara asumir el control de la compañía.

El Ministerio de Asuntos Económicos ha explicado en un comunicado que esa reclasificación de Sareb, así como su situación patrimonial, hacen "imprescindible" modificar su régimen jurídico para adaptarla a la situación actual, con el objetivo de "adecuar de forma ágil la gobernanza a la nueva realidad contable e institucional".

La aprobación del real decreto-ley permitirá que el FROB pueda adquirir y mantener una participación mayoritaria en el capital social y tomar el control de los órganos sociales sin la necesidad de que la Sareb adquiera la condición de sociedad mercantil estatal. Es decir, el texto abre la puerta a que el Estado aumente su participación en la Sareb a costa de que el resto de accionistas, entre ellos la mayoría de bancos, reduzcan su peso en el capital de la sociedad, algo que podría hacerse por un precio simbólico dado que las entidades han ido provisionando el deterioro de su inversión.

Aunque el Estado se haga con el control de la Sareb, la sociedad dispondrá de un régimen societario específico

Actualmente, el FROB es el principal accionista con un 45,9% de la Sareb, seguido por el Banco Santander, que posee un 22,21%; CaixaBank, el 12,24%; Sabadell, el 6,61%; Kutxabank, el 2,53%; Ibercaja Banco, el 1,43%, y Bankinter, un 1,37%, entre otros.

Aunque el Estado se haga con el control de la Sareb, la sociedad dispondrá de un régimen societario específico para que pueda mantener "la agilidad necesaria para llevar a cabo su función desinversora", si bien, puntualiza el comunicado, le será de aplicación el régimen de los contratos mercantiles y de alta dirección.

Hasta la fecha, en el marco de su estrategia de responsabilidad social corporativa, la compañía venía realizando actuaciones en materia de vivienda social a través de la firma de distintos convenios, pero el Gobierno quiere reforzar este compromiso, "en aras de maximizar la utilidad social de estos inmuebles y el impacto positivo de la compañía en la sociedad". Finalmente, se ajusta el sistema de supervisión a la nueva estructura jurídica de la compañía, si bien se mantiene el régimen de supervisión por parte del Banco de España.

El Estado no solo se podrá convertir en accionista mayoritario de la Sareb al módico precio de un euro, sino que también podrá limitar los sueldos de sus directivos.

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