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El Tribunal General de la UE tumba a Inditex: solo puede vender verduras y zumos con Zara
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SOLO ESTA CATEGORÍA SE SALVA

El Tribunal General de la UE tumba a Inditex: solo puede vender verduras y zumos con Zara

El juzgado avala la decisión de la EUIPO de 2019. Inditex y una empresa italiana llevan una década en conflicto por el uso de la marca Zara para comida y servicios de restauración

Foto: El logo de Zara. (Reuters/Vincent West)
El logo de Zara. (Reuters/Vincent West)

No hay lugar para tanto Zara. El Tribunal General de la Unión Europea ha avalado la resolución de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), que consideraba que los productos de alimentación que Inditex pretendía comercializar chocan con los de una empresa italiana de, predominantemente, pastas y salsas. Todos excepto en una categoría: verduras frescas y zumos de frutas.

La sentencia, que podrá ser recurrida ante el Tribunal de Justicia, tumba así el recurso que había puesto Inditex a la decisión del EUIPO. El caso se remonta a 2010, cuando el gigante 'retail' solicitó ante la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) el registro de esta insignia para productos y servicios relacionados con la comida y la restauración. El abanico de categorías que pedía Inditex para Zara era amplio: productos lácteos, confituras, aceites, salsas, harinas, preparación en base de cereales, pan, pastelería, especias, verduras, zumos, servicios de venta al por mayor y restauración de cafeterías, entre otras cosas.

A partir de ahí, se desata todo un entramado de denegaciones y aprobaciones que ha culminado en la sentencia del tribunal de este miércoles. En septiembre de aquel año, la italiana Flauf Italia se opuso al registro de Inditex porque dijo que la marca daba pie a confusión con sus productos y servicios bajo el paraguas de la filial Le Delizie Zara.

Foto: Isla, en la junta de accionistas de julio. (EFE/Inditex)

Desde entonces, ambas compañías llevan una década enfrascadas en un tira y afloja por las marcas que ha estado saltando del EUIPO al Tribunal General y viceversa. En 2018, el Tribunal devolvió al EUIPO una resolución que no era favorable a Inditex, porque consideró que este no había argumentado lo suficiente su decisión. Asimismo, el organismo volvió a pronunciarse en 2019. De nuevo, declaró que había riesgo de confusión entre todos los productos designados por las marcas de ambas empresas, pero esta vez permitió la comercialización de las verduras frescas y de los zumos de fruta, que eran diferentes del conjunto de los productos y servicios designados por las marcas anteriores de la empresa italiana.

Inditex no quedó contento con el resultado, y lo volvió a llevar a la Justicia. Ahora, el Tribunal General dicta que la EUIPO apreció correctamente las pruebas aportadas. Considera que los productos protegidos por las marcas italianas "son idénticos o similares en diversa medida". "Las marcas enfrentadas, globalmente consideradas, tienen un grado de similitud elevado, debido a la presencia del elemento 'zara' en cada una de ellas, ya que este es el elemento más distintivo en las marcas anteriores de la empresa italiana". Son productos para los que los consumidores prestan únicamente "un nivel medio de atención" al hacer la compra y, por tanto, "hay riesgo de confusión".

Inditex no ha llegado a tiempo a responder a las preguntas de El Confidencial sobre si recurrirá esta decisión. Tampoco ha llegado a responder a tiempo a las preguntas sobre el encaje que tienen los productos de alimentación y servicios de restauración en la estrategia de Zara y a qué categoría le da más prioridad.

No hay lugar para tanto Zara. El Tribunal General de la Unión Europea ha avalado la resolución de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), que consideraba que los productos de alimentación que Inditex pretendía comercializar chocan con los de una empresa italiana de, predominantemente, pastas y salsas. Todos excepto en una categoría: verduras frescas y zumos de frutas.

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