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Caos en la batalla judicial de los accionistas del Popular a la espera del Supremo
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DISPARIDAD DE CRITERIOS

Caos en la batalla judicial de los accionistas del Popular a la espera del Supremo

Los accionistas y el banco se encuentran con sentencias dispares en función del tribunal donde caen las demandas. Madrid estima la mayoría, Asturias y Cantabria casi ninguna

Foto: Oficinas del Banco Popular y del Santander. (EFE)
Oficinas del Banco Popular y del Santander. (EFE)
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"Las demandas de Banco Popular se han convertido en una lotería: en función del juzgado donde caigan, ya sabemos qué va a pasar con ellas". Como señalan abogados consultados por este medio, este proceso legal se encuentra en un limbo pendiente de que el Tribunal Supremo marque una pauta a seguir.

Este frente se ha convertido en uno de los principales de los juzgados españoles desde que la entidad comprada por Santander estuviera cerca de la quiebra en 2017. A pesar de que ya han pasado más de cuatro años, todavía no hay ningún recurso admitido en el alto tribunal, salvo uno tangencial vinculado a las participaciones preferentes que se convirtieron en acciones del antiguo banco presidido por Ángel Ron.

Foto: Antigua sede del Banco Popular.

Los letrados piden un marco jurídico seguro en el que actuar, ante la incertidumbre que se encuentran en este frente. Hay decenas de recursos pendientes de ser admitidos por parte del Supremo, que suele tardar una media de dos años en tramitarlos. Las fuentes consultadas recuerdan que el Supremo ha sido recientemente multado por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos por rechazar arbitrariamente recursos de casación.

Mientras esto ocurre, el terreno en que se mueven los inversores es de victoria asegurada en el caso de los que compraron títulos en la ampliación de capital de junio de 2016. La mayor parte de estas demandas se está presentando en Móstoles —el juzgado más próximo a la Ciudad Financiera de Santander—, donde todos los jugados dan la razón a los inversores de la ampliación, por la vía rápida y sin necesidad de realizar vistas.

Excepciones

Lo mismo ocurre en la Audiencia Provincial de Madrid y en el resto de segundas instancias españolas, salvo Cantabria y Asturias, donde se están aferrando a la Ley 11/2015. El artículo 39.2 dice que “no se pagará ninguna indemnización al titular de los instrumentos de capital o de los citados pasivos admisibles”, en caso de resolución de una entidad. Por este mismo argumento, un juzgado gallego ha elevado una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Su decisión será clave para todos los procesos en marcha.

Según cifras del Santander, un 72% de las sentencias está siendo ganado por los inversores y un 28% por el banco. Los bufetes demandantes elevan su tasa de éxito al 89%, una diferencia que se puede explicar por las estimaciones parciales de muchos fallos.

Junto a la ampliación de junio de 2016, hay otras tres grandes casuísticas: las de acciones adquiridas anteriormente; las compradas entre la ampliación y el 26 de mayo de 2017, y las de aquellos que entraron en Popular entre el 27 de mayo y el 6 de junio.

placeholder Ana Botín, presidenta del Santander, en su declaración en la Audiencia por el Popular. (EFE)
Ana Botín, presidenta del Santander, en su declaración en la Audiencia por el Popular. (EFE)

En el primer caso —antes de junio de 2016—, hay disparidad de opiniones en los seis juzgados de Móstoles: la mitad estima las demandas y la mitad no. Sin embargo, cuando se elevan a la Audiencia Provincial de Madrid, el índice de éxito cae del 50% al 16%. Las secciones favorables a los inversores son la número 10 y la 25, dentro de las 12 que revisan este tipo de asuntos.

El índice de éxito aumenta para las acciones compradas entre junio de 2016 y finales de mayo de 2017. Casi todos los juzgados de Móstoles y la Audiencia Provincial dan la razón a los inversores, con el convencimiento de que apostaron su dinero confiados en la información que el grupo distribuyó para la ampliación de capital de 2016. Sin embargo, esta alternativa tiene una fecha de caducidad: el 26 de mayo de 2017, 12 meses después de que fuera aprobado el folleto de la ampliación.

Los inversores que entraron en los días previos a la resolución lo tienen más difícil

Los inversores que compraron acciones entre ese día y el 6 de junio están viendo más complicada la recuperación de su inversión bajo los parámetros de todos los tribunales.

Esta dispersión de criterios pone el foco sobre el Tribunal Supremo, que hasta ahora ha decidido no mojarse en el asunto. Su opinión fue clave para agilizar la recuperación del dinero de los accionistas de la salida a bolsa de Bankia.

"Las demandas de Banco Popular se han convertido en una lotería: en función del juzgado donde caigan, ya sabemos qué va a pasar con ellas". Como señalan abogados consultados por este medio, este proceso legal se encuentra en un limbo pendiente de que el Tribunal Supremo marque una pauta a seguir.

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