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Llega la mini ventanilla única del IVA para el comercio electrónico: todo lo que debes saber
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Llega la mini ventanilla única del IVA para el comercio electrónico: todo lo que debes saber

Con la nueva normativa se pretende aumentar los ingresos tributarios, reducir las pérdidas de recaudación y atajar el fraude del comercio transfronterizo

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Fue aprobada el 1 de enero de 2021, pero ha sido el pasado 1 de julio cuando ha entrado en vigor la denominada mini ventanilla única del IVA aplicable a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y a los prestados por vía electrónica (MOSS). Desde ese día, tienen acceso a ella todos los servicios prestados por un empresario o profesional a particulares consumidores finales que tengan lugar en otros Estados miembros de la Unión Europea, así como a las ventas a distancia de bienes y a determinadas entregas nacionales de bienes, y ha pasado a denominarse mini ventanilla única (One Stop Shop, OSS). Con la ayuda de LABE Abogados, analizamos las claves de esta normativa.

PREGUNTA. ¿Por qué se incluyen estas modificaciones?

RESPUESTA. Con la transposición de la Directiva 2017/2455 se consiguen tres objetivos:

  • Aumentar los ingresos tributarios, reducir las pérdidas de recaudación y atajar el fraude del comercio transfronterizo.
  • Garantizar la imparcialidad de las decisiones de compra de los consumidores, protegiendo la competencia entre los proveedores comunitarios y de fuera de la UE.
  • Reducir las cargas administrativas y los costes de gestión del IVA para los operadores.

P. Como comprador, ¿tengo que realizar alguna gestión?

R. Un comprador ‘online’ en Europa no tiene que hacer nada en particular para cumplir con las nuevas normas del IVA. Estos cambios no supondrán cargos adicionales en aduanas para mercancías que se compren fuera de la UE con un valor no superior a 150 euros si su vendedor se registra en el nuevo sistema de IVA y utiliza la ventanilla única para las importaciones (IOSS). Si el proveedor no se registra en la IOSS, el comprador tendrá que pagar el IVA y, posiblemente, aranceles del despacho de aduanas que el transportista cobrará en el momento en que las mercancías se importen en la UE.

P. ¿Qué es la mini ventanilla única o One-Stop Shop (OSS)?

R. Como asegura Paloma López, asesora fiscal en LABE Abogados, la OSS está constituida por tres regímenes opcionales que simplifican las obligaciones formales en materia de IVA para los empresarios o profesionales que entregan bienes y/o prestan servicios a consumidores finales por toda la UE. Permite que los mismos no tengan que identificarse y darse de alta en cada Estado miembro de consumo, sino que podrán registrarse electrónicamente a efectos de IVA en un solo Estado miembro para todas las ventas que reúnan los requisitos, así como presentar una única declaración del IVA en el Estado miembro de identificación y liquidarlo en un único pago.

P. ¿Qué modalidades de la mini ventanilla única existen?

R. La mini ventanilla única tiene tres modalidades:

Régimen exterior a la Unión (EUOSS).
Régimen de la Unión (UOSS).
Régimen de importación (IOSS)

Las tres modalidades se refieren exclusivamente a entregas o prestaciones efectuadas por los empresarios o profesionales a consumidores finales (operaciones B2C).

En el siguiente cuadro, se resumen las operaciones que pueden realizarse en cada régimen, y quiénes pueden acogerse a ellos.

P. ¿Puedo estar inscrito en más de un régimen?

R. Sí, porque los regímenes cubren diferentes entregas y están abiertos a diferentes sujetos pasivos. Un sujeto pasivo establecido en la UE podría utilizar el régimen de la Unión y el régimen de importación. Por otro lado, un sujeto pasivo no establecido en la UE podría utilizar los tres regímenes si realiza operaciones susceptibles de acogerse a cada uno de ellos.

P. ¿Se puede elegir como Estado miembro de identificación cualquier Estado de la Unión Europea?

R. El Estado miembro de identificación viene determinado por la sede o el establecimiento del empresario o profesional, o, en su caso, por la del intermediario.

Hay unas reglas para su determinación y solo en algunos casos se puede escoger libremente dicho Estado, por ejemplo, en el régimen exterior a la Unión (EUOSS), dado que el empresario o profesional no está establecido allí, podrá elegir España como Estado de identificación o cualquier otro Estado miembro.

P. ¿Puedo cambiar de Estado de identificación para la mini ventanilla única?

R. Dependerá del régimen en el que se esté dado de alta y de si se dispone de sedes en varios países de la UE para poder efectuar ese cambio.

P. ¿Puedo declarar a través del régimen de mini ventanilla única correspondiente solo una parte de las operaciones objeto del régimen?

R. No. Si se opta por aplicar el régimen de mini ventanilla única que corresponda, en el modelo 369 se deberán declarar todas las entregas y/o prestaciones de servicios efectuadas por el sujeto pasivo a las que resulta de aplicación el régimen.

P. ¿Qué tipo de IVA tengo que aplicar?

R. El tipo de IVA de la entrega de bienes es el aplicable en el Estado miembro donde se produce la entrega. En la práctica, este es el Estado miembro donde el cliente indica que deben entregarse los bienes.

La mayoría de los bienes están sujetos al tipo de IVA ordinario; sin embargo, algunos están sujetos a un tipo de IVA reducido, en función de la naturaleza de los bienes y del Estado miembro donde tenga lugar la entrega. La información sobre los tipos de IVA en toda la Unión está disponible en el sitio web de cada Estado miembro. Asimismo, la Comisión Europea centraliza esta información en el siguiente enlace. Desde LABE Abogados, ayudamos a:

El Confidencial, en colaboración con LABE Abogados, ofrece a sus lectores un consultorio jurídico en el que pueden solucionar todas sus dudas del ámbito legal. Para más información, puede consultar su web o enviar una consulta.

Fue aprobada el 1 de enero de 2021, pero ha sido el pasado 1 de julio cuando ha entrado en vigor la denominada mini ventanilla única del IVA aplicable a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y a los prestados por vía electrónica (MOSS). Desde ese día, tienen acceso a ella todos los servicios prestados por un empresario o profesional a particulares consumidores finales que tengan lugar en otros Estados miembros de la Unión Europea, así como a las ventas a distancia de bienes y a determinadas entregas nacionales de bienes, y ha pasado a denominarse mini ventanilla única (One Stop Shop, OSS). Con la ayuda de LABE Abogados, analizamos las claves de esta normativa.

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