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Gobierno y agentes sociales pactan que las empresas den de alta a los 'riders' en tres meses
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LA PATRONAL PEDÍA NUEVE

Gobierno y agentes sociales pactan que las empresas den de alta a los 'riders' en tres meses

La reforma del Estatuto de los Trabajadores no solo afectará a las compañías de reparto de comida a domicilio, sino a todas las que operen a través de plataformas digitales

Foto: Un trabajador de Deliveroo. (Reuters)
Un trabajador de Deliveroo. (Reuters)

El Gobierno, las patronales CEOE y Cepyme y los sindicatos UGT y CCOO han llegado en la tarde de este miércoles a un acuerdo para la llamada ley de ‘riders’. Por primera vez, esta nueva realidad laboral tendrá cobertura legal en el Estatuto de los Trabajadores, cuya reforma entrará en vigor dentro de tres meses. Los empresarios pedían una transición de nueve.

Esta es la principal novedad del pacto alcanzado en el seno del diálogo social, que el Ministerio de Trabajo ha dado a conocer esta tarde. En un escueto documento de un folio, Gobierno, patronal y sindicatos ponen negro sobre blanco dos artículos mediante los cuales se otorga “presunción de laboralidad” a los trabajadores de las plataformas digitales de reparto. En otras palabras: dejan de ser falsos autónomos.

Esta reivindicación, largamente defendida por los repartidores de Glovo o Deliveroo, ya había sido aceptada por la patronal en las negociaciones de los últimos meses, pero faltaba concretar el articulado y, sobre todo, el ámbito de aplicación. Finalmente, no solo las empresas de comida a domicilio, como pedía la patronal, sino todas las compañías que operen a través de plataformas digitales deben dar de alta en la Seguridad Social a los repartidores. Esto incluye, por ejemplo, a Amazon.

Foto: La vicepresidenta económica, Nadia Calviño. (EFE)

Según el documento, la laboralización afectará “a las personas que presten servicios retribuidos consistentes en el reparto o distribución de cualquier producto de consumo o mercancía, por parte de empleadores que ejercen las facultades empresariales de organización, dirección y control de forma directa, indirecta o implícita, mediante la gestión logarítmica del servicio o de las condiciones de trabajo, a través de una plataforma digital”.

Además, la reforma del Estatuto de los Trabajadores resuelve otra de las reivindicaciones tradicionales de los repartidores: conocer cómo se calcula su rendimiento, del que muchas veces depende el propio puesto de trabajo. Con su entrada en vigor, quedará protegido el derecho de cualquier empleado de estas plataformas a “ser informado por la empresa de los parámetros, reglas e instrucciones en que se basan los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que afectan a la toma de decisiones que pueden incidir en las condiciones de trabajo, el acceso y mantenimiento del empleo, incluida la elaboración de perfiles”. Fuentes de la CEOE han indicado a Europa Press que el acuerdo respeta la confidencialidad del algoritmo.

La nueva regulación va en la línea establecida por el Tribunal Supremo, que en una sentencia de septiembre dictaminaba la existencia de una relación laboral entre un repartidor y la empresa Glovo.

El Gobierno, las patronales CEOE y Cepyme y los sindicatos UGT y CCOO han llegado en la tarde de este miércoles a un acuerdo para la llamada ley de ‘riders’. Por primera vez, esta nueva realidad laboral tendrá cobertura legal en el Estatuto de los Trabajadores, cuya reforma entrará en vigor dentro de tres meses. Los empresarios pedían una transición de nueve.

Yolanda Díaz UGT CEOE Sindicatos CCOO Trabajo
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