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Condena al comité de auditoría de Codere por validar unas cuentas de 2012 "no veraces"
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Ya condenó a PwC como auditor externo

Condena al comité de auditoría de Codere por validar unas cuentas de 2012 "no veraces"

Se confirma la sanción por infracción muy grave contra los cuatro miembros del consejo y la propia firma: hubo negligencia en la supervisión, que se desarrolló sin la debida diligencia

Foto: Fachada de una sala de juego de Codere. (EFE)
Fachada de una sala de juego de Codere. (EFE)

El Tribunal Supremo ha condenado a Codere y los cuatro miembros de su comité de auditoría por negligencia y falta de diligencia al supervisar sus resultados de 2012, que admitieron que eran irreales tras un requerimiento de la CNMV.

De esta manera, el alto tribunal confirma las sanciones incoadas por orden del Ministerio de Economía en 2014, que ya fueron refrendadas por la Audiencia Nacional en 2019, por las que se impusieron multas por la infracción muy grave consistente en la remisión a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y la difusión de las cuentas anuales consolidadas del ejercicio 2012 con "datos inexactos o no veraces".

Entre los hechos expuestos, queda acreditada la inexactitud de las cuentas que presentó Codere en 2012. Según aceptan todas las partes, la empresa de juego presentó al mercado unas pérdidas de 104,7 millones de euros. Sin embargo, tras un requerimiento de la CNMV, la firma se vio obligada a reformular sus resultados, que arrojaron unas pérdidas de 134 millones de euros, unos números rojos un 28% superiores a los que registró la primera vez. Los hechos se produjeron bajo la administración de la famila Martínez Sampedro, fundadora de la casa de apuestas que fue destituida por los actuales accionistas a principios de 2018. Desde entonces mantienen un enfrentamiento con el primer accionista -el fondo estadounidense Silver Point- por el control de la compañía.

placeholder La sede central de Codere en Alcobendas. (Wikipedia)
La sede central de Codere en Alcobendas. (Wikipedia)

Esto ya ha costado una sanción, ratificada también por el Supremo, contra su auditor externo, PwC, y el socio de esta 'big four' que firmó esas cuentas. Pero quedaba aún por dilucidarse la responsabilidad del comité de auditoría, ya que Codere y los cuatro miembros de dicho comité, cuya asistencia letrada corre a cargo de Uría Menéndez, interpusieron un recurso de casación al Supremo.

Esta sentencia es especialmente relevante porque busca formar jurisprudencia sobre el grado de responsabilidad y culpabilidad de los comités de auditoría de sociedades cotizadas por la inexactitud o falta de veracidad en las cuentas anuales consolidadas, derivadas de una auditoría externa.

Según resuelve ahora la Sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo, "una supervisión diligente por parte del comité de auditoría respecto a las cuentas anuales les hubiera puesto de manifiesto un error grueso, puesto que no podían ser ignorantes ni de la entidad de las pérdidas sufridas en el ejercicio ni de la necesidad de que se reflejasen adecuadamente en las cuentas consolidadas del ejercicio. En suma, coincidimos con las consideraciones de la sentencia impugnada en cuanto a la gravedad de la inexactitud de los datos difundidos y proporcionados al regulador en una sociedad cotizada. Por consiguiente, no haberla advertido lleva aparejada la responsabilidad de los miembros del comité de auditoría en su función de supervisión de las tareas de contabilidad de la sociedad, que fue desarrollada sin la necesaria diligencia".

No advertir la inexactitud de los datos difundidos lleva aparejada la responsabilidad de los miembros del comité de auditoría en su función de supervisión

En línea con lo anterior, los magistrados del alto tribunal destacan que "la sanción es conforme a derecho por la referida falta de diligencia en el cumplimiento de sus funciones como miembros del comité de auditoría, al no haber detectado una inexactitud grave para la imagen de la compañía en las cuentas anuales consolidadas del ejercicio 2012, sin que ello suponga exigirle que duplique las funciones del auditor externo, pues se les sanciona por una negligencia en sus propias funciones de supervisión".

El Supremo no considera las razones de los recurrentes, que entienden que la actuación del comité de auditoría, aún admitiendo la inexactitud de las cuentas, fue siempre involuntaria y se basó en la labor del auditor externo: "Sostiene la parte recurrente que los miembros del comité de auditoría no son responsables de los errores contables que pudieran producirse al elaborar las cuentas anuales, especialmente cuando el auditor de cuentas de la sociedad ha avalado las cuentas sin salvedades".

Foto: El expresidente de Codere José Antonio Martínez Sampedro.

En este sentido, el Supremo rebaja el grado de culpabilidad del comité de auditoría con respecto a la del auditor externo: "Las funciones que desempeñan en el referido órgano no son equivalentes ni les confieren la misma responsabilidad que la propia del auditor de cuentas", remarca la sentencia.

Pero pese a lo anterior, el fallo judicial destaca que la responsabilidad de los miembros del citado comité, a los que se presupone unos especiales conocimientos en materia de contabilidad y auditoría, "sí alcanza a la revisión de la correcta realización de las tareas de auditoría y, por tanto, a que una labor de gran impacto para la imagen de la empresa como lo son las cuentas anuales, aun siendo auditadas por un auditor externo, no incurra en errores o inexactitudes graves".

Por todo lo anterior, Codere afronta una sanción de 100.000 euros y los miembros del comité de auditoría (Joseph Zappala, José Ramón Romero, Eugenio Vela y Juan José Zornoza, según consta en los registros de la CNMV) se enfrentan a sanciones de 10.000 euros cada uno. Por su parte, sobre PwC pesa una multa de casi 800.000 euros y otros 6.000 euros de sanción contra Antonio Vázquez, socio de la auditoría que firmó las cuentas. Fuentes de Codere destacan que además de que los gestores de la empresa ya no son los mismos que los que había en el momento de los hechos, ninguno de los miembros del comité de auditoría de entonces continúan desempeñando ninguna función en la compañia.

El Tribunal Supremo ha condenado a Codere y los cuatro miembros de su comité de auditoría por negligencia y falta de diligencia al supervisar sus resultados de 2012, que admitieron que eran irreales tras un requerimiento de la CNMV.

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