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Las empresas familiares cambian sus estructuras para sortear un golpe fiscal
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ANTE UN GOLPE A LOS DIVIDENDOS INTRAGRUPO

Las empresas familiares cambian sus estructuras para sortear un golpe fiscal

Los empresarios tratan de simplificar sus estructuras ante el temor de que se limite la deducción a los dividendos entre empresas del grupo

Foto: La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, en el Senado. (EFE)
La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, en el Senado. (EFE)
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Las empresas familiares hacen cola en los despachos de abogados para llevar a cabo simplificaciones de las estructuras de sus compañías. Se trata de dar marcha atrás a entramados societarios creados durante años por organización o por incluir a más miembros de la familia bajo el resguardo de la exención de los dividendos en estos grupos. Pero esta exención podría desaparecer, según los planes del Gobierno, por lo que buscan contrarreloj aliviar el potencial hachazo fiscal.

En esencia, los dividendos dentro del grupo empresarial tienen una exención del 100%, pero el equipo actual de Hacienda ya mostró hace dos años su intención de limitar la deducción al 95%. El temor se disparó en su momento, adelantando dividendos en la medida de lo posible, pero la inestabilidad política enfrió los planes del sector privado para blindarse hasta ahora.

Tras la crisis del coronavirus, asesores fiscales, abogados y ‘family offices’ esperan una reforma fiscal integral, y entre las pistas para adelantarse se guían por el proyecto de presupuestos de 2019 que nunca vio la luz. En ellos, el Ejecutivo de Pedro Sánchez incluyó un golpe a la tributación de dividendos dentro de un grupo empresarial: “El importe exento será el 95 por ciento de los dividendos o participaciones en beneficios resultante de minorar tales dividendos o participaciones en beneficios en los gastos de gestión relativos a la participación, fijados en el 5 por ciento de aquellos”.

Foto: Imagen: E. Villarino.

El golpe sería del 1,25% sobre el dividendo en cada distribución interna, al quedar exento el 95% en vez del 100%, pero podría pagarse ese porcentaje varias veces si hay una cascada de sociedades desde la matriz, amplificando el hachazo fiscal. Por ejemplo, si un 'holding' de un grupo familiar tiene dos filiales, una de distribución y otra industrial, y de esta última cuelgan otras tres por diferentes productos fabricados, aquí ya habría doble tributación si cada empresa paga dividendo a la sociedad de la que cuelga.

En este ejemplo, pongamos que la última sociedad ha ganado un millón de euros tras pagar un 20% de Sociedades tras deducciones habituales, y el ‘pay out’ es del 100% (porcentaje del beneficio que va a dividendos). La sociedad industrial recibe 987.500 euros, y esta abona a la matriz, neto de impuestos, 975.156 euros. El golpe habría sido de 25.000 euros, que seguiría creciendo si hay más sociedades intermedias. Y, finalmente, las personas físicas accionistas recibirían esta cantidad y tributarían por rendimientos del capital el 23%, si son más de 50.000 euros.

El ministerio de María Jesús Montero quería limitar la exención del artículo 21 de la Ley del Impuesto de Sociedades, lo que para muchos fiscalistas implica una doble imposición. Esto es, tributar dos veces por el mismo beneficio. “Estamos trabajando con esta hipótesis, por lo que estamos ayudando a las empresas familiares a eliminar sociedades intermedias que han podido crearse para dar entrada a nuevos socios o por cuestiones organizativas, porque en cada escalón se tributaría por parte de los dividendos. Se trata de simplificar la estructura organizativa. Además, así se pueden reducir costes”, argumenta Constantino Vidal, socio de Écija.

Foto: Foto: iStock.

La posibilidad de un endurecimiento fiscal sobre los dividendos intragrupo “está llevando a las empresas a la reflexión sobre si las estructuras corporativas actuales son las más adecuadas”, indica Alicia de Carlos, socia de Cuatrecasas. “La propuesta no articula mitigación alguna de la tributación de un beneficio que sube hacia el 'holding' pasando por varios niveles, de manera que tributará tantas veces como escalones existan, provocando una clara situación de doble imposición. A esto se debe responder con un análisis que lleve a la simplificación de aquellos escalones que puedan resultar prescindibles”, añade.

"Sería chocante una tributación cuando el dividendo se percibe de un filial que forma parte de un grupo consolidado. Esto no tiene sentido alguno y supone no entender lo que significan las normas de consolidación. Si finalmente se va por esta línea, obligará a replantear estructuras y sobre todo las familiares, tanto de presente como de futuro, obligará a fusionar y a no dividir negocios, lo que podrá originar estructuras menos eficientes", avisa Leonardo Neri, socio de Montero Aramburu.

Cambios de estructuras

Así, abogados consultados explican que ha habido un aluvión en las últimas semanas de solicitudes o puestas en marcha de cambios societarios para prevenir este golpe, en caso de que llegue. Aunque cada vez está menos claro, ante la posibilidad de que otros partidos negocien con el Gobierno los próximos presupuestos y rebajen las amenazas de aumento fiscal a empresas y grandes fortunas. El paso que más se suele demorar es el de la decisión, por el análisis fiscal, organizativo y acuerdo de los socios. Después, los cambios suelen tardar entre dos y tres meses por notaría y notificación al Registro Mercantil, si no hay complejidad adicional, aunque ahora todo esto es más lento por el covid.

Los cambios societarios no tienen impacto fiscal si no se realizan, precisamente, por motivos fiscales. “Podría pasar que para aliviar el golpe a través de los dividendos se cause un daño mayor por las plusvalías latentes”, señala Constantino Vidal. Para que haya neutralidad fiscal, como se conoce en la jerga al hecho de que una fusión entre sociedades del grupo o cambios societarios tengan diferimiento fiscal, debe haber razones económicas y no fiscales.

“Entre los motivos económicos válidos que se citan habitualmente en las consultas de la Dirección General de Tributos, y que podrían resultar de aplicación en este tema, están centralizar la toma de decisiones; reducir la estructura societaria y, en consecuencia, los gastos de la misma; aunar derechos políticos y económicos; o simplificar la sucesión futura”, enumera el socio de Écija, que aun así puntualiza que se está analizando cada situación de forma individualizada.

Están saliendo tantas noticias últimamente que es difícil saber a qué atenerse (parece que lo pactado entre PSOE y Podemos podría no ver la luz finalmente si se recaban más apoyos), y planificar nada con este panorama es complejo, porque dependiendo de qué medidas se adopten finalmente podría no valer para nada”, admite Gonzalo Molina, asociado de Ramón y Cajal.

Foto: José Antonio Álvarez, consejero delgado del Santander. (Efe)

En cualquier caso, los asesores suelen dibujar el peor escenario entre los posibles para la planificación fiscal de particulares y empresas de cara a evitar el hachazo fiscal. O, cuanto menos, aliviarlo. Una exención del 100% al 95% afectaría a grandes grupos con filiales por todo el mundo al repatriar dividendos, lo que podría provocar cambios en la política de dividendos, de sede social o de ubicación de negocios, pero tienen equipos propios para diseñar la estrategia. José Antonio Álvarez, consejero delegado de Banco Santander, ya hizo una amenaza velada hace dos años ante la posibilidad de que este cambio tributario provoque reubicación de sedes.

Pero la modificación también golpearía de lleno a las empresas familiares. Así, el paso actual pasa por simplificar al máximo sus estructuras, eliminando sociedades intermedias o filiales que cuelgan del 'holding'. Dado que el dividendo en cascada está exento, es habitual que haya sociedades para incluir nuevos miembros de la familia en la organización, para separar unidades de producción o para hacer más eficiente la combinación entre retribuir a los accionistas o reinvertir el beneficio. Pero la idea pasa por simplificar la estructura societaria para evitar un gravamen sobre el dividendo en cascada.

En grupos empresariales familiares de tamaño significativo, hay otras alternativas a la reorganización societaria para aplanar estructuras y evitar el efecto cascada, como posponer o limitar las distribuciones de beneficios en los próximos años, sobre todo cuando hay control total, explica Javier Morera, socio de Broseta. El director de Wealth Management del despacho también recuerda que, por si acaba habiendo cambio fiscal, “hay casos de clientes que estudian pagar y luego impugnar las autoliquidaciones por entender que la normativa pudiera ser contraria a la ley por doble imposición, que atenta contra el principio de capacidad económica e incluso contra la normativa europea”. En este sentido, comenta que “la Administración Tributaria entiende que es un cambio admisible conforme con las directivas europeas, lo cual es discutible”.

Para una empresa familiar de tamaño medio y pequeño, con estructuras más aplanadas en las que hay un holding (tipo peine en la jerga) y varias filiales que cuelgan del mismo, puede ser más cara la simplificación societaria que el efecto fiscal, advierte Morera. El impacto en un dividendo anual de 4 millones no pasaría de 50.000 euros, calcula el experto (el 1,25% del total, al estar exento el 95%).

¿Adiós a la neutralidad fiscal?

El proyecto de presupuestos también extrapoló la limitación al 95% de la exención por dividendos y plusvalías a los que se producen como consecuencia de vender participaciones en sociedades del grupo fiscal dentro del propio grupo. Por ejemplo, en un grupo familiar, el traspaso de una participación de padre a hijo, o de un hermano a otro. Esta exención supone un incentivo a la inversión en empresas familiares ante la facilidad de desinvertir sin penalización fiscal.

De esta forma, si sale adelante el paquete propuesto hace dos años, y sobre el que han seguido trabajando en Hacienda según fuentes jurídicas, no se podría eliminar ese 5% no exento en los grupos fiscales y afectaría a las operaciones del régimen de neutralidad, como se conoce en la jerga. Esto es, la renta generada en la fusión de sociedades del grupo cuando hay participación del 5% o superior.

Foto: La ministra de Hacienda y portavoz, María Jesús Montero. (EFE)

“El problema es que, si todo el paquete de medidas sale adelante, va a ser complicado evitar ese gravamen”, apunta Gonzalo Molina. A su juicio, las soluciones más fáciles son “formar un grupo fiscal que, al requerir una participación de, al menos, el 75% ya dejaría fuera a bastantes grupos”. La segunda consiste en hacer una operación de concentración acogida a neutralidad. Pero claro, si se impide la eliminación en el seno de los grupos fiscales y se toca el régimen de neutralidad, estas soluciones no son válidas. Siempre se podría anticipar el pago de dividendos antes de que se reforme, en su caso, la Ley de Impuesto de Sociedades, y esperar que no apliquen la medida con carácter retroactivo, o bien ‘romper’ el periodo impositivo para evitar ese riesgo”.

El experto de Ramón y Cajal recuerda que, si se modifica la norma impositiva antes del 31 de diciembre, podría afectar a todo el periodo impositivo. En cuanto a la opción de “romper el periodo impositivo”, Molina hace referencia a modificar el periodo impositivo para que finalice antes de que entre en vigor el decreto que modifique la ley.

Blindar el patrimonio

La inquietud en los altos patrimonios con la formación del Gobierno de PSOE y Unidas Podemos fue notable ante los mensajes de un incremento fiscal sobre las grandes fortunas, ya sea a través del Impuesto sobre el Patrimonio con un mínimo nacional que afectaría especialmente a Madrid, o de un nuevo tributo específico, propuesto por la formación de Pablo Iglesias. Sin embargo, apenas hubo movimiento porque sin tiempo para adelantarse a los posibles cambios llegó la crisis del coronavirus, la cuarentena y la parálisis económica, social y jurídica.

Foto: El vicepresidente segundo, Pablo Iglesias (i), junto a la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz (d), y el de Seguridad Social, José Luis Escrivá (c), en videoconferencia con los titulares de Trabajo de la UE. (EFE)

Con la reapertura de la economía y la necesidad de políticas expansivas de gasto que dispararán el endeudamiento del Estado, según las primeras previsiones, en 20 puntos porcentuales hasta sobrepasar el 115% en la ratio de deuda sobre el PIB, los asesores de los altos patrimonios dan por segura una reforma que eleve la capacidad recaudatoria para rebajar el déficit estructural. Y la diana parece que serán las grandes fortunas.

Por ahora, los abogados fiscalistas, banqueros privados y asesores financieros que trabajan con las grandes fortunas ayudan contrarreloj a optimizar sus estructuras patrimoniales de cara a un previsible hachazo fiscal tras la crisis del coronavirus. Entre las medidas que están llevando a cabo, está la creación de estructuras societarias familiares cuando no las hay, simplificarlas cuando ya existen, estructurar la inversión en capital riesgo, apostar por vehículos con diferimiento fiscal como fondos de inversión o seguros de vida ‘unit link’, que también sirven para planificar las sucesiones, o reducir el peso de las rentas recibidas frente al patrimonio total.

Las empresas familiares hacen cola en los despachos de abogados para llevar a cabo simplificaciones de las estructuras de sus compañías. Se trata de dar marcha atrás a entramados societarios creados durante años por organización o por incluir a más miembros de la familia bajo el resguardo de la exención de los dividendos en estos grupos. Pero esta exención podría desaparecer, según los planes del Gobierno, por lo que buscan contrarreloj aliviar el potencial hachazo fiscal.

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