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Revés del Supremo a Colau al avalar la concesión del agua de Barcelona a Agbar
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AVALA LA SOCIEDAD MIXTA

Revés del Supremo a Colau al avalar la concesión del agua de Barcelona a Agbar

La alcaldesa se presentó a las elecciones con un programa que incluía medidas como remunicipalizar el servicio de agua, pero la concesión seguirá ahora gestionada por la misma compañía

Foto: l consejo de administración de la Sociedad General de Aguas de Barcelona (SGAB), matriz del grupo Agbar. (EFE)
l consejo de administración de la Sociedad General de Aguas de Barcelona (SGAB), matriz del grupo Agbar. (EFE)

El Tribunal Supremo ha avalado este miércoles la sociedad mixta Aigües de Barcelona, constituida en 2012 por Agbar y el Área Metropolitana de Barcelona (AMB), dejando así en sus manos la gestión del agua de la capital catalana y otros 22 municipios colindantes. La Sala de lo Contencioso Administrativo tumba la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que en 2016 anuló la adjudicación al advertir "vicios en el proceso de contratación” por la forma en que se había creado la empresa público-privada, controlada en un 70% por Agbar, en un 15% por la Área Metropolitana de Barcelona y en otro 15% por Criteria Caixa. La sentencia supone un duro revés para la alcaldesa Ada Colau, que aspiraba a remunicipalizar el servicio.

La batalla legal tiene su origen en el recurso que planteó el grupo Aguas de Valencia y, en concreto, la empresa Sociedad Española de Abastecimiento S.A., que impugnó los acuerdos del AMB para constituir una empresa mixta con capital público privado del suministro de agua. Aqualia (FCC) y Acciona también se sumaron a la denuncia. Tras estudiar el caso, el TSJC anuló en marzo de 2016 la concesión a la empresa liderada por Agbar, para lo que subrayó que la Administración no había justificado suficientemente su decisión de no convocar concurso público para el contrato: “Carece de título concesional otorgado por la Administración competente” y “viene actuando como concesionario tácito del servicio de abastecimiento de agua”.

Foto: Logo de la compañia francesa Suez. (Reuters)

Pero el fallo del Supremo también supone un fuerte varapalo para la alcaldesa Ada Colau, que se presentó a las últimas elecciones con un programa que incluía medidas como remunicipalizar el servicio de agua. Colau no pudo personar al Ayuntamiento en la causa al formar parte del capital de la crisis, pero quería utilizar el fallo para dar un golpe de timón en la gestión del agua. Ahora, el servicio de concesión seguirá gestionado por la misma compañía, que en un comunicado emitido este miércoles subraya que "la resolución judicial avala que Aigües de Barcelona sea la gestora del ciclo integral del agua hasta el año 2047".

El Supremo estima así los recursos contra las sentencias del TSJC, para lo que explica en cuatro sentencias que la constitución de la sociedad fue legal: la competencia de las entidades locales en materia de agua es anterior a la Ley de Régimen Local de 1950 y la misma no supone la asunción automática del servicio de abastecimientos de agua, lo que implica diferenciar entre competencia y municipalización del servicio.

El Supremo, sin embargo, estima ahora los recursos contra las sentencias del TSJC, para lo que subraya que la constitución de la sociedad fue legal

"La primera afirmación que procede realizar es que la competencia exclusiva de las entidades locales en materia de abastecimiento de aguas [...] en modo alguno implicaba, ni implica, la asunción automática y ope legis del servicio de abastecimiento de aguas, ni la supresión o eliminación de los derechos que vinieran ostentando las entidades privadas", sostiene la sentencia.

En la misma línea, el Alto Tribunal hace hincapié en la plena competencia estatal para que se otorgara la concesión a Aguas Barcelona S.A. en 1953, medida que en modo alguno puede entenderse como provisional, ya que el servicio no había sido municipalizado y los intentos en tal sentido llevados a cabo por el Ayuntamiento de Barcelona y la Corporación Metropolitana de Barcelona han fracasado.

"La competencia estatal para la concesión de aguas públicas de 1953 se deduce con claridad del propio texto de la concesión, texto del que también se deduce el carácter instrumental de la misma, ya que la finalidad con la que fue otorgada era la de 'aprovechar aguas del río Llobregat en términos de San Baudilio de Llobregat, San Juan Despí y Cornellá de Llobregat, con destino al abastecimiento de Barcelona y poblaciones de su cinturón urbano'", explica el tribunal..

Avala la valoración de los activos

En clave más económica, la sentencia confirma que Agbar es la empresa capaz de desarrollar este servicio a 3 millones de ciudadanos de Barcelona y su área metropolitana. Solo Agbar goza de la titularidad de las infraestructuras e instalaciones imprescindibles para desarrollar este servicio, construidas y financiadas por la propia compañía.

Además, la sentencia ratifica la valoración de los activos de Agbar en 476 millones, realizada durante la constitución de la empresa mixta y avalada en su momento por los expertos designados por el Registro Mercantil. Esta valoración había sido cuestionada por el Ayuntamiento de Barcelona, que la había rebajado en 346 millones.

Ratifica la valoración de activos de Agbar en 476M, realizada durante la constitución de la empresa

"El Tribunal Supremo sentencia asimismo que Agbar dispone de los títulos jurídicos válidos y plenos para realizar el suministro domiciliario y por ello es correcta la valoración económica de la aportación realizada en la constitución de la empresa mixta", subraya la propia empresa en un comunicado.

La sentencia cierra también la guerra de ATLL, de la que este pleito fue una derivada. Aguas de Valencia presentó esta demanda para responder a la que se interpuso desde Agbar contra Acciona por haber logrado la concesión de ATLL. Ahora se ve el tanteo final: ATLL ha sido renacionalizada, Acciona ha vendido su pleito con la Generalitat y, en cambio, Agbar ha logrado mantener la gestión del agua en el área metropolitana de Barcelona.

El Tribunal Supremo ha avalado este miércoles la sociedad mixta Aigües de Barcelona, constituida en 2012 por Agbar y el Área Metropolitana de Barcelona (AMB), dejando así en sus manos la gestión del agua de la capital catalana y otros 22 municipios colindantes. La Sala de lo Contencioso Administrativo tumba la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que en 2016 anuló la adjudicación al advertir "vicios en el proceso de contratación” por la forma en que se había creado la empresa público-privada, controlada en un 70% por Agbar, en un 15% por la Área Metropolitana de Barcelona y en otro 15% por Criteria Caixa. La sentencia supone un duro revés para la alcaldesa Ada Colau, que aspiraba a remunicipalizar el servicio.

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