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Una sentencia española cuestiona el modelo de contratación de Ryanair
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Una sentencia española cuestiona el modelo de contratación de Ryanair

La jueza ha fallado que los tribunales españoles tienen competencia para examinar las relaciones laborales de Ryanair, el cual solo reconoce la jurisdicción irlandesa

Foto: Aviones con el logo de Ryanair. (Reuters)
Aviones con el logo de Ryanair. (Reuters)

Un juzgado de lo Social de Santa Cruz de Tenerife ha fallado que los tribunales españoles tienen competencia para examinar las relaciones laborales de Ryanair, y ha reconocido como empleado de la aerolínea a todos los efectos a un piloto contratado a través de sociedades interpuestas.

Ryanair suele negarse a reconocer ninguna otra jurisdicción que no sea la irlandesa cada vez que un empleado la lleva los tribunales en Europa, con el argumento de que es una aerolínea irlandesa, con sede en ese país y con todos sus aviones matriculados en Irlanda.

Foto: Imagen del logotipo y nombre de la aerolínea irlandesa Ryanair sobre el uniforme de un empleado. (EFE)

En una sentencia que hoy ha hecho pública el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, la jueza Beatriz Pérez Rodríguez admite que así es, pero recuerda a la aerolínea que también tiene bases operativas en España a las que están asignados sus pilotos y tripulantes de cabina.

Esta jueza defiende que esas bases (en este caso la del aeropuerto de Tenerife Sur) son a todos los efectos centros de trabajo según la legislación española, lo que habilita a los tribunales de este país (y no solo a los irlandeses) a examinar sus condiciones laborales.

Foto: Un avión de Ryanair permanece estacionado en la pista en el Aeropuerto de Baja Renania en Weeze, Alemania, donde los pilotos están de huelga. (EFE)

En este caso, Ryanair había sido demandada por un piloto contratado a través de dos sociedades interpuestas: facturaba sus trabajos como empresa con base en Irlanda (el piloto se convirtió en propietario del 33 % de Franylee Ltd, porque la compañía de bajo coste exigía trabajar con esa mecánica) a una segunda sociedad irlandesa, Brookflied, a la que, a su vez, pagaba la aerolínea los servicios prestados.

La jueza falla que se trata de una relación mercantil falsa, que esconde, en realidad, un contrato laboral y una cesión ilícita de trabajadores a Brookfield, porque no tiene ninguna duda de que ese piloto trabajaba directamente para Ryanair, en aviones de Ryanair y con las condiciones, horarios y exigencias técnicas que esta fijaba.

Ryanair responde

A su vez, la aerolínea irlandesa Ryanair ha dicho que recurrirá "de inmediato" la sentencia de un juzgado de Santa Cruz de Tenerife que defiende la competencia de los tribunales españoles para revisar las relaciones laborales de los de sus empleados que trabajan en bases de este país.

“Hemos pedido a nuestros abogados que recurran esta sentencia de forma inmediata”, asegura una portavoz de Ryanair en España a este medio.

Contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 6 de Santa Cruz de Tenerife cabe recurso ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).

Un juzgado de lo Social de Santa Cruz de Tenerife ha fallado que los tribunales españoles tienen competencia para examinar las relaciones laborales de Ryanair, y ha reconocido como empleado de la aerolínea a todos los efectos a un piloto contratado a través de sociedades interpuestas.

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