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Desestimada la querella penal del consejo de Banco Popular contra El Confidencial
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Desestimada la querella penal del consejo de Banco Popular contra El Confidencial

Un juez ha decidido el sobreseimiento de la querella interpuesta por Emilio Saracho contra Agustín Marco y Titania Editorial por difundir información falsa para alterar la cotización

Foto: El último presidente de Banco Popular, el financiero Emilio Saracho. (Reuters)
El último presidente de Banco Popular, el financiero Emilio Saracho. (Reuters)

El juez Enrique Presa Cuesta ha decidido sobreseer la querella presentada por la procuradora Begoña del Arco Herrero en nombre y representación de Banco Popular España SA contra Agustín Marco y Titania Compañía Editorial SL, editora de El Confidencial, por un presunto delito contra el mercado por la difusión de noticias falsas con el fin de alterar el precio de la cotización y obtener beneficio propio o para terceros. El titular del Juzgado de 1º Instancia e Instrucción de Pozuelo de Alarcón ha pedido el archivo de las actuaciones judiciales, al considerar que no ha habido ninguna infracción penal.

Presa Cuesta, el juez que va a sentar en el banquillo de los acusados a Jaime Botín por contrabando y que ha instruido las diligencias del caso Aristraín, el mayor fraude fiscal de la historia de España, ha acordado el sobreseimiento provisional de la querella presentada por el consejo de administración de Banco Popular cuando Emilio Saracho aún era presidente de la entidad financiera. La demanda fue elaborada por Francisco Aparicio Valls, consejero y secretario del consejo de la entidad intervenida.

Aparicio Valls, responsable del área jurídica del Popular, dimitió el 18 de mayo de 2017, una semana después de que El Confidencial revelase en exclusiva el 11 de mayo que Saracho había encargado a JP Morgan y Lazard la venta del banco ante el riesgo de quiebra derivado de la fuga de depósitos.

La noticia fue desmentida tajantemente ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) por el consejo de administración del banco, que anunció que se reservaba "el derecho de emprender las acciones legales pertinentes". Pocos días después, el órgano de gobierno de la institución presentó una querella por “hechos que pudieran ser constitutivos de infracción penal”, por un presunto delito tipificado en el artículo 284 del Código Penal.

El citado artículo indica en su apartado segundo que se impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años o multa de 12 a 24 meses a los que “difundieren noticias o rumores, por sí o a través de un medio de comunicación, sobre personas o empresas en que a sabiendas se ofrecieren datos económicos total o parcialmente falsos con el fin de alterar o preservar el precio de cotización de un valor o instrumento financiero, obteniendo para sí o para tercero un beneficio económico superior a los 300.000 euros o causando un perjuicio de idéntica cantidad”.

El juez ha considerado que “no resulta debidamente acreditada la perpetración de infracción penal alguna habida cuenta que, es público, pues así se ha difundido por todos los medios de comunicación social, que el Banco Popular ha sido comprado por el Banco Santander, no pudiendo establecerse causa-efecto que la publicación en El Confidencial tuviera influencia negativa en la cotización” de la entidad, que tres semanas más tarde fue intervenida (7 de junio) por el Banco Central Europeo (BCE) por riesgo de quiebra. Por ello, el magistrado ha decidido proceder a incoar diligencias previas, acordar su sobreseimiento provisional y el archivo de las actuaciones.

Contra este auto, firmado el pasado 3 de octubre, cabe un recurso de reforma y subsidiario de apelación dentro de los tres días siguientes a su notificación, o bien un recurso de apelación directo en los cinco días posteriores.

El juez Enrique Presa Cuesta ha decidido sobreseer la querella presentada por la procuradora Begoña del Arco Herrero en nombre y representación de Banco Popular España SA contra Agustín Marco y Titania Compañía Editorial SL, editora de El Confidencial, por un presunto delito contra el mercado por la difusión de noticias falsas con el fin de alterar el precio de la cotización y obtener beneficio propio o para terceros. El titular del Juzgado de 1º Instancia e Instrucción de Pozuelo de Alarcón ha pedido el archivo de las actuaciones judiciales, al considerar que no ha habido ninguna infracción penal.

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