Es noticia
MBNA (EVO Banco) cobra intereses del 29,9%... y un juez dice que no es usura
  1. Empresas
NO LO CONSIDERA EXCESIVO RESPECTO AL MERCADO

MBNA (EVO Banco) cobra intereses del 29,9%... y un juez dice que no es usura

Una sentencia judicial ha revelado que la empresa de tarjetas MBNA llega a imponer intereses del 29,9% a sus clientes, algo que la Audiencia de Asturias no considera usura

Foto: Oficina de EVO Banco en Madrid. (EFE)
Oficina de EVO Banco en Madrid. (EFE)

¿A partir de qué nivel de tipos de interés se puede considerar usura? El 29,9% no lo es, según una sentencia de la Audiencia Provincial de Oviedo que estima parcialmente un recurso impuesto por la firma de tarjetas de crédito MBNA, posteriormente AvantCard y hoy dentro de EVO Banco. En este procedimiento, la entidad reconoce haber aplicado estos intereses, y se defiende asegurando que "el tipo de interés aplicado es el normal en el mercado para este tipo de productos o servicios".

Esta revelación se produjo en el transcurso de la apelación de la firma a una condena en primera instancia a devolver 7.378 euros más las costas por considerar el juez que se trataba de intereses de usura. MBNA recurrió la sentencia ante la Audiencia Provincial y en su contestación admite que cobró el citado 29,9% y lo justifica porque se encontraba dentro de las condiciones normales de mercado. Según la sentencia, que publicó ayer la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin), el cliente contrató en 2004 una especie de crédito puente llamado 'puente cash', que cobraba un 9% los seis primeros meses y el 16% los seis siguientes. A partir de ahí, fue elevando el tipo unilateralmente en varias ocasiones hasta rozar el 30%.

Un portavoz de EVO —propiedad del fondo Apollo— ha declarado a El Confidencial que "no se trata de un tipo de interés que estemos aplicando nosotros hoy en día, puesto que actualmente la tarjeta EVO Finance [antigua AvantCard] tiene un tipo de interés cliente del 19,21% T.I.N. / 21% T.A.E., sin vinculación con la entidad, con un 1% de devolución en las compras aplazadas y un programa de puntos asociado. Disfrutando de una modalidad de pago flexible mensual. Actualmente, es uno de los mejores tipos y condiciones del mercado".

No es usura porque está en línea con el mercado

Lo más llamativo del caso es que la sección quinta de la citada audiencia provincial no considera que estos intereses se puedan considerar usura. Los magistrados aluden a una Ley de Represión de la Usura de 1908, a la que se acoge el demandante, pero admiten la tesis de EVO de que, para determinar si un interés es abusivo, no debe compararse con el interés legal sino con el "normal" de mercado, que es con el que "se oferta cada producto o servicio en el mercado".

Y en ese punto asume la tesis de la antigua MBNA de que sus intereses eran los normales en el mercado. Pero dicha sección va aún más allá y señala que el tipo de interés es el que pactan libremente la entidad y el cliente, puesto que se basa en "el libre intercambio de bienes y servicios y la determinación de su respectivo precio o remuneración en orden a la autonomía privada de las partes contratantes", y que el usuario pudo comparar la oferta de MBNA con otras antes de elegir, ya que la legislación fomenta la libre competencia y esta comparación como forma de frenar los intereses de usura.

Contradicción con la jurisprudencia bancaria

Aquí, el tribunal asturiano contradice la abundante jurisprudencia —incluso del Supremo— desarrollada en los últimos años respecto a la nulidad de la contratación de productos bancarios como preferentes, cláusulas suelo, 'swaps', convertibles, etc., basándose en el desequilibrio de información y de conocimientos entre la entidad y el cliente, que impide precisamente que las condiciones de estos contratos se negocien en pie de igualdad entre las dos partes. Lo cual da pie a una posición de dominio del banco —o la emisora de la tarjeta— que implica la nulidad de la operación.

Sin embargo, el fallo no hace ninguna alusión a este aspecto, por lo que estima el recurso de MBNA en este apartado. No lo hace en la parte del cálculo de los intereses y comisiones efectivamente aplicados al cliente en cuestión, de ahí que condene a la entidad a devolver una cantidad inferior a la inicialmente estimada, 5.559 euros, pero sin imposición de las costas, por lo que el perjudicado deberá gastar buena parte —si no todo— de este dinero en pagar a su abogado y procurador.

¿A partir de qué nivel de tipos de interés se puede considerar usura? El 29,9% no lo es, según una sentencia de la Audiencia Provincial de Oviedo que estima parcialmente un recurso impuesto por la firma de tarjetas de crédito MBNA, posteriormente AvantCard y hoy dentro de EVO Banco. En este procedimiento, la entidad reconoce haber aplicado estos intereses, y se defiende asegurando que "el tipo de interés aplicado es el normal en el mercado para este tipo de productos o servicios".

Tarjetas de crédito Tipos de interés
El redactor recomienda