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Condenan a la cúpula de Spanair a pagar 10,8 millones por la quiebra de la empresa
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Inhabilitado, entre otros, Soriano

Condenan a la cúpula de Spanair a pagar 10,8 millones por la quiebra de la empresa

El juzgado mercantil número 10 de Barcelona ha calificado como culpable el concurso de Spanair y ha condenado a su expresidente Ferran Soriano

Foto: Fotografía de archivo de un avión de Spanair (EFE)
Fotografía de archivo de un avión de Spanair (EFE)

Culpables todos. El consejo de administración en pleno de la aerolínea Spanair ha sido condenado por el Juzgado Mercantil número 10 de Barcelona por concurso culposo. Sus miembros tendrán que pagar también 10,8 millones de euros en concepto de déficit concursal y se les impone una inhabilitación de 2 años “para administrar bienes ajenos y para representar o administrar a cualquier persona, perdiendo cualquier derecho que pudieran tener como acreedores concursales o contra la masa”.

La sentencia del Juzgado Mercantil número 10 de Barcelona califica el concurso de “culpable” porque se alargó de manera injustificada la vida de la empresa, prolongando la deuda, cuando ya estaba claro que era inviable.

El consejo de administración estaba formado por el ahora director ejecutivo del Manchester City Ferran Soriano (presidente), Michael Balint Szucs (consejero delegado), Miquel Martí Escursell (presidente de Moventia), Jordi Bagó (Grupo Sehrs), Josep Maria Benet (Mediapro), Josep Mateu (director general del RACC), Benny Zakrisson, Karl Mats Erik Lönnqvist y las empresas Inversions Turístiques i Comercials 2009, Catalana d’Iniciatives SA, Fira Internacional de Barcelona y la pública Avançsa, que depende de la Generalitat.

Todos los implicados quedan inhabilitados dos años para ocupar cargos en empresas, pero, como piensan recurrir, la inhabilitación no se aplicará hasta que se agote la vía judicial, según explican fuentes jurídicas de la defensa de los ahora condenados. Lo mismo pasará con el pago de los 10,8 millones, que deben repartirse entre todos los afectados, pero que se aplazará hasta que se agoten las instancias jurídicas a las que se pueda apelar.

Accionariado repartido

La sentencia recoge que tras el accidente de agosto del 2008 en Barajas, la sueca SAS decidió retirarse de la aerolínea española. En abril del 2009, SAS llegó a un acuerdo con la empresa Iniciatives Empresarials Aeronàutiques (IEASA) para que esta se quedase con el 86,09% del capital de Spanair.

IEASA, a su vez, era propiedad de diversos inversores privados agrupados en la sociedad Volcat, aunque también participaban en ella el Ayuntamiento de Barcelona y la Generalitat de Cataluña: Volcat tenía el 22%; Cimalsa, el 18,91%; Avançsa, el 9,45%; Y Catalana d’Iniciatives, el 11,34%. Asimismo, entraron la Fira, con un 24,11%, y Turisme de Barcelona, con un 14,18%.

A pesar de dar un golpe de timón en la estrategia el mismo año 2009, las pérdidas continuaron incrementándose ejercicio tras ejercicio “por el aumento de la competencia en el sector, la correlativa disminución del precio medio por billete y el aumento muy significativo del precio del combustible, lo que impactó sobre el margen bruto de Spanair, si bien la concursada logró reducir el pasivo en el periodo 2009-2011 pasando de 746,3 millones al cierre del ejercicio 2008 a 549,7 millones al cierre del ejercicio 2011”.

En el 2010, Spanair llega a un acuerdo con la red de compañías Star Alliance para crear una compañía de largo recorrido y tener la oportunidad de que metiese dinero un socio industrial. Y de junio de 2010 a enero de 2011 entabla conversaciones con Singapore Airlines, Avianca, Turkish Airlines, Lufthansa y Qatar Airways. El 14de febrero del 2011, incluso llega a firmar un Memorandum of Understanding (MoU en sus siglas en inglés) con Qatar Airways en el que se detalla la situación de la española y mediante el cual prepara un plan de negocio conjuntamente con Qatar que preveía una inversión adicional de entre 150 y 300 millones de euros para convertirla en una compañía rentable.

En julio de ese año, contrata a Lazard para acelerar la entrada de un potencial inversor y comienza también contactos con la china HNA, paralelamente a las conversaciones con los catarís. El 7 de noviembre, Qatar Airways firma otro MoU con la Generalitat de Cataluña por el que la primera se compromete a asumir el 49% del capital de Spanair y mantener su sede en Barcelona. Pero en diciembre surgen los rumores sobre la posibilidad de que Bruselas vetase la aportación de fondos públicos a la empresa.

El veto de Bruselas

La china HNA decide en enero del 2012 que también puede entrar y el 23 de enero mantiene una reunión en Bruselas para tratar el tema. El 27 de enero, ante la postura de las autoridades comunitarias, la Generalitat anuncia que no pondrá más dinero público en la aerolínea y la dirección decide presentar concurso voluntario de acreedores. Tenía un activo de 53,8 millones de euros y un pasivo de 587,4 millones, de los que 508,6 correspondían a créditos concursales y el resto, a créditos contra la masa. La administración concursal rebajó ligeramente tanto el activo como el pasivo en sus informes definitivos.

La sentencia hace especial hincapié en la deuda con AENA/AEAT, a la que debía 50 millones de euros en concepto de tasas aeroportuarias.

Pero la clave está en el segundo semestre de 2011. En junio, la Agencia Tributaria le niega ya el aplazamiento de la deuda, consciente de la situación de quiebra técnica de la compañía. Así, el magistrado condena al consejo de administración por el retraso en la presentación del concurso voluntario de acreedores.

En sus alegaciones, los directivos de las aerolíneas mantuvieron que Spanair estuvo recibiendo préstamos para “revertir las cifras negativas del fondo de maniobra y otorgar a la sociedad la suficiente capacidad de financiación para hacer frente a las obligaciones exigibles de Spanair durante el periodo de 5 meses del supuesto retraso en la presentación de la solicitud del concurso voluntario”.

Pero el fallo del juzgado recoge que, “teniendo en cuenta las magnitudes económico-financieras, y sin perjuicio de lo que se analizará con posterioridad en relación con esa capacidad de financiación a los efectos de si ha existido o no agravación de la insolvencia de la concursada durante el periodo de cinco meses que va de junio de 2011 a enero de 2012, considero que la conclusión a la que se llega de todo lo alegado por las partes (…) como para considerar que Spanair se encontraba en situación de insolvencia y que esa situación de insolvencia se conoció o pudo conocerse por los miembros del consejo de administración el 30 de junio de 2011”. De ahí la condena al consejo de administración en pleno.

Culpables todos. El consejo de administración en pleno de la aerolínea Spanair ha sido condenado por el Juzgado Mercantil número 10 de Barcelona por concurso culposo. Sus miembros tendrán que pagar también 10,8 millones de euros en concepto de déficit concursal y se les impone una inhabilitación de 2 años “para administrar bienes ajenos y para representar o administrar a cualquier persona, perdiendo cualquier derecho que pudieran tener como acreedores concursales o contra la masa”.

Ferran Soriano
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