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Pymes y autónomos no pagarán el IVA hasta cobrar la factura
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LOS EMPRENDEDORES NO RESPONDERÁN CON SU VIVIENDA POR DEUDAS DE LA EMPRESA

Pymes y autónomos no pagarán el IVA hasta cobrar la factura

El régimen especial de IVA incluido en el anteproyecto de ley de apoyo al emprendedor y su internacionalización, que permitirá no ingresar el impuesto hasta cobrar

El régimen especial de IVA incluido en el anteproyecto de ley de apoyo al emprendedor y su internacionalización, que permitirá no ingresar el impuesto hasta cobrar la factura, beneficiará a 2,3 millones de pymes y autónomos, tal y como ha asegurado la portavoz y vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

En concreto, Sáenz de Santamaría ha asegurado que se podrán beneficiar de esta medida casi 1,3 millones de autónomos y más de 1 millón de pymes siempre que no estén no sujetos al sistema de módulos y cuenten con un volumen de negocios inferior a los 2 millones de euros. Para evitar incentivos al retraso de obligaciones de pago, se retardará también la deducción del IVA soportado en adquisiciones hasta el momento en que se efectúe el pago. "Es un sistema de doble caja", ha dicho.

Por otro lado, el anteproyecto contempla otros incentivos fiscales, como la deducción del 10% del Impuesto de Sociedades por reinversión de beneficios a empresas con un volumen de negocio inferior a los 10 millones. Esta medida beneficiará a unas 200.000 personas físicas y 185.000 pequeñas empresas. Asimismo, se amplía la deducción por actividades de investigación y desarrollo a todas las empresas y se eleva del 50% al 60% la deducción de las rentas obtenidas de activos intangibles y se elimina límite máximo.

La ley introduce también una nueva deducción por la que los particulares que aporten capital semilla a una empresa de nueva creación se beneficiarán de una deducción del 20% en el IRPF con una base máxima de 20.000 euros al año. Además, quedarán eximidas fiscalmente las plusvalías generadas siempre que se reinviertan en otras empresa de nueva creación.

La ley crea también la figura del emprendedor de responsabilidad limitada a través de la cual la responsabilidad derivada de sus deudas empresariales no afectará a su vivienda habitual siempre que su valor no supere los 300.000 euros. No obstante, la limitación de responsabilidad no se aplicará ni cuando el empresario hubiese actuado fraudulentamente o con negligencia grave en el cumplimiento de sus obligaciones con terceros.

Para no penalizar excesivamente a los trabajadores que coticen en el régimen general y que deben cotizar también en otro régimen a tiempo completo cuando, se reducen las cuotas de la Seguridad Social, mientras que para apoyar la financiación se perfecciona el marco regulatorio de las cédulas de internacionalización y se crean los bonos de internacionalización con el fin de añadir mayor flexibilidad a la emisión de títulos que tengan como cobertura préstamos vinculados a la internacionalización.

Agilización de la creación de empresas

Por otro lado, se fomenta el espíritu emprendedor a lo largo de toda la vida educativa, la internacionacialización y se abarata el coste inicial de constituir una sociedad con la creación de la figura de sociedad limitada de formación. Esta figura permitirá la creación de empresas con un capital inferior a los 3.000 euros con un régimen idéntico al de las sociedades de responsabilidad limitada.

Para agilizar la creación de empresas se crean los puntos de atención al emprendedor, que serán ventanillas únicas a través de las que se podrán realizar los trámites para el inicio, ejercicio y cese de la actividad empresarial. El Punto de Atención al Emprendedor electrónico del Ministerio de Industria, Energía y Turismo prestará la totalidad de los servicios previstos en la Ley.

Con el objetivo de facilitar la segunda oportunidad, se crea un mecanismo de negociación extrajudicial de deudas de empresarios similar a los existentes en otros países. Se podrán pactar quitas de hasta el 25% de los créditos y moratorias de hasta tres años.

Por otro lado, se eliminan los obstáculos al acceso de los emprendedores a la contratación pública permitiendo que los empresarios puedan darse de alta en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado. Además, se elevan los umbrales para la exigencia de la clasificación en los contratos de obras y de servicios. En particular, en los contratos de obras el umbral se eleva en 150.000 euros y en 80.000 euros para los contratos de servicios.

Asimismo, se prevé que la garantía en los contratos de obra pueda constituirse mediante retención en el precio y se acortan los plazos para la devolución de garantías, pasando de doce meses a seis meses en caso de que la empresa adjudicataria sea una pequeña y mediana empresa. Y para luchar contra la morosidad, se reduce de ocho a seis meses el plazo de demora para solicitar la resolución del contrato en caso de que la empresa adjudicataria sea una pyme.

El régimen especial de IVA incluido en el anteproyecto de ley de apoyo al emprendedor y su internacionalización, que permitirá no ingresar el impuesto hasta cobrar la factura, beneficiará a 2,3 millones de pymes y autónomos, tal y como ha asegurado la portavoz y vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.