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El Supremo anula el traslado a Barcelona de la CMT, como solicitaban Madrid y los trabajadores
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El Supremo anula el traslado a Barcelona de la CMT, como solicitaban Madrid y los trabajadores

El Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo anuló el traslado de la sede de la Comisión Nacional del Mercado de las

El Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo anuló el traslado de la sede de la Comisión Nacional del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) de Madrid a Barcelona, al estimar los recursos presentados por la Comunidad de Madrid y un grupo de trabajadores, por considerar insuficientes algunos de los informes emitidos en el procedimiento de elaboración del Real Decreto de 30 de diciembre que acordó el cambio de sede, informó el alto tribunal.

El Pleno de la Sala Tercera, que ha deliberado sobre el asunto durante todo el día, ha decidido anular el Real Decreto 2397/2004 de 30 de diciembre por el que se cambió la sede de dicha Comisión Nacional. La sentencia se hará pública en los próximos días, así como los votos particulares anunciados por algunos de los magistrados que componen la Sala.

La Comunidad de Madrid recurrió el 23 de marzo de 2005 el traslado, porque consideraba que esta decisión del Gobierno central estaba "basada en simples motivaciones políticas de oportunidad o conveniencia". La Comunidad solicitó, como medida cautelar, que fue rechazada por el Supremo, la paralización del traslado hasta que el alto tribunal resolviese los recursos. El cambio de sede a Barcelona se realizó hace alrededor de un año. Por su parte, los trabajadores de la CMT recurrieron la decisión del Gobierno al entender que infringía la Ley General de Telecomunicaciones.

Acuerdo con Maragall

El Gobierno aprobó en el Consejo de Ministros del 30 de diciembre de 2004 el Real Decreto por el que se trasladaba a Barcelona la sede de la CMT, en cumplimiento del acuerdo alcanzado el mes de julio de ese mismo año entre el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, y el entonces presidente de la Generalitat, Pasqual Maragall. El Ejecutivo adoptó esta medida argumentando que "el cambio de sede corresponde a la lógica y principios inherentes a la naturaleza del Estado de las Autonomías". El acuerdo del Consejo de Ministros preveía que la CMT, "en el ámbito de sus competencias", adoptase las "medidas necesarias" para cambiar la ubicación de la sede a lo largo de 2005.

Un grupo de trabajadores de la CMT interpusieron un recurso ante el Supremo el 17 febrero de 2005 contra el traslado de la sede del organismo, al considerar que es "ilegal" y "nulo" porque vulnera la Ley General de Telecomunicaciones. En su opinión, esta norma establece la competencia del consejo regulador para decidir la ubicación de su sede, por lo que la decisión del Gobierno invade competencias.

Realizada por motivos políticos

Por su parte, el consejero de Economía e Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid, Fernando Merry del Val, presentó el 23 de marzo de 2005 un recurso contencioso-administrativo contra el traslado porque consideraba que había sido realizado "únicamente por motivos políticos" y que perjudicaba a los trabajadores, las empresas de telecomunicaciones, los contribuyentes y los usuarios.

Además, la Comunidad de Madrid entendía que la CMT es un organismo autónomo que tiene potestad para decidir "sin presiones políticas" el lugar de su sede. En este caso, entendían que "el sitio lógico" para ubicar el regulador es Madrid, porque es "donde están el 90% de las empresas de telecomunicaciones y la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones".

El Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo anuló el traslado de la sede de la Comisión Nacional del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) de Madrid a Barcelona, al estimar los recursos presentados por la Comunidad de Madrid y un grupo de trabajadores, por considerar insuficientes algunos de los informes emitidos en el procedimiento de elaboración del Real Decreto de 30 de diciembre que acordó el cambio de sede, informó el alto tribunal.