Esta es la multa que pueden ponerte si falsificas tu CV (y que quizá no sabías)
Realizar un fraude en el documento que presentamos a diferentes empresas a la hora de buscar empleo puede conllevar efectos muy perjudiciales para su autor.
La política en España ha centrado su atención actualmente en la dimisión de la vicesecretaria de Movilización y Reto Digital del PP, Noelia Núñez, debido a las acusaciones de falsificación de información en su currículum. En este sentido, son muchos entre la población los que se preguntan cuáles son las consecuencias legales a las que se arriesgan si cometen esta acción, especialmente en su grado de gravedad.
Medios y portales especializados se han hecho eco de estos últimos eventos para informar a su audiencia al respecto. Uno de ellos es Legalitas, en el que desglosa detenidamente los efectos de esta acción en nuestro currículum. En primer lugar, confirman que mentir y/o añadir datos falsos en el mismo es delito siempre y cuando se realice con el propósito de perjudicar a otro, apoyándose en lo dictado en el artículo 395 del Código Penal.
Es por ello que adjudicarnos una experiencia de la que no precisamos, siendo esta la razón por la que nos seleccionan para un empleo, puede ser motivo de demanda por daños y perjuicios por parte de la parte contratante al adjudicarnos una labor retribuida para la que no estamos cualificados. También podría ser objeto de denuncia por estafa o intrusismo laboral y llevo a cabo un servicio sin disponer de la formación certificada para ello.
Multas y penas de prisión
En estos casos, solamente un juez puede dictaminar el carácter de delito y su gravedad. Por otro lado, la parte contratante puede llevar a cabo un despido disciplinario contra el usuario que haya alterado su currículum al quebrar la buena fe laboral, tal y como se refleja en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores. No obstante, cada caso presenta sus características propias, ya que, si el usuario demuestra tener las habilidades y el conocimiento necesario para desempeñar su labor durante el periodo de prueba, no serviría como motivo de despido.
Otros de los posibles escenarios en todo este asunto es la falsificación de títulos oficiales. En este caso, hacer pasar por verdadero un documento que no presenta oficialidad está penado por el artículo 392 del Código Penal como delito de falsedad, el cual puede conllevar condenas desde seis meses hasta tres años de prisión y multa de seis a doce meses. Además, si presentamos este tipo de documentos durante un proceso judicial, se estaría llevando a cabo un delito de estafa procesal, con penas de uno a seis años de cárcel y seis y doce meses de multa.
En este sentido, el condenado no será el beneficiario de esa falsificación. También lo serán los cooperantes en ese mismo proceso. Este acto es conocido como cooperación necesaria, presentando la misma condena que el sujeto principal de la demanda. Es por ello que lo más recomendable es tratar de ser transparente en nuestro currículum si no queremos enfrentarnos a las consecuencias legales de lo contrario.
La política en España ha centrado su atención actualmente en la dimisión de la vicesecretaria de Movilización y Reto Digital del PP, Noelia Núñez, debido a las acusaciones de falsificación de información en su currículum. En este sentido, son muchos entre la población los que se preguntan cuáles son las consecuencias legales a las que se arriesgan si cometen esta acción, especialmente en su grado de gravedad.