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Los jueces no podrán subir la indemnización por despido: quién gana y quién pierde
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Los jueces no podrán subir la indemnización por despido: quién gana y quién pierde

El Tribunal Supremo ha avalado lo dictado en una sentencia del pasado diciembre: la compensación por cese improcedente de 33 días de salario por año de servicio "no puede verse incrementada en vía judicial"

Foto: La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. (EP/Jesús Hellín)
La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. (EP/Jesús Hellín)
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Dar compensaciones adicionales en caso de despido improcedente no será una opción. Así lo dictaminó ayer el pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo (TS), que dictó una sentencia clave sobre la indemnización por cese laboral en España, que actualmente determina en 33 días de salario por año trabajado en los considerados improcedentes.

Este miércoles, el Supremo tenía que decidir si la legislación de nuestro país da la opción a los jueces de subir la indemnización con pagos adicionales o si, para ello, hacen falta cambios en la legislación española. La sentencia ha sido clara: el sistema actual en España no lo permite.

"La conclusión, pendiente de un análisis detallado de la sentencia una vez publicada, es que la indemnización por despido improcedente que hoy tenemos es válida y nuestros tribunales no podrán atender a las circunstancias concretas del caso que se les plantee para incrementarla", explica Concha Martín, socia de Laboral del despacho MAIO Legal.

Según citaba la nota enviada la jornada del miércoles por el Supremo, esta decisión se toma sin que esta suponga una vulneración del artículo 10 del Convenio 158 OIT ni del artículo 24 de la Carta Social Europea revisada. De esta forma, se cierra el debate: no habrá opción de indemnizaciones adicionales por destitución improcedente. Pero, una vez dictaminada esta sentencia, ¿cómo se queda el escenario ahora?

Foto: la-indemnizacion-por-despido-supremo

Ante esta sentencia, se podría decir que hay vencedores y vencidos. Entre los derrotados, el primero es el Gobierno, que, a pesar del fallo judicial, no tiene intención de rendirse.

El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha reafirmado su intención de querer reformar el despido. "El Gobierno hará efectivo el programa de coalición y su compromiso con la ciudadanía, que es reformar el despido", mencionaban fuentes del organismo a las órdenes de Yolanda Díaz recogidas por Europa Press. Trabajo señaló, "desde el respeto a las decisiones judiciales y a la espera de conocer el contenido definitivo del fallo", que España ha ratificado la Carta, cuyo cumplimiento garantiza íntegramente y adicionalmente el Gobierno, que hará efectivo el programa para reformar la destitución improcedente.

La pelota, ahora, está en su tejado. "El Tribunal Supremo deja claro que, si se quiere cambiar el sistema de indemnizaciones por despido, será el legislador quien tenga que hacerlo aprobando nuevas leyes. Los jueces no pueden modificar por su cuenta las cantidades que establece el Estatuto de los Trabajadores, por lo que cualquier reforma tendrá que venir de la mano del poder legislativo, no del judicial", aclara León Vidaller, asociado del área laboral del despacho Bird & Bird.

"El TS deja claro que, si se quiere cambiar el sistema de indemnizaciones por despido, será el legislador quien tenga que hacerlo"

No obstante, el Gobierno no lo va a tener fácil. "En mi opinión, será muy difícil que una reforma sobre la indemnización por despido pueda salir adelante en un futuro próximo. Más allá de las dificultades que está teniendo el Gobierno actual para llevar a cabo las reformas laborales -por ejemplo, ya se ha anunciado el aplazamiento en varias ocasiones del debate sobre la reducción de jornada por falta de apoyos-, tampoco está claro cuál sería el nuevo sistema indemnizatorio que propondría el Gobierno, y menos aún si ese sistema contaría con los apoyos parlamentarios necesarios", cree Vidaller.

Otro claro 'perjudicado' será el trabajador español, ya que no se beneficiará de indemnizaciones extra. Los trabajadores, de esta manera, deben saber que el sistema de indemnización para ceses improcedentes vigente se mantiene intacto, sin ningún cambio. En caso de despido improcedente, se abonará la indemnización tasada de 33 días de salario por año de servicio, sin que quepa indemnización adicional alegando perjuicios sufridos por el trabajador.

Vidaller concreta los únicos casos donde se podrán solicitar indemnizaciones adicionales, como ya venía sucediendo: "Serán aquellos de nulidad del despido (no improcedencia), por haber producido una discriminación o una vulneración de derechos fundamentales del trabajador o existir algún caso de especial protección legalmente prevista, como por ejemplo un embarazo".

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En cambio, la perspectiva es distinta para el sistema judicial y empresarial, por una simple premisa: hay mayor seguridad jurídica tras el fallo. Ahora, la normativa es más objetiva al no tener que analizar los despidos caso por caso, ni habrá que valorar la cuantía de esos posibles pagos extra en los despidos que se consideren improcedentes.

El primero en celebrar el dictamen ha sido el presidente de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE), Antonio Garamendi. Durante su discurso en la clausura de la 'Asamblea 2025' de la CEOE, se ha referido al fallo del Supremo como una "buena noticia". "Vuelve a hablar de confianza, habla de seguridad jurídica, que es de lo que nosotros hablamos", ha resaltado el presidente, en declaraciones recogidas por Europa Press.

"Esto habría provocado una mayor litigiosidad con más juicios y recursos, dificultando los acuerdos entre empresa y trabajador"

En el concepto "seguridad jurídica" coincide Vidaller. "Si el Supremo hubiera permitido indemnizaciones adicionales, se habría generado una gran inseguridad jurídica. Esto habría provocado una mayor litigiosidad con más juicios y recursos, dificultando los acuerdos entre empresa y trabajador, y alargando potencialmente el conflicto, con los retrasos en los pagos que ello podría conllevar".

Mientras desde el Gobierno siguen con su intención de querer reformar el despido en España, otros creen que es una novedad positiva y el fin de un debate. Unos ganan y otros pierden. Sea como fuere, la normativa de indemnización se mantiene intacta.

Dar compensaciones adicionales en caso de despido improcedente no será una opción. Así lo dictaminó ayer el pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo (TS), que dictó una sentencia clave sobre la indemnización por cese laboral en España, que actualmente determina en 33 días de salario por año trabajado en los considerados improcedentes.

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