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¿Cómo saber si te toca ser miembro en una mesa en las elecciones municipales 2019?
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Se notifica del 27 de abril al 4 de mayo

¿Cómo saber si te toca ser miembro en una mesa en las elecciones municipales 2019?

Que el aviso se produzca más tarde de lo estipulado no exime del cargo, y tampoco que el designado haya ocupado el mismo cargo durante las elecciones generales del 28-A

Foto: Un miembro de una mesa electoral custodia una urna en las elecciones. (Reuters)
Un miembro de una mesa electoral custodia una urna en las elecciones. (Reuters)

Los sorteos de las mesas electorales para las elecciones municipales, autonómicas y europeas del próximo 26 de mayo concluyeron el pasado 1 de mayo. Ya se conocen los nombres de los 540.657 ciudadanos llamados a personarse en los 60.073 puestos de 23.199 colegios repartidos por 8.131 localidades de España, con lo cual los presidentes y vocales —ya sean titulares o suplentes— debieron recibir una notificación en sus domicilios durante los tres días posteriores (entre el 27 de abril y el 4 de mayo). Asimismo, deberían haber recibido un manual de instrucciones sobre sus funciones supervisado por la Junta Electoral Central y aprobado por el Consejo de Ministros.

No obstante, que la notificación se produzca más tarde de lo estipulado no exime del cargo, y quienes no cumplan con su cometido sin causa justificada podrían incurrir en un delito castigado con penas de prisión de entre tres meses y un año. Teniendo en cuenta la proximidad de estas votaciones con las generales del pasado 28 de abril, conviene mencionar que la designación como miembro de la mesa durante un proceso electoral no supone la continuidad para el siguiente, aunque nada impide que, en virtud de un nuevo sorteo, dicho ciudadano pueda volver a ser elegido en varios procesos consecutivos.

El presidente y los vocales de cada mesa se designan por sorteo en los ayuntamientos, mediante cualquier procedimiento de azar, entre la totalidad de personas incluidas en la lista de electores de cada mesa que sepan leer y escribir y tengan menos de 70 años (aunque a partir de los 65 pueden renunciar voluntariamente). La Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General establece el "carácter público" del procedimiento, que se lleva a cabo entre 25 y 29 días después de la convocatoria de los sufragios, pero no así la publicidad del resultado, teniendo en cuenta que al estar sometido a excusa podría no ser definitivo, por lo que los consistorios no están obligados a compartir los nombres. Entre los que sí lo han hecho, se cuentan:

Excusas legales para librarse

Los designados disponen de un plazo de siete días desde que reciben la notificación en sus domicilios para justificar y documentar cualquier causa que les impida desempeñar el cargo. Para ello, deberán rellenar una solicitud de excusa y personarse en la junta electoral de la zona correspondiente con fotocopias del DNI, del nombramiento de la mesa electoral y de los documentos sirvan para justificar la renuncia, junto a los impresos originales para su posterior cotejo.

Foto: Un miembro de una mesa electoral, sentado tras una urna. (Reuters)

Algunas de las causas justificadas que permiten eludir la responsabilidad pasan por condiciones personales, como ser mayor de 65 años o padecer alguna discapacidad; familiares, entre las que se incluyen ser madre durante el periodo de lactancia o cuidar de un familiar que no puede valerse por sí mismo, y profesionales, cuando, por ejemplo, se prestan servicios esenciales durante la jornada electoral o se participa en acontecimientos de índole pública. La totalidad de impedimentos legales puede consultarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Los sorteos de las mesas electorales para las elecciones municipales, autonómicas y europeas del próximo 26 de mayo concluyeron el pasado 1 de mayo. Ya se conocen los nombres de los 540.657 ciudadanos llamados a personarse en los 60.073 puestos de 23.199 colegios repartidos por 8.131 localidades de España, con lo cual los presidentes y vocales —ya sean titulares o suplentes— debieron recibir una notificación en sus domicilios durante los tres días posteriores (entre el 27 de abril y el 4 de mayo). Asimismo, deberían haber recibido un manual de instrucciones sobre sus funciones supervisado por la Junta Electoral Central y aprobado por el Consejo de Ministros.

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