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Comienza el plazo para pedir el voto por correo para elecciones catalanas
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termina el 17 de septiembre

Comienza el plazo para pedir el voto por correo para elecciones catalanas

Los residentes en el extranjero deben estar inscritos en el Censo de Españoles Residentes Ausentes (CERA) cerrado a 1 de junio de 2015, listados que se podrán consultar entre el 10 y el 17 de agosto

Foto: Llegada del voto por correo a un colegio electoral. (Efe)
Llegada del voto por correo a un colegio electoral. (Efe)

Los electores podrán solicitar desde hoy y hasta el próximo 17 de septiembre el voto por correo para las elecciones catalanas del 27 de septiembre, para lo que deberán cumplimentar la solicitud en cualquier oficina de Correos de España y dirigirla a la Oficina del Censo Electoral de su provincia.

A través de un comunicado, Correos ha anunciado que también se puede solicitar el voto para las elecciones municipales que se repetirán en cuatro mesas de los municipios de Hurones (Burgos), Tébar (Cuenca), Dúrcal (Granada) y Llánaves de la Reina, perteneciente al Ayuntamiento de Boca de Huérgano (León).

Estas cuatro localidades anularon sus resultados en las pasadas elecciones del 24 de mayo por diversas irregularidades y volverán a repetirse tras la aprobación de un Real Decreto en el pasado Consejo de Ministros.

Para ambos casos, Correos ha fijado de plazo el jueves 17 de septiembre para que los electores presenten sus solicitudes personalmente, salvo en caso de enfermedad o discapacidad, en la que los votantes deberán acreditar un certificado médico para que otra persona pueda realizar los trámites por ellos.

A su vez, el Ministerio de Asuntos Exteriores ha incluido en su página web las recomendaciones para aquellos que quieran votar desde el extranjero por residir allí o encontrarse de paso.

Los primeros deben estar inscritos en el Censo de Españoles Residentes Ausentes (CERA) cerrado a 1 de junio de 2015, listados que se podrán consultar entre el 10 y el 17 de agosto.

En el caso de que hayan llegado posteriormente, pueden inscribirse tras darse de alta en el Registro de Matrícula Consular y presentar una reclamación antes del 17 de agosto.

Los inscritos en el CERA deberán pedir la documentación electoral antes del 29 de agosto o solicitarlo de la página web del ministerio de Asuntos Exteriores. Para pedirlo, será necesario adjuntar el DNI o pasaporte o el certificado de nacionalidad o de inscripción en el Registro de Matrícula Consular.

Posteriormente, la delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral remitirá la documentación electoral junto con la hoja informativa a la dirección de la inscripción del elector, no más tarde del día 7 de septiembre (o del día 15 si se produjera impugnación de candidaturas).

Los residentes en el exterior pueden votar por correo enviando el sobre correspondiente a la oficina o sección consular en la que esté inscrito no más tarde del día 22 de septiembre o en urna en la oficina los días 23, 24 y 25 de septiembre.

Quienes se encuentren temporalmente en el extranjero deben inscribirse como "no residentes" no más tarde del 29 de agosto para iniciar el proceso.

Los electores podrán solicitar desde hoy y hasta el próximo 17 de septiembre el voto por correo para las elecciones catalanas del 27 de septiembre, para lo que deberán cumplimentar la solicitud en cualquier oficina de Correos de España y dirigirla a la Oficina del Censo Electoral de su provincia.

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