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Detenido un hombre que entró con una pistola cargada en un colegio electoral
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en Poblenou del Delta (Amposta)

Detenido un hombre que entró con una pistola cargada en un colegio electoral

El hombre, de 70 años, podría ser investigado por un presunto delito electoral y también por presunta tenencia ilícita de armas

Foto: Votaciones elecciones generales
Votaciones elecciones generales

Las jornadas electorales dan para mucho: en los cientos de colegios que se establecen para unas elecciones generales pasan infinidad de situaciones. En un colegio de Ourense (en el barrio de O Couto) una mesa tendrá que cerrar más tarde porque el hombre que aseguraba que le había sido asignada la presidencia de la mesa no tenía documentación que confirmara esa información. "Cuando llegó a casa el correo certificado, se lo había comido el perro", dijo. Otras incidencias son menos graciosas: la Policía Local de Amposta (Tarragona) ha tenido que detener a un hombre con una pistola cargada y una navaja dentro de un colegio electoral de Poblenou del Delta en el municipio de Amposta.

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El alcalde de Amposta, Adam Tomàs, ha declarado a Europa Press que la policía ha detectado que el hombre de 70 años tenía "un arma en el bolsillo", pero se ha negado a mostrarla y la policía lo ha reducido y detenido. Los hechos se han producido en torno a las 15.15 horas en la casa consistorial de Poblenou del Delta, pedanía de Amposta, cuando la policía ha detectado que el cañón del arma "sobresalía" del bolsillo del detenido.

El hombre, que se ha mostrado "nervioso", se ha negado a enseñar lo que llevaba en el bolsillo y ha pedido al policía que le dejase. Tomàs ha explicado que no está permitido acceder a un colegio electoral con armas, por lo que considera que se le puede investigar por un presunto delito electoral, y que también se le ha detenido por presunta tenencia ilícita de armas.

¿Qué dice la ley?

Según el artículo 91 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG), queda prohibido "entrar en el local de la sección electoral con armas ni instrumentos susceptibles de ser usados como tales". Ante una situación como esta, "el presidente ordenará la inmediata expulsió de quienes infrinjan este precepto". Asimismo, en el artículo 147 de la misma normativa queda previsto que "los que perturben gravemente el orden en cualquier acto electoral o penetren en los locales donde éstos se celebren portando armas u otros instrumentos susceptibles de ser usados como tales, serán castigados con la pena de prisión de tres a 12 meses o la multa de seis a 24 meses".

Las jornadas electorales dan para mucho: en los cientos de colegios que se establecen para unas elecciones generales pasan infinidad de situaciones. En un colegio de Ourense (en el barrio de O Couto) una mesa tendrá que cerrar más tarde porque el hombre que aseguraba que le había sido asignada la presidencia de la mesa no tenía documentación que confirmara esa información. "Cuando llegó a casa el correo certificado, se lo había comido el perro", dijo. Otras incidencias son menos graciosas: la Policía Local de Amposta (Tarragona) ha tenido que detener a un hombre con una pistola cargada y una navaja dentro de un colegio electoral de Poblenou del Delta en el municipio de Amposta.

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