Es noticia
Jornada de reflexión: qué se puede hacer (y qué no) en la víspera de las elecciones
  1. Elecciones Generales
Antes del 10-N

Jornada de reflexión: qué se puede hacer (y qué no) en la víspera de las elecciones

Algunos expertos consideran la jornada de reflexión un anacronismo y, aunque en el pasado fue necesaria con la entrada de la democracia, en una situación como la actual, la ven sin sentido

Foto: Lona de propaganda electoral de Ciudadanos contra Pedro Sánchez en la Avenida de América de Madrid. (Europa Press)
Lona de propaganda electoral de Ciudadanos contra Pedro Sánchez en la Avenida de América de Madrid. (Europa Press)

¿Es necesario un día para pensar antes de unas elecciones generales? La ley dice que sí, aunque no todos los electores lo tendrán claro. La jornada de reflexión no es un concepto que esté definido expresamente en la legislación, aunque sí está regulada por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) y prohíbe, entre otras cosas, difundir propaganda electoral y realizar cualquier tipo de acto de campaña en cuanto finaliza el periodo para tal efecto, es decir, la campaña: las 24 horas previas al proceso electoral están fuera de este periodo.

Muchos expertos ven esta restricción como un auténtico anacronismo de la legislación. Para Manuel Herrera, de la Universidad Internacional de La Rioja, tenía sentido cuando se creó, en 1970, "cuando el pueblo se lanzó a la calle a votar tras 40 años sin hacerlo, salvo muy puntuales excepciones". "Ya no tiene sentido, máxime cuando las encuestas y el CIS indican que un porcentaje importante de los votos se decide el último día, alrededor del 20%". De la misma opinión es Ángel Rivero, profesor de Ciencia Política de la Universidad Autónoma de Madrid, que considera que la jornada de reflexión tuvo sentido entonces, "y su pretensión fue no llevar la apoteosis del voto hasta el último instante, pero eso hoy, con la opinión pública tan informada, tan expuesta a medios de comunicación y redes no tiene sentido".

[Últimas noticias sobre las elecciones generales 2019]

La ley española no es especialmente estricta con aspectos como el alcohol —su venta está prohibida en países como Argentina o México—, pero sí en términos de información electoral. Además de la prohibición de hacer campaña o pedir directamente el voto, en España está prohibido durante los cinco días anteriores al de la votación la publicación y difusión o reproducción de sondeos electorales, sea cual sea el medio de comunicación por el que se transmitan, si bien se siguen publicando las denominadas 'encuestas prohibidas' en prensa extranjera.

Sanciones si se infringe la ley

No solo esto, sino que todo aquel que infrinja esta normativa puede ser castigado con una pena de tres meses a un año de prisión, una multa de 12 a 24 meses e "inhabilitación especial para profesión, oficio, industria o comercio por tiempo de uno a tres años". Sin embargo, en el extranjero no está prohibido publicar este tipo de encuestas o 'trackings' diarios en estos días, algo que sí se hizo, y con cierto punto de humor, en las pasadas elecciones catalanas desde varios medios andorranos —utilizando el símil de una 'frutería'—. Esta legislación está vigente desde 1985, pero en 2011 sufrió una modificación en la que se incluyó la reproducción de los sondeos en el delito, algo que se añadió para dar cabida a la nueva realidad impuesta por la llegada de las redes sociales, como Twitter o Facebook. No obstante, la legislación no es clara sobre si las redes sociales entran dentro del concepto de medios de comunicación.

Hace algunos años a propósito del nacimiento del Movimiento 15-M, se habló mucho sobre una presunta prohibición de celebración de manifestaciones públicas durante la jornada de reflexión. El año 2011, además del nacimiento del movimiento de los 'indignados' tuvo lugar aquella elección del 20-N que ganó Mariano Rajoy, frente a un Alfredo Pérez-Rubalcaba que no fue capaz de frenar la debacle socialista. Fue entonces cuando surgió la polémica: ¿podía el Movimiento 15-M manifestarse en aquella 'jornada de reflexión'?

En un principio, toda manifestación política destinada a pedir el voto está prohibida, pero en virtud de una sentencia de 2010 el Tribunal Constitucional avaló la celebración de protestas durante el día previo a las elecciones siempre y cuando su capacidad de influir en el voto sea remota.

¿Es necesario un día para pensar antes de unas elecciones generales? La ley dice que sí, aunque no todos los electores lo tendrán claro. La jornada de reflexión no es un concepto que esté definido expresamente en la legislación, aunque sí está regulada por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) y prohíbe, entre otras cosas, difundir propaganda electoral y realizar cualquier tipo de acto de campaña en cuanto finaliza el periodo para tal efecto, es decir, la campaña: las 24 horas previas al proceso electoral están fuera de este periodo.

El redactor recomienda