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¿Cómo saber si eres miembro de una mesa electoral en las elecciones del 10N?
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¿Cómo saber si eres miembro de una mesa electoral en las elecciones del 10N?

Desde este martes 15 de octubre, se celebran los sorteos públicos para la designación de integrantes de las mesas electorales. Estos son algunos ayuntamientos que publican el resultado

Foto: Una persona, votando en un colegio de Pozuelo de Alarcón, en Madrid, el pasado 28 de abril. (EFE)
Una persona, votando en un colegio de Pozuelo de Alarcón, en Madrid, el pasado 28 de abril. (EFE)

Se acercan las próximas elecciones generales, las segundas en lo que va de 2019, y la maquinaria electoral está funcionando a todo gas. Desde 15 de octubre se han estado celebrando los plenos en los que se realizan los sorteos para designar a los miembros de las mesas electorales, de los que salen los nombres que este domingo 10 de noviembre tendrán que acudir a su colegio para ejercer los papeles de presidente o vocal e ir recogiendo las papeletas que los ciudadanos españoles vayan depositando en las urnas. El plazo para celebrar el sorteo de las mesas ha variado en estas elecciones, como han hecho muchos otros procesos, y si bien en un inicio deberían celebrarse entre los días vigesimoquinto y vigesimonoveno tras la convocatoria de los comicios (que se realizó el pasado 24 de septiembre), desde el 15 de octubre y hasta el día 23 los Ayuntamientos fueron celebrando sus 'concursos' para nombrar a los miembros.

Tanto los presidentes y vocales titulares como suplentes tienen que haber recibido una notificación en su domicilio los tres días posteriores a la realización del sorteo, junto a un manual de instrucciones sobre sus funciones, supervisado por la Junta Electoral Central y aprobado por el Consejo de Ministros. Si la notificación tarda en llegar no exime del cargo, es decir, tendrá que acudir a su mesa obligatoriamente, y quienes no cumplan con su cometido sin causa justificada podrían incurrir en un delito castigado con penas de prisión de entre tres meses y un año. Cada mesa estará integrada por un presidente y dos vocales, además de dos suplentes por cada uno de los miembros.

Aunque no están obligados a compartir los nombres de los 'elegidos', hay algunos ayuntamientos que sí lo hacen de manera pública, a través de su página web o en publicaciones oficiales con los listados. Entre los que lo han hecho se encuentran los siguientes:

¿Cuándo uno puede estar seguro de que le toca (o no) en mesa electoral? Desde el pasado 15 de octubre se han ido celebrando los sorteos y, por norma, los consistorios deben notificar a los elegidos por sorteo en un plazo de tres días. Esto implica que los Ayuntamientos que celebraron su sorteo el primer día, como ocurre con Albacete, Badajoz, Cádiz, Ceuta, Murcia, Valencia, Vitoria, Zamora o Zaragoza, deberían haber informado a los que tendrán que integrar las mesas el próximo 10-N antes del 19 de octubre; algo similar ocurre con los consistorios que celebraron el sorteo el segundo día, como Palencia o Palma de Mallorca, que deberían haber enviado la notificación antes del 20; o el tercer día, como Madrid, Mérida o Teruel, para quienes el plazo era hasta el 21. Eso sí, el hecho de que la notificación llegue más tarde no exime a nadie del cargo, así que no se podrá alegar como excusa para no acudir a la mesa el día de los comicios. El 23 de octubre era el último día para celebrar los sorteos, lo que implica que el lunes 28 de octubre todo el mundo debería haber sido ya notificado de su pertenencia o no a la mesa electoral del colegio que le corresponda.

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Excusas legales para librarse

Una vez que un ciudadano recibe la notificación de la Junta Electoral Central tiene un periodo para presentar sus excusas: antes de que pasen siete días, los elegidos pueden justificar y documentar la causa que les impide desempeñar el cargo. Para ello deben rellenar una solicitud de excusa y personarse en la Junta de zona correspondiente con la documentación exigida. Existen una serie de excusas legales para librarse de la mesa, aunque siempre están sujetas a discreción de la propia junta.

[Ser autónomo y presidente (o vocal) en una mesa electoral]

Existen causas válidas por sí solas, como ser mayor de 65, estar en situación de discapacidad o estar internado en un centro penitenciario u hospital psiquiátrico, y otras, personales, que están sujetas a valoración de la junta, como algún tipo de lesión, situación de riesgo durante un embarazo o pertenencia a algún tipo de confesión religiosa cuyo ideario sea contrario a la participación en una mesa electoral.

Se acercan las próximas elecciones generales, las segundas en lo que va de 2019, y la maquinaria electoral está funcionando a todo gas. Desde 15 de octubre se han estado celebrando los plenos en los que se realizan los sorteos para designar a los miembros de las mesas electorales, de los que salen los nombres que este domingo 10 de noviembre tendrán que acudir a su colegio para ejercer los papeles de presidente o vocal e ir recogiendo las papeletas que los ciudadanos españoles vayan depositando en las urnas. El plazo para celebrar el sorteo de las mesas ha variado en estas elecciones, como han hecho muchos otros procesos, y si bien en un inicio deberían celebrarse entre los días vigesimoquinto y vigesimonoveno tras la convocatoria de los comicios (que se realizó el pasado 24 de septiembre), desde el 15 de octubre y hasta el día 23 los Ayuntamientos fueron celebrando sus 'concursos' para nombrar a los miembros.

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