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Cómo solicitar 'online' el voto por correo para las elecciones generales 2019
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Hasta el 31 de octubre

Cómo solicitar 'online' el voto por correo para las elecciones generales 2019

El primer paso para quienes votan fuera de casa es solicitar un certificado de inscripción en el Censo Electoral; es posible hacerlo en cualquier oficina de Correos, pero también de forma telemática

Foto: Un grupo de ciudadanos hace cola para votar por correo. (EFE)
Un grupo de ciudadanos hace cola para votar por correo. (EFE)

Los residentes españoles que no puedan acudir a las urnas el próximo 10 de noviembre tienen hasta el próximo 31 de octubre para solicitar el voto por correo si quieren participar en las nuevas elecciones generales. Después, tendrán hasta el 3 de noviembre para recibir la documentación facilitada por la Oficina del Censo Electoral y hasta el día 8 de noviembre para emitir sus papeletas a través del servicio postal. También tendrán la oportunidad de volver a votar a distancia los habitantes de 35 municipios y 88 entidades locales en los que no se presentó ningún candidato durante la cita del pasado 26 de mayo.

Foto: Papeletas de las elecciones del 26M (EFE)

Todos aquellos electores interesados tendrán que efectuar en cualquier oficina de Correos el primer trámite, que consiste en recoger y entregar un certificado de inscripción en el Censo mostrando el DNI, permiso de conducir, pasaporte o tarjeta de residencia de extranjero para acreditar su identidad. Pero también es posible efectuar este paso de forma telemática a través de la siguiente dirección, que permite cumplimentar el impreso 'online' y hacer las copias necesarias para su posterior presentación. Optar por esta vía es tan sencillo como seguir el proceso marcado en la web del Instituto Nacional de Estadística, resumido bajo estas líneas.

Los electores residentes fuera de España que ya se hubieran inscrito en el Censo de Españoles Residentes Ausentes (CERA) y hubieran solicitado el voto de cara a los comicios del pasado 28 de abril no tendrán que volver a pedir el voto en esta nueva convocatoria de elecciones.

Cómo solicitar el voto por correo 'online'

1. Datos del elector. El primer bloque a rellenar está dedicado a la información básica del elector (nombre, apellidos, fecha de nacimiento y DNI).

2. Dirección de remisión. Mediante el siguiente apartado, el elector ha de especificar la dirección donde quiere recibir la documentación.

3. Datos de la persona autorizada. En caso de enfermedad o incapacidad —acreditada por medio de certificación médica oficial— la solicitud puede ser firmada y presentada en nombre del elector por persona autorizada notarial o consularmente. El elector tiene derecho a que estos dos documentos sean gratuitos y deberá incluirlos en el sobre de remisión.

4. Fecha de la solicitud. Para completar el formulario, será necesario escribir la fecha de firma y el nombre de la provincia en cuyo censo figura inscrito el elector.

5. Confirmación. Antes de generar la solicitud, es importante revisar los datos para evitar malentendidos.

6. Imprimir. Por último, el usuario deberá imprimir los dos documentos que se generan: una copia para la delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral y otra para sí mismo.

placeholder Formulario 'online' para solicitar el voto por correo.
Formulario 'online' para solicitar el voto por correo.

En cualquier caso, ambos impresos de la solicitud de voto por correo deben ser presentados personalmente por el interesado en las oficinas de Correos, donde después de comprobar su identidad, serán fechados y sellados. El ejemplar dirigido a la delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral de su provincia de inscripción deberá ser introducido en el sobre de remisión, en el cual se deberá adherir una etiqueta con la información de destinatario y de remitente.

Al igual que quienes optan por hacerlo físicamente, después tendrán que esperar a que la documentación llegue a casa y, una vez recibida, deberán rellenar la papeleta de voto o elegirla de entre las distintas opciones, insertarla en el sobre y cerrarlo completamente. A continuación, será necesario llevar a cualquier oficina postal el modelo oficial dirigido a la mesa electoral, con el certificado de inscripción en el censo electoral y el sobre de votación —donde va la papeleta—. La oficina tramitará el envío como correo certificado y urgente, con carácter gratuito.

Los residentes españoles que no puedan acudir a las urnas el próximo 10 de noviembre tienen hasta el próximo 31 de octubre para solicitar el voto por correo si quieren participar en las nuevas elecciones generales. Después, tendrán hasta el 3 de noviembre para recibir la documentación facilitada por la Oficina del Censo Electoral y hasta el día 8 de noviembre para emitir sus papeletas a través del servicio postal. También tendrán la oportunidad de volver a votar a distancia los habitantes de 35 municipios y 88 entidades locales en los que no se presentó ningún candidato durante la cita del pasado 26 de mayo.

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