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La JEC deja en manos de Marchena que haya un debate electoral con Sànchez en la cárcel
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La JEC deja en manos de Marchena que haya un debate electoral con Sànchez en la cárcel

La Junta estima que dada la condición de procesado del cabeza de lista de JxCAT por Barcelona, ha de ser la Sala de lo Penal la que decida si puede participar en un duelo con sus rivales

Foto: Jordi Sànchez, expresidente de la ANC, el pasado 21 de febrero, durante su declaración en el Supremo. (EFE)
Jordi Sànchez, expresidente de la ANC, el pasado 21 de febrero, durante su declaración en el Supremo. (EFE)

Si hay finalmente un debate electoral con Jordi Sànchez y desde la cárcel, deberá decidirlo el Tribunal Supremo. La Junta Electoral Central (JEC) deja en sus manos la decisión de que el cabeza de lista de Junts per Catalunya por Barcelona pueda mantener un duelo con sus rivales en la campaña de las generales del 28 de abril.

JxCAT, la formación que controla el 'expresident' Carles Puigdemont, había demandado por carta a los números unos de los demás partidos que se avinieran a celebrar un debate electoral en prisión, y para ello había pedido a la JEC que autorizase su celebración en el penal madrileño de Soto del Real, donde permanece recluido desde que comenzó el juicio del 'procés' en el Tribunal Supremo y que preside el magistrado Manuel Marchena.

La JEC echa balones fuera. Señala en su acuerdo [aquí en PDF] que la Ley General Penitenciaria, en su artículo 3.1, dice que "los internos podrán ejercitar los derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales, sin exclusión del derecho de sufragio, salvo que fuesen incompatibles con el objeto de su detención o el cumplimiento de la condena".

"Por ello, en opinión de esta Junta —continúa el acuerdo, adoptado este jueves—, el órgano competente para decidir si medidas como las pedidas son compatibles con el objeto de la detención del candidato al que se refiere este escrito es la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que le está enjuiciando en este momento, razón por la que la Junta Electoral Central no resulta competente para resolver sobre lo solicitado".

La JEC añade como argumento el informe emitido por el secretario general de Instituciones Penitenciarias, Ángel Luis Ortiz, sobre la posibilidad de celebrar un debate electoral en la prisión de Soto del Real con la participación de Jordi Sànchez. Documento con el que el alto cargo del Gobierno socialista se muestra disconforme con la petición de JxCAT. El informe sentencia que un acto político de esas características "supondría una alteración de las normas regimentales del centro penitenciario en varios órdenes". Y "sería contrario a elementales principios de seguridad" y "alteraría la funcionalidad del centro, donde existen unos horarios preestablecidos para las distintas actividades que se desarrollan en el mismo: comunicaciones, visitas, actividades en talleres, horarios de comidas, consultas médicas, etc.".

La JEC acompaña su acuerdo de un informe desfavorable del secretario de Prisiones, que considera que se alteraría la vida en la cárcel


Organizar un debate electoral en el penal también "alteraría la distribución funcional de los espacios comunes donde debería celebrarse este acto electoral (salón de actos) y conllevaría la necesidad de reforzar el servicio del personal funcionario para garantizar la seguridad de las personas que han de entrar en el centro penitenciario". Todo este conjunto de factores, asegura el secretario general de Prisiones, "imposibilitaría, materialmente" que dentro de la cárcel "pudiera organizarse una actividad electoral de estas características, máxime si además se pretende que se lleve a cabo con retransmisión de los medios de comunicación”.

Foto: El abogado de Jordi Sànchez, Jordi Turull y Josep Rull, Jordi Pina. (EFE)
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La "paradoja"

Jordi Sànchez, expresidente de la Assemblea Nacional Catalana (ANC), propuso el debate a los números uno del resto de formaciones políticas por Barcelona: el también preso Oriol Junqueras, líder de ERC; Inés Arrimadas, de Ciudadanos; la ministra de Política Territorial, Meritxell Batet, por el PSC; Jaume Asens, de En Comú Podem; Cayetana Álvarez de Toledo, por el PP, y Albano Dante Fachín, de Front Republicà. En la carta, citada por EFE, Sànchez subrayaba la "paradoja" de ser candidato a generales pero al mismo tiempo no tener la libertad de movimiento para hacer campaña o participar en debates.

La JEC también responde a ERC que quienes han de autorizar o no mítines en Soto del Real y en Alcalá Meco son las Juntas Electorales Provinciales

El cabeza de JxCAT planteaba a sus adversarios un debate en Soto del Real, no forzosamente "dentro de la cárcel", sino un duelo "abierto, libre y plural, moderado por una persona del mundo de la comunicación, neutra y de trayectoria reconocida", que deberían consensuar los partidos.

placeholder Consulte aquí en PDF los dos acuerdos de la JEC sobre los debates y mítines en las cárceles de los presos del 'procés'.
Consulte aquí en PDF los dos acuerdos de la JEC sobre los debates y mítines en las cárceles de los presos del 'procés'.

La JEC adoptó un segundo acuerdo, en el que se pronuncia sobre la petición de ERC de celebrar mítines en las cárceles de Soto del Real —donde permanecen los presos hombres del 'procés'— y Alcalá Meco —en la que siguen las mujeres encausadas en prisión preventiva, la expresidenta del Parlament Carme Forcadell y la 'exconsellera' Dolors Bassa— el 13 de abril.

La Junta señala primero el artículo 24.2 de la Constitución, que garantiza a los condenados a pena de prisión que gozarán de los mismos derechos fundamentales que el resto de ciudadanos, salvo los que sean limitados en la sentencia. Y se agarra también al citardo artículo 3.1 de la Ley Penitenciaria. A continuación, añade que la Ley Orgánica del Régimen Electoral General "no establece ninguna disposición específica", no aclara si caben hacer mítines en prisión o no. Pero como se trataría de un acto de campaña electoral, la autorización depende de las Juntas Electorales Provinciales, y no de la JEC.

El órgano que vela por la limpieza de todo el proceso electoral añade el informe desfavorable del secretario general de Instituciones Penitenciarias, en el que "se ponen de relieve las diferencias" existentes entre la solicitud de ERC y la autorización que se dio a Adelante Andalucía en las autonómicas del pasado 2 de diciembre para dar mítines a los reclusos.

Por otro lado, el máximo intérprete electoral emitió una declaración institucional [aquí en PDF] aprobada este jueves en su reunión en el Congreso. Con ella, ratifica que dos de sus miembros, los jueces del Tribunal Supremo Ana Ferrer y Luciano Varela, se inhiben en cualquier decisión sobre la que tenga que pronunciarse el órgano y que tenga que ver con la causa del 'procés'. La JEC defiende la "independencia e imparcialidad" de ambos magistrados ante las noticias que se refieren a hechos "falsos" y que comprometen "gravemente" el funcionamiento del órgano.

El órgano ratifica que dos de sus miembros, magistrados en la causa del 'procés', se han inhibido en las cuestiones relativas a Cataluña

Ferrer y Varela forman parte de la Sala Segunda del TS, la encargada de juzgar a los líderes del 'procés', pero "ni han asistido, ni participado en la deliberación, ni votado ningún asunto que esta Junta haya podido conocer relativo a quejas, reclamaciones o recursos que pudiesen estar relacionados, directa o indirectamente, con la causa" que se tramita en la Sala de lo Penal del alto tribunal.

Si hay finalmente un debate electoral con Jordi Sànchez y desde la cárcel, deberá decidirlo el Tribunal Supremo. La Junta Electoral Central (JEC) deja en sus manos la decisión de que el cabeza de lista de Junts per Catalunya por Barcelona pueda mantener un duelo con sus rivales en la campaña de las generales del 28 de abril.

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