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Elecciones andaluzas: plazos para votar por correo desde España, el extranjero o alta mar
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Elecciones andaluzas: plazos para votar por correo desde España, el extranjero o alta mar

El próximo 2 de diciembre Andalucía celebrará sus elecciones al Parlamento y todos aquellos ciudadanos que no puedan acudir a las urnas podrán ejercer su derecho a voto por correo

Foto: Un funcionario de Correos entrega votos por correspondencia. (EFE)
Un funcionario de Correos entrega votos por correspondencia. (EFE)

La campaña electoral de las elecciones que Andalucía celebrará el próximo 2 de diciembre para conformar un nuevo Parlamento arrancó el pasado 17 de noviembre. Los partidos aprovechan desde entonces sus últimas oportunidades para convencer a los votantes de distinta índole de que son la mejor opción para gobernar la autonomía y para los votantes arranca un tiempo para reflexionar y decidir cuál de todos les convence más.

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Sin embargo, el tiempo de reflexión es menor para quienes no podrán acudir físicamente a las urnas el próximo 2 de diciembre. El calendario electoral para el voto por correo es más corto y para quienes quieran solicitarlo, estén en España, en el extranjero, o incluso, de misión en alta mar, han tenido que hacerlo en los últimos días.

Foto: Pedro Sánchez, Alfonso Guerra y José Félix Tezanos, en una imagen de archivo. (EFE)


Votar desde España

Para ejercer el voto por correo desde otro punto de España debe solicitarse en cualquier Oficina de Correos el impreso para hacerlo y cumplimentarlo antes del jueves 22 de noviembre, fecha en la que finaliza el plazo para solicitarlo. Al hacerlo deberá presentarse ante el personal de Correos el Documento Nacional de Identidad para que este realice la comprobación de la firma. En ningún caso, según el Régimen Electoral General, se aceptará una documentación no oficial (fotos, fotocopias, etc.).

Una vez enviada la solicitud, los votantes reciben en su casa un sobre con la documentación necesaria para votar que deberá ser entregada en persona. En caso de no estar en casa, el votante deberá ir a Correos a recoger el sobre.

Desde ese momento, todos aquellos que deseen votar tienen como plazo máximo hasta el 28 de noviembre para enviar por correo certificado desde Correos (sin coste, ya que este sobre no necesita franqueo), el sobre con la papeleta escogida dentro.

Votar desde el extranjero

Para votar en las elecciones del 2 de diciembre desde el extranjero se debe estar listado en el Censo de Electores Residentes Ausentes (CERA) a fecha del 1 de agosto de 2018, momento en el que por ley se cerró el censo electoral para los comicios en Andalucía del próximo mes y haber solicitado el voto antes del 3 de noviembre.

Desde ese momento, y una vez recibida la documentación necesaria, los plazos para votar desde fuera de España son los siguientes:

  • Voto por correo: el sobre con el voto deberá ser enviado a la Oficina o Sección Consular en la que se esté inscrito no más tarde del 27 de noviembre.
  • Voto en urna: se puede depositar el sobre de manera personal en las urnas colocadas en la Oficina Consular de carrera en la que se esté inscrito (en horario de apertura) desde el día 28 de noviembre hasta las 20:00 horas del 2 de diciembre.

Vivo en el extranjero, pero estoy en España

Todos aquellos residentes en el extranjero (registrados en el CERA) que se encuentren en España durante los comicios, deberán, como los residentes fuera de Andalucía, solicitar el voto por correo en la oficina de Correos no más tarde del 22 de noviembre.

Una vez recibida la documentación en una dirección española, también tendrán hasta el 28 de noviembre (fecha incluida) para enviar su voto también en una oficina de Correos.

Desde alta mar

Podrán solicitar el voto desde alta mar aquellas personas que formen parte del personal de los buques de la Armada, la marina mercante o la flota pesquera de altura abanderados en España y que permanezcan embarcados desde la convocatoria de las elecciones hasta su celebración y que, durante ese periodo, desembarque en puertos de territorio nacional previamente conocidos.

El procedimiento para solicitar el voto será el siguiente: solicitar a través de correo electrónico, fax o del Servicio de Radiotelegrafía, a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral donde el interesado esté inscrito el certificado de inscripción del censo aportando el nombre y los apellidos del solicitando, el DNI o número de tarjeta de extranjero, la fecha de nacimiento, la provincia y municipio de nacimiento, el municipio de residencia, la calle y el número, el buque en el que se está embarcado, el puerto o los puertos en los que se tocará tierra dentro de estos plazos y, en caso de que se pueda recibir la documentación por medio de otro buque, se indicará de cuál se trata. Para hacerlo tendrán hasta el 22 de noviembre.

Una vez recibida la documentación, la Delegación Provincial de la Oficina del Censo electoral remitirá el sobre con las papeletas al puerto o armador que se haya indicado para que se proceda a su entrega, y cuando esta ya esté en manos del votante, deberá remitirse el voto por correo certificado desde cualquiera de los puertos en los que el buque atraque con fecha límite en el 28 de noviembre.

La campaña electoral de las elecciones que Andalucía celebrará el próximo 2 de diciembre para conformar un nuevo Parlamento arrancó el pasado 17 de noviembre. Los partidos aprovechan desde entonces sus últimas oportunidades para convencer a los votantes de distinta índole de que son la mejor opción para gobernar la autonomía y para los votantes arranca un tiempo para reflexionar y decidir cuál de todos les convence más.

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