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Recurso contra el doble rasero en la lista Falciani: la prescripción, rumbo al TC
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INCIDENTE DE NULIDAD

Recurso contra el doble rasero en la lista Falciani: la prescripción, rumbo al TC

La prescripción de la segunda lista Falciani enfrenta a dos tribunales por un día. La defensa de un asesor fiscal lo lleva al Constitucional. Hay decenas de millones en juego para Hacienda

Foto: Hervé Falciani. (Reuters)
Hervé Falciani. (Reuters)

La prescripción de la segunda lista Falciani, una numerosa serie de denuncias por delito fiscal que Anticorrupción llevó a la Audiencia Nacional en julio de 2013, sigue enredándose. La Audiencia de Madrid declaró que una de ellas estaba prescrita por un solo día, lo que dio alas al resto de evasores para lograr el archivo. Pero la de Cantabria ha fallado en otro caso que lo ve de otra forma y sigue adelante con la acusación contra un asesor fiscal que tenía cuenta en Suiza oculta al fisco español. José Antonio Choclán, abogado de este último, ha presentado un incidente de nulidad de actuaciones contra esta resolución. Es el paso previo para llegar al Tribunal Constitucional y que acabe con el doble rasero en la segunda lista Falciani.

Decenas de millones de euros de dinero para la Agencia Tributaria penden de un día. En 2013, después de que España denegara su extradición a Suiza, el informático suizo Hervé Falciani entregó a Anticorrupción nuevos datos de titulares de cuentas en el HSBC ocultas a Hacienda. Tres años antes ya había llegado de Francia una remesa que acabó con 265 millones recaudados en regularizaciones voluntarias y unas 40 denuncias en vía penal a los que no pagaron.

Con esta segunda tanda, Anticorrupción y la Audiencia Nacional empezaron a investigar en secreto a los bancos que facilitaban el blanqueo -cosa que no habían hecho dos años antes al considerar que no había jurisdicción-. Como salieron nombres de evasores los mandaron hace un años a juzgados ordinarios para que los investigaran por delito fiscal. Inmediatamente hubo quien avisó de que podía haber un problema con la prescripción. Anticorrupción presentó la denuncia el 28 de junio de 2013, un viernes, y la Audiencia Nacional abrió diligencias el 1 de julio de 2013, el lunes. El problema es que el ejercicio fiscal 2007 -el delito se comete el 30 de junio de 2008, que es cuando hay que hacer la declaración de la renta- podía estar prescrito por un día ya que los delitos fiscales no se pueden perseguir después de cinco años.

Foto: Hervé Falciani, el ex empleado del banco HSBC que filtró los datos de 130.000 cuentas bancarias. (EFE)

En la fiscalía consideraban que no había problema porque en 2010 se reformó la ley para evitar esos archivos y desde entonces cuando la fiscalía interpone una denuncia la prescripción se interrumpe durante seis meses. El primer caso fue el de Carlos Ortega, CEO de Pepe Jeans y ya denunciado en la primera lista. El pasado 29 de marzo, la Audiencia de Madrid consideró que en efecto la acusación estaba prescrita por un día. Señalaba que la reforma legal de 2010 no se podía aplicar porque sería utilizar retroactivamente una norma penal que perjudica al acusado, algo que contraviene un principio fundamental del derecho. La resolución, adelantada por El Confidencial, sembró el desánimo en Hacienda y el enfado en la fiscalía. Con ese criterio, no había nada que hacer y decenas de evasores se libraban.

Días después, sin embargo, la Audiencia de Cantabria lo interpretó de forma distinta en el caso de Rafael Millán Sanz-Lomana, un asesor fiscal, y su madre. La Audiencia de Cantabria consideró que la fecha de la prescripción no era un tema penal sino procesal y que por lo tanto se aplicaba la reforma legal de 2010, la vigente cuando se puso la denuncia. Y ordenó seguir adelante con la acusación.

La defensa sostiene que se utiliza retroactivamente una norma penal que perjudica al acusad

José Antonio Choclán, abogado de Millán Sanz-Lomana, ha presentado un incidente de nulidad ante la misma. Fuentes jurídicas explican que un recurso ante los mismos jueces que decidieron que no estaba prescrito tiene pocas opciones, pero es el paso previo para ir al Tribunal Constitucional, que en ocasiones ha sostenido otro criterio. Choclán presenta ese "incidente de nulidad de actuaciones, previo al amparo constitucional, por vulneración del derecho constitucional a la legalidad penal, por vulneración del derecho a la seguridad jurídica, a la libertad personal, y a un proceso con todas las garantías". Según la defensa "es un hecho inequívoco que, aplicando la ley vigente al tiempo de los hechos, el delito se encontraba notoriamente prescrito porque el 1 de julio de 2013 había transcurrido por completo el plazo de cinco años". Según el escrito, la decisión de considerar vivo el delito fiscal se basa únicamente en aplicar la reforma legal de 2010, "que no se encontraba vidente al tiempo de los hechos, y cuya aplicación supone un notorio caso de aplicación retroactiva contra reo de una norma penal desfavorable".

La prescripción de la segunda lista Falciani, una numerosa serie de denuncias por delito fiscal que Anticorrupción llevó a la Audiencia Nacional en julio de 2013, sigue enredándose. La Audiencia de Madrid declaró que una de ellas estaba prescrita por un solo día, lo que dio alas al resto de evasores para lograr el archivo. Pero la de Cantabria ha fallado en otro caso que lo ve de otra forma y sigue adelante con la acusación contra un asesor fiscal que tenía cuenta en Suiza oculta al fisco español. José Antonio Choclán, abogado de este último, ha presentado un incidente de nulidad de actuaciones contra esta resolución. Es el paso previo para llegar al Tribunal Constitucional y que acabe con el doble rasero en la segunda lista Falciani.

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