Confirmado por Hacienda: estas son las personas con seguro de hogar que podrán deducirse más de 1.000 € en la Renta
La campaña de la Renta trae este año consigo una ventaja fiscal poco conocida que puede suponer un importante alivio para determinados propietarios con hipoteca en vigor
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La Agencia Tributaria lo ha dejado claro de cara a la próxima campaña del IRPF: algunos propietarios con seguro de hogar vinculado a su hipoteca podrán aplicarse una deducción que supera los 1.000 euros en la declaración de la Renta. Eso sí, no es una ventaja generalizada. Solo podrán beneficiarse quienes cumplan una serie de requisitos muy concretos relacionados con la fecha de compra de la vivienda y la vigencia del préstamo hipotecario.
El calendario ya está marcado en rojo. La campaña para presentar la Renta correspondiente al ejercicio fiscal de 2025 arrancará el 8 de abril. A partir de ese momento, deberán rendir cuentas con Hacienda quienes hayan obtenido rendimientos íntegros del trabajo iguales o superiores a 22.000 euros anuales. También estarán obligados aquellos contribuyentes que hayan ingresado desde 15.876 euros si han tenido más de un pagador a lo largo del año.
En este contexto, las deducciones vuelven a cobrar protagonismo. Y una de las más interesantes es la relacionada con la inversión en vivienda habitual, dentro de la cual se encuentra el seguro de hogar cuando está ligado a la hipoteca. Esta posibilidad no es nueva, pero sigue vigente para un grupo muy concreto de contribuyentes que compraron su casa antes de que cambiara la normativa.
La clave está en la fecha de adquisición del inmueble. Solo quienes compraron su vivienda habitual antes de enero de 2013 pueden aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual, una ventaja fiscal que fue suprimida para compras posteriores, aunque se mantiene para quienes ya la disfrutaban con anterioridad.
Además, es imprescindible que el préstamo hipotecario continúe activo y que el seguro de hogar esté vinculado a ese préstamo. En la práctica, esto suele ocurrir cuando el banco exige contratar un seguro como condición para conceder la hipoteca. Otro detalle importante es que el seguro debe haberse suscrito con la misma entidad financiera desde el inicio del crédito o, al menos, estar directamente asociado a él.
Si se cumplen estas condiciones, el contribuyente podrá incluir dentro de la base de deducción no solo las cuotas de la hipoteca (capital e intereses), sino también la parte del seguro de hogar que esté vinculada al préstamo.
La normativa fija una base máxima de deducción por inversión en vivienda habitual de 9.040 euros anuales. Sobre esa cantidad se aplica un porcentaje del 15%. Es decir, la deducción máxima que puede obtenerse asciende a 1.356 euros al año.
Eso no significa que el seguro de hogar, por sí solo, permita alcanzar esa cifra. En realidad, el seguro se suma al resto de cantidades pagadas por la hipoteca hasta completar el límite. Si entre cuotas del préstamo y seguro vinculado se llega a esos 9.040 euros, el contribuyente podrá aplicar la deducción íntegra.
Conviene tener en cuenta que no todo el importe del seguro es deducible. Hacienda solo permite desgravar la parte correspondiente a la cobertura exigida por la entidad financiera para garantizar el valor del inmueble frente a determinados riesgos, como incendios o daños estructurales graves. Las coberturas adicionales —por ejemplo, asistencia en el hogar, daños estéticos o protección jurídica— quedan fuera del cálculo.
Para evitar errores, es recomendable revisar el certificado anual que facilita el banco, donde suelen detallarse las cantidades abonadas por la hipoteca y los seguros vinculados. También es importante comprobar que la vivienda sigue teniendo la consideración de habitual, es decir, que constituye la residencia principal del contribuyente.
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