Confirmado por Hacienda: estos son los cambios más importantes que podrían afectarte en la próxima declaración de la Renta 2024-2025
El periodo para presentar la renta comenzará el 2 de abril de 2025 y finalizará el 30 de junio
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La declaración de la renta es una de las obligaciones fiscales más relevantes para los contribuyentes en España. Cada año, miles de ciudadanos deben presentar su Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y, con ello, ajustar cuentas con Hacienda. Sin embargo, la normativa no es estática, y en la campaña de 2025 entrarán en vigor varios cambios que pueden influir en el resultado de la declaración.
El periodo para presentar la renta comenzará el 2 de abril de 2025 y finalizará el 30 de junio, según el calendario publicado por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Entre las novedades más destacadas se encuentran modificaciones en la tributación de los desempleados, nuevas reducciones para quienes tienen dos pagadores, así como cambios en las deducciones por donaciones y en la fiscalidad de los alquileres.
Los cambios en 2025
Una de las modificaciones más relevantes afecta a la reducción por rendimientos del trabajo, que beneficia especialmente a los contribuyentes con ingresos más bajos. A partir de esta declaración, el umbral pasa de 6.498 euros a 7.302 euros, lo que significa que aquellos con sueldos más modestos pagarán menos impuestos. Además, los trabajadores con más de un pagador tendrán un nuevo límite de ingresos para estar exentos de declarar, que sube a 15.876 euros. Para quienes solo han tenido un pagador, el umbral se mantiene en 22.000 euros.
Otra novedad importante es la obligación de presentar la declaración para todos aquellos que hayan cobrado prestaciones por desempleo. A partir de la declaración de 2025, quienes hayan recibido el paro en 2024 deberán presentar la renta sin importar el importe percibido. Este cambio se basa en el Real Decreto-ley 2/2024, y no cumplir con esta obligación podría implicar la pérdida de la prestación, según establece la Ley de Seguridad Social.
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En el ámbito de las deducciones, las donaciones a ONGs y entidades sin ánimo de lucro contarán con mayores beneficios fiscales. La deducción por los primeros 250 euros donados aumenta del 75% al 80%, mientras que para cantidades superiores, el porcentaje pasa del 35% al 40%, pudiendo llegar hasta el 45% si la donación se ha mantenido durante varios años consecutivos.
Asimismo, se han establecido nuevas condiciones en la fiscalidad de los alquileres, dependiendo de la fecha de firma del contrato. Para los acuerdos firmados antes del 26 de mayo de 2023, se mantiene la reducción del 60% sobre los ingresos netos obtenidos. Sin embargo, para los contratos firmados a partir del 1 de enero de 2024, la reducción varía en función de ciertos criterios.
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Si el alquiler se ha firmado en una zona de mercado residencial tensionado y el propietario ha reducido el precio en más de un 5% respecto al contrato anterior, podrá aplicar una reducción del 90%. En el caso de viviendas alquiladas por primera vez en zonas tensionadas a inquilinos de entre 18 y 35 años, o cedidas a la Administración Pública para alquiler social, la reducción será del 70%. Si la vivienda ha sido rehabilitada en los dos años anteriores a la firma del contrato, se podrá aplicar una reducción del 60%, mientras que en el resto de situaciones la reducción será del 50%.
Por otro lado, este será el último año para beneficiarse de la deducción de hasta un 60% por obras de eficiencia energética en viviendas, así como la deducción del 15% para la compra de vehículos eléctricos y la instalación de puntos de recarga.
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