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El ABC de la declaración de la renta 2022-2023: qué significa arrendatario, usufructuario o contribuyente
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DECLARACIÓN RENTA 2022-2023

El ABC de la declaración de la renta 2022-2023: qué significa arrendatario, usufructuario o contribuyente

Este glosario servirá a todos los contribuyentes que no acaban de entender la farragosa terminología de las palabras relacionados con el proceso de la declaración de la renta

Foto: El ABC de la declaración de la renta 2022-2023: qué significa arrendatario, usufructuario o contribuyente. (EFE)
El ABC de la declaración de la renta 2022-2023: qué significa arrendatario, usufructuario o contribuyente. (EFE)

El pasado 11 de abril dio comienzo la campaña de la Renta 2022-2023 para los contribuyentes que van a realizar este trámite a través de internet. Un poco más tienen que esperar aquellos que quieran confeccionar la declaración de la Renta por teléfono o presencialmente en las oficinas de la Agencia Tributaria. Pero independientemente de la opción que elijas, debe entregarse antes del 30 de junio.

Son varios meses con los que cuentas para su presentación, pero es importante que revises el documento, aunque se trate del borrador que prepara Hacienda, para no cometer fallos, aunque si esto ocurre siempre está la posibilidad de modificar la declaración una vez entregada. En cualquier caso, para evitar errores y confusión también es esencial que conozcas la terminología básica que utiliza Hacienda. Y es que es habitual que te pierdas entre tanto concepto económico, sobre todo si es la primera vez que la vas a realizar.

Para ello, en El Confidencial hemos elaborado un diccionario por orden alfabético con las palabras clave que podrás consultar durante todo el procedimiento y que también te podrán servir para otros trámites con el organismo.

A: Agencia Tributaria

Es una entidad de derecho público adscrita al Ministerio de Economía y Hacienda y, como tal, cuenta con un régimen jurídico propio distinto al de la Administración General del Estado que, sin menoscabo de los principios esenciales que deben presidir toda actuación administrativa, le confiere cierta autonomía en materia presupuestaria y de gestión de personal. Se constituyó de manera efectiva el 1 de enero de 1992 y tiene encomendada la aplicación efectiva del sistema tributario estatal y del aduanero, así como de aquellos recursos de otras Administraciones Públicas nacionales o de la Unión Europea cuya gestión se le encomiende por ley o por convenio.

placeholder Fachada de la Agencia Tributaria. (Archivo)
Fachada de la Agencia Tributaria. (Archivo)

A: 'app' para presentar la declaración

Hace ya varios años que la Agencia Tributaria habilitó la opción de presentar la declaración de la Renta de forma telemática. Esta opción te permite hacer desde casa todo el papeleo sin necesidad de acudir presencialmente. Desde 2018 está activa la aplicación para que cualquier contribuyente realice este trámite desde un dispositivo electrónico. A través de la app podrás rendir cuentas con Hacienda sobre tus ingresos del año anterior desde el 11 de abril. La aplicación es totalmente gratuita y la puedes descargar tanto en un dispositivo Android como en iOs. Aunque para otros trámites no será necesario identificarte, para la autoliquidación del IRPF es imprescindible que accedes a través del sistema Cl@ve o con tu número de referencia.

A: alquiler turístico de un inmueble

Los propietarios de una vivienda o local deben declarar en la renta cualquier beneficio obtenido con estos inmuebles. Esto también incluye a las viviendas turísticas. Los arrendadores que no hayan conseguido alquilar estas casas también tienen que cumplir con esta obligación fiscal. El Tribunal Supremo dictaminó en una sentencia que estos propietarios están obligados a imputar rentas en su IRPF, independientemente de que se hayan alquilado o no. Además, no cuentan con la posibilidad de deducir gastos de la declaración de la renta mientras no aparezcan unos arrendatarios que paguen por su ocupación.

A: arrendatario

Es la persona que utiliza un bien o recibe un servicio que adquiere a cambio de pagar un precio que se refleja en un contrato. Comúnmente se emplea la palabra inquilino para referirse al arrendatario. Por tanto, en el momento que firmes este contrato de arrendamiento y abones la cantidad acordada por la vivienda o local, pasas a ser el arrendatario. Y quien ofrece ese bien es el arrendador, aunque habitualmente se utiliza el término casero para referirse a él.

B: base imponible y base liquidable

La base imponible hace referencia a los ingresos que recibes de tus rentas y sobre esta cantidad se aplica la tasa impositiva correspondiente para calcular cuánto debes pagar en el impuesto. Concretamente, en la declaración de la Renta hace alusión a los rendimientos del trabajo, es decir, tu salario. Esta base se divide en dos partes, la general y la del ahorro. Por su parte, la base liquidable es el resultado de restar en la base imponible todas las reducciones y deducciones establecidas en la ley tributaria y sobre ella se aplica el tipo de gravamen que hay que aplicar.

B: blanqueo de capitales

Actividad ilegal consistente en tratar de convertir en dinero legal, los beneficios de actividades delictivas o irregulares, a través de compras, inversiones, operaciones financieras, que introduzcan tales beneficios en la economía legalizada.

B: borrador

Se trata de una propuesta inicial que confecciona la propia Agencia Tributaria con los datos personales, familiares y económicos del contribuyente, junto con los datos fiscales. Una vez que el contribuyente dispone de este documento, debe revisar que los datos son correctos y están completos, y una vez que se compruebe que todo está bien se puede presentar o confirmar. Si, por lo contrario, hay algún error o dato incompleto, el contribuyente puede modificarlo, ya sea por internet o por teléfono. Los cálculos y los datos fiscales se elaboran con información de la que dispone la AEAT en el momento en que emite la carta de identificación. Algunos de los datos que el contribuyente debe aportar son el nacimiento de hijos en el ejercicio fiscal o el abono de cuotas sindicales durante el periodo a declarar.

C: cita previa

Aunque la digitalización del proceso se puede realizar de manera telemática, el contribuyente que necesite la ayuda de la Agencia Tributaria para la confección de la declaración debe solicitar una cita previa, independientemente de que se vaya a hacer de manera presencial o telefónica. Eso sí, los plazos para solicitar una cita son concretos y no coinciden con el calendario global de la declaración de la renta, por lo que hay que consultarlos antes de lanzarse a pedir cita. a cita, en este caso, se puede solicitar a través de la página web (con DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia), a través de la 'app' o a través de los teléfonos de atención al cliente (901223344 y 915530071) de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 horas.

C: Cl@ve PIN

El sistema Cl@ve tiene la finalidad de simplificar el acceso electrónico a los servicios públicos, ya que con este código PIN el ciudadano puede identificarse ante la Administración pública sin tener que recordar diferentes contraseñas para los distintos servicios. Para obtener este código, es necesario registrarse, algo que se puede hacer por tres vías: por internet sin certificado electrónico, por internet con certificado electrónico, DNI electrónico o de manera presencial. Su validez es temporal, por lo que hace que sea una manera segura de acceder a los sistemas.

C: contribuyente

Persona física o jurídica (una persona jurídica es una empresa o similar), que contribuye al sostenimiento de los gastos públicos mediante las aportaciones en dinero que entrega a la Hacienda Pública (impuestos, principalmente) con arreglo a su capacidad económica (renta, patrimonio, adquisiciones, etcétera) y en la cuantía prevista en la ley.

placeholder Contribuyentes realizando su declaración de la renta (EFE/Luca Piergiovanni)
Contribuyentes realizando su declaración de la renta (EFE/Luca Piergiovanni)

D: declaración conjunta

Cuando una pareja formaliza su unión (ya sea porque se han casado, han tenido un hijo juntos sin estar casados o están divorciados y tienen hijos en común) da lugar a la unidad familiar, por lo que surge la duda de si merece la pena realizar la declaración de la renta de manera conjunta o, al contrario, tal y como la venían haciendo realizarlo de manera individual, eso depende de las circunstancias de cada pareja y de si se cumplen o no los requisitos para optar a ambos modelos.

D: deducciones

Son las cantidades que minoran la cuota a pagar por un impuesto haciendo que la declaración de la renta sea más favorable. Estas se restan de la cantidad resultante tras haber aplicado la escala y tipos de gravamen y son las establecidas por la Ley en supuestos como tener un hijo o la compra de la vivienda habitual.

E: ejercicio fiscal

El ejercicio fiscal, año fiscal o periodo impositivo coincide con el año natural, es decir, va desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre, en el que un trabajador o una empresa cuadra las cuentas de las actividades financieras y contables, y sirve de base para el posterior pago de impuestos que se hará acorde al calendario fiscal fijado por la Agencia Tributaria.

E: evasión fiscal

Es un comportamiento análogo al fraude fiscal, pero es una distinción meramente semántica. Técnicamente, la evasión es sinónimo de fraude. Socialmente, la evasión parece tener un significado menos fuerte. Sin embargo, en el vocabulario hacendístico tradicional, la evasión es más amplia que el fraude: incluye tanto el fraude tributario, como el contrabando aduanero, o la salida de divisas del país, etc. Este término engloba todo comportamiento ilegal que comporta un daño al Tesoro Público, sea o no relativo a los impuestos.

I: ingreso mínimo vital

Aprobado a mediados de 2020, se trata de una ayuda aprobada por el Gobierno para tratar de suavizar las consecuencias de la crisis económica agravada por la pandemia. Todos los beneficiarios de esta ayuda están obligados a incluirla, independientemente de la cuantía de sus ingresos.

I: IRPF

Son las siglas de Impuesto a la Renta de las Personas Físicas, lo que generalmente llamamos “Renta”. Es un impuesto directo que se aplica sobre la obtención de la renta como manifestación inmediata de la capacidad económica de los ciudadanos, atendiendo a los principios de igualdad, generalidad y progresividad y de acuerdo con las circunstancias personales y familiares de las personas.

placeholder Calcular el IRPF (iStock)
Calcular el IRPF (iStock)

N: número de referencia

Tanto para confeccionar el borrador como para consultar los datos de los que dispone la AEAT, siempre hay que contar con alguna de las vías de autenticación que existen, ya sea el DNI electrónico o certificado, la Cl@ve PIN o el número de referencia en el servicio RENØ, que se obtiene online aportando el importe de la casilla 505, la que hace referencia a la base liquidable general sometida a gravamen, recogida en la declaración que conserva el contribuyente o en el documento de ingreso o devolución del año anterior a declarar. También se puede obtener en la página web de la AEAT.

R: reducciones fiscales

Las reducciones fiscales afectan a la base imponible y, en general, están relacionadas con los gastos asociados a la obtención de ingresos, como pueden ser los planes de pensiones. A diferencia de las deducciones, las reducciones afectan a la base imponible sobre la que se calcula la cuota resultante del IRPF.

R: renta

Es el objeto del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Se entiende que está constituida por la totalidad de los rendimientos (del trabajo, de actividades económicas y del capital), ganancias y pérdidas patrimoniales.

R: resultado negativo de la renta (a devolver)

Si el resultado de la declaración es negativo significa que Hacienda es quien debe devolver al contribuyente la cantidad que resulte a su favor. Esta devolución simplemente es la cantidad que el contribuyente ha pagado de más durante el ejercicio anterior.

placeholder La declaración negativa supone la devolución de dinero al contribuyente (iStock)
La declaración negativa supone la devolución de dinero al contribuyente (iStock)

R: resultado positivo de la renta (a pagar)

Si el resultado es positivo en una declaración de la renta esto acabará siendo negativo en cuanto a su consecuencia directa en el bolsillo. En este caso es el contribuyente el que tiene que abonar a Hacienda la cantidad establecida en el borrador que finalmente se confirma.

S: sistema RENØ

Se trata de un servicio a través del cual la Agencia Tributaria facilita el número de referencia, necesario para poder tramitar el borrador o declaración, u obtener los datos fiscales del contribuyente, en vez de tener que esperar a que le sean enviados por correo postal.

T: tramos del IRPF

Se denominan así los límites de ingresos que determinan la escala general y autonómica aplicable. Los tramos para el ejercicio 2022, que se presenta en la Campaña de la Renta vigente son:

  • Primer tramo: Con ingresos de 0 euros hasta 12.450 euros, la retención es del 19%.
  • Segundo tramo: Entre 12.450 euros hasta 20.200 euros, se retiene el 24%.
  • Tercer tramo: De 20.200 euros y 35.200 euros, el contribuyente pagará el 30% de IRPF.
  • Cuarto tramo: Entre 35.200 euros a 60.000 euros, se retiene el 37%.
  • Quinto tramo: A partir de 60.000, la retención es del 45%.
  • Sexto tramo: Las rentas de más de 300.000 euros tributan el 47% de IRPF.

U: usufructuario

Es aquella persona que disfruta de un bien mueble o inmueble, aunque no tiene potestad para transmitirlo al no constar propiedad sobre el mismo. La obligación fiscal no recae sobre el nudo propietario y deberá ser el usufructuario el que tenga que indicarlo al hacer la declaración de la renta.

W: renta WEB

Renta WEB es el servicio de ayuda para tramitar la declaración de la renta: sirve para todos los contribuyentes, incluidos los que tengan rendimientos de actividades económicas, se puede acceder desde cualquier dispositivo y permite comenzar la declaración en uno y terminarla en otro. Desde este sistema se pueden comparar las modalidades de declaración, para saber cuál es más ventajosa para el contribuyente, y su objetivo es simplificar la gestión de la declaración en tres pasos: identificación y aceptación de los datos personales, acceso al cuadro resumen de la declaración y su posterior presentación. Para acceder hay que entrar con un certificado o DNI electrónico, con Cl@ve PIN o con el número de referencia.

El pasado 11 de abril dio comienzo la campaña de la Renta 2022-2023 para los contribuyentes que van a realizar este trámite a través de internet. Un poco más tienen que esperar aquellos que quieran confeccionar la declaración de la Renta por teléfono o presencialmente en las oficinas de la Agencia Tributaria. Pero independientemente de la opción que elijas, debe entregarse antes del 30 de junio.

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