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Cómo pedir cita previa para hacer la declaración de la renta 2021-2022 presencial
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Cómo pedir cita previa para hacer la declaración de la renta 2021-2022 presencial

Para hacer la declaración de la renta 2021-2022 por teléfono hay tres vías para hacerlo, tal y como explica la Agencia Tributaria

Foto: Fachada de una oficina de la Agencia Tributaria. (Archivo)
Fachada de una oficina de la Agencia Tributaria. (Archivo)

La campaña de la declaración de la renta 2021-2022 ya está en marcha desde el pasado 6 de abril, momento en el que se abrió el plazo para presentar la autoliquidación del IRPF de forma 'online', a través de internet. Una campaña marcada por las novedades de declarar las inversiones de criptomonedas o el aumento del IRPF para las rentas altas. Aquellos que aún no han determinado si les sale a pagar o devolver, tendrán varios meses para ejecutar el trámite fiscal, ya que la campaña finaliza 30 de junio. Cabe recordar que millones de españoles están obligados a presentar ante Hacienda y de acuerdo con la normativa fiscal, esta cifra de personas involucra a aquellos contribuyentes que cuentan con rentas superiores a 22.000 euros anuales. Por tanto, aquellos con ingresos de menor cuantía no están obligados legalmente a hacer la declaración de la renta aunque sí que podrán hacerlo de manera voluntaria.

Como parte del servicio de ayuda de la Agencia Tributaria, el organismo abre sus oficinas y líneas telefónicas desde el 3 de mayo hasta el 30 de junio para proceder a hacer la declaración. No obstante, para disfrutar de estas prestaciones, es imprescindible pedir una cita previa y una vez solicitada, desde la institución fija un día y hora concretos para llevar a cabo el trámite

Pedir cita presencial y por teléfono

Desde la Agencia Tributaria informan que para realizar la declaración de renta 2021 mediante llamada telefónica con el sistema 'Plan Le Llamamos' habrá que concertar cita desde el 3 de mayo al 29 de junio y existen tres vías por las que se podrá solicitar la cita por teléfono:

  • Internet: se puede solicitar la cita en la página web con el NIF/NIE o DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o referencia
  • App Agencia Tributaria
  • Teléfono automático: se puede pedir llamando al 91 535 73 26 o el 901 12 12 24.
  • Teléfono de cita previa para Renta con atención personal: para concertar la cita habrá que llamar al número 91 553 00 71 o el 901 22 33 44. Este servicio está disponible de lunes a viernes, de 9 a 19 horas.

En el caso de solicitar una cita para confeccionar el borrador en persona en una oficina de la Agencia Tributaria, el plazo para pedir cita previa arrancó el jueves, 26 de mayo, y cierra el 29 de junio y se realiza por las mismas vías, exceptuando el teléfono automático. En el caso de no poder acudir a la cita tanto presencial o telefónica, también se puede anular la cita y se podrá realizar la cancelación por cualquiera de los canales citados anteriormente.

¿Qué documentos hay que llevar?

Para quienes acudan personalmente a las oficinas de la Agencia Tributaria deben saber que es necesario llevar consigo determinados documentos, como el DNI original del titular que acude a la cita y fotocopia del DNI de todos los que figuren en la declaración; el número IBAN de la cuenta bancaria; las referencias catastrales de todos los inmuebles de tu propiedad o en los que vivas de alquiler o en otras circunstancias o la autorización firmada por otros declarantes y su fotocopia del DNI.

Aunque la información que se tiene que presentar ante el personal de la oficina varía según las circunstancias de cada contribuyente, este sería el material necesario, además de los ya mencionados en algunos casos en los que sea necesario:

  • Si se ha percibido el tipo de renta o rentas durante el año 2021 y no aparecen imputados en los datos fiscales, como cuotas de sindicatos, ingresos por alquileres de pisos; por ventas de acciones, inmuebles u otros bienes, fondos de inversión, premios, subvenciones etc.:
  • Cualquier justificante que pudiera dar derecho a deducciones autonómicas u otro beneficio fiscal. Así:

​→ Si vive en un inmueble alquilado necesita el NIF del arrendador y cantidades pagadas por el alquiler.
→ Por adquisición de vivienda habitual con ampliación del préstamo: saldos pendientes de amortizar del préstamo original.
→ Con hipoteca: recibos de los seguros.
→ Por donativos: los justificantes, etc.

La campaña de la declaración de la renta 2021-2022 ya está en marcha desde el pasado 6 de abril, momento en el que se abrió el plazo para presentar la autoliquidación del IRPF de forma 'online', a través de internet. Una campaña marcada por las novedades de declarar las inversiones de criptomonedas o el aumento del IRPF para las rentas altas. Aquellos que aún no han determinado si les sale a pagar o devolver, tendrán varios meses para ejecutar el trámite fiscal, ya que la campaña finaliza 30 de junio. Cabe recordar que millones de españoles están obligados a presentar ante Hacienda y de acuerdo con la normativa fiscal, esta cifra de personas involucra a aquellos contribuyentes que cuentan con rentas superiores a 22.000 euros anuales. Por tanto, aquellos con ingresos de menor cuantía no están obligados legalmente a hacer la declaración de la renta aunque sí que podrán hacerlo de manera voluntaria.

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