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El contrato de alquiler no está a tu nombre: ¿Se puede desgravar sin ser titular?
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A nivel estatal debes ser titular

El contrato de alquiler no está a tu nombre: ¿Se puede desgravar sin ser titular?

La campaña de la renta comenzó el 7 de abril a través de la página web de la Agencia Tibutaria y la app de la AEAT y ya son numerosos españoles los que han modificado y presentado el borrador de forma telemática.

Foto: Desde el 7 de abril se puede presentar la declaración de la renta en la app y el portal web Renta (iStock)
Desde el 7 de abril se puede presentar la declaración de la renta en la app y el portal web Renta (iStock)

Muchos contribuyentes a los que los toca hacer la declaración de la renta viven de alquiler y debido a que existen distintos tipos de desgravaciones relacionados con el alquiler, unas de carácter estatal y otras de deducciones regionales surgen muchas preguntas relacionadas con quién tiene derecho a estos descuentos y cuáles son los requisitos. La campaña de la renta comenzó el 7 de abril a través de la página web de la Agencia Tibutaria y la app de la AEAT y ya son numerosos españoles los que han modificado y presentado el borrador de forma telemática.

Este año fiscal está marcado por númerosas novedades fiscales, debido a la introducción de ayudas como el ingreso mínimo vital o los ERTEs y estas novedades han generado una confusión añadida. Sin embargo, las desgravaciones por alquiler son elementos de la declaración veteranos. Aún así, muchos suelen olvidarse de estas deducciones y crean mucha confusión debido a que las deducciones por alquiler que corresponden a las comunidades autónomas varían de una región a otra, entre ellas, si uno puede acogerse a estas deducciones sin tener un contrato de alquiler.

Nivel estatal: debes ser titular

A nivel estatal, uno de los requisitos clave es aportar un contrato de alquiler anteriores al 1 de enero de 2015 para disfrutar de una deducción por vivienda habitual, por lo tanto en este caso si que sería necesario presentar el contrato. Cabe destacar que esta desgravación se corresponde al 10,05% de las cantidades aportadas en concepto de alquiler y solo podrán acceder a ella los contribuyentes que tengan una base imponible sea inferior a 24.020 euros. La base máxima de deducción, además, es de 9.040 euros. Además puede parecer obvio pero sólo los inquilinos que figuren en el contrato podrán deducir el alquiler. Por ejemplo, si vives con tu pareja o con un amigo pero el contrato está a tu nombre, sólo la persona que aparezca en el contrato podrá desgravar por el alquiler en la renta.

Comunidades autónomas

En cambio, a nivel autonómico, los requisitos para acogerse a las desgravaciones por arrendamiento varían de una comunidad a otra y en varias comunidades autónomas solicitan explícitamente que se presente el contrato para justificar determinados requisitos establecidos. En el caso de la Comunidad Valencina, Argaón, Las Islas Baleares, Galicia, La Rioja o Navarra entre las distintas estipulaciones marcadas para acceder a sus desgravaciones de alquiler por vivienda habitual, se encuentra la obligación de presentar un contrato de alquiler. En algunos casos requieren contratos de una determinada duración y en otros solicitan que los contratos estén firmados con anterioridad o posterioridad a una determinada fecha, como es el caso de Galicia que regulan que la fecha del contrato de arrendamiento tiene que ser posterior al 1 de enero de 2003.

En el caso de Navarra ofrecen deducciones del 10%, con el límite de 300 euros, de las cantidades satisfechas por arrendamiento de vivienda habitual para contribuyentes menores de 36 años con determinadas variaciones dependiendo del municipio en el que este situado el inmueble. Sin embargo, en está región solicitan explicitamente que el contribuyente sea titular de un contrato de arrendamiento por el cual se haya presentado el correspondiente modelo del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.

Muchos contribuyentes a los que los toca hacer la declaración de la renta viven de alquiler y debido a que existen distintos tipos de desgravaciones relacionados con el alquiler, unas de carácter estatal y otras de deducciones regionales surgen muchas preguntas relacionadas con quién tiene derecho a estos descuentos y cuáles son los requisitos. La campaña de la renta comenzó el 7 de abril a través de la página web de la Agencia Tibutaria y la app de la AEAT y ya son numerosos españoles los que han modificado y presentado el borrador de forma telemática.

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