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El SEPE lo confirma: hasta 4 meses de paro por año cotizado, pero los días sobrantes no cuentan
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El SEPE lo confirma: hasta 4 meses de paro por año cotizado, pero los días sobrantes no cuentan

El cálculo de la prestación contributiva por desempleo en España tiene una regla clave que muchos trabajadores desconocen

Foto: La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz. (Gabriel Luengas / Europa Press)
La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz. (Gabriel Luengas / Europa Press)

El cálculo del paro en España tiene una regla clave que muchos trabajadores desconocen: puedes cobrar hasta 4 meses de prestación por cada año cotizado, pero los días que superan cada tramo no se acumulan. Así lo aclara el SEPE, que establece un sistema por bloques donde los excesos se pierden.

Acceder a la prestación contributiva por desempleo no depende únicamente de haber trabajado, sino del tiempo cotizado y de cómo encaja dentro de la escala oficial. Este sistema fija la duración del paro en función de tramos concretos de días cotizados. El mínimo exigido es de 360 días cotizados, que dan derecho a 120 días de prestación, es decir, cuatro meses. A partir de ahí, la duración aumenta progresivamente en función de los días acumulados.

Por ejemplo, entre 540 y 719 días cotizados corresponden 180 días de paro, mientras que entre 720 y 899 días se alcanzan 240 días. El máximo legal se sitúa en 720 días de prestación, equivalente a dos años, a partir de 2.160 días cotizados.

Uno de los aspectos más desconocidos del sistema es qué ocurre con los días que exceden un tramo. El SEPE lo explica de forma clara en su propia información: "Si has trabajado 420 días tienes derecho a cuatro meses de prestación, como si hubieras trabajado 360 días. Los días que sobran no se pueden guardar para otra prestación".

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Esto implica que los días adicionales dentro de un mismo bloque no generan más derecho ni se reservan para el futuro. Por tanto, un trabajador con 420 días cotizados recibirá la misma prestación que otro con 360. Lo mismo ocurre en el límite superior del tramo. Quien haya cotizado 539 días seguirá teniendo derecho a 120 días de paro, sin incremento por esos días adicionales.

La normativa que regula este derecho es la Ley General de la Seguridad Social, que establece que el cálculo se realiza sobre las cotizaciones acumuladas en los últimos seis años previos al desempleo. Esto significa que no se tiene en cuenta toda la vida laboral, sino únicamente ese periodo. Además, para acceder a la prestación es necesario que el cese en el trabajo sea involuntario, como un despido o la finalización de contrato.

El cálculo del paro en España tiene una regla clave que muchos trabajadores desconocen: puedes cobrar hasta 4 meses de prestación por cada año cotizado, pero los días que superan cada tramo no se acumulan. Así lo aclara el SEPE, que establece un sistema por bloques donde los excesos se pierden.

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