Bruselas lleva a España al TJUE por impedir a las pymes aplicar ciertas exenciones del IVA
El Ejecutivo comunitario pide a España que aplique una directiva para que las pymes españolas puedan vender sus productos sin IVA en aquellos países que tengan exención de este impuesto
La Comisión Europea ha llevado este miércoles a España al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por la no transposición de dos directivas relacionadas con el IVA, siendo el único Estado miembro que todavía no lo había hecho. La primera norma recoge la posibilidad de que las pequeñas y medianas empresas se acojan a exenciones del IVA, y la segunda tiene que ver con un régimen especial de bienes de segunda mano, obras de arte y antigüedades. El Ejecutivo comunitario solicita al alto tribunal europeo que establezca multas diarias en caso de que persista el incumplimiento.
El principal problema de la Comisión tiene que ver con la Directiva 2020/285 de modernización del régimen del IVA. El Ejecutivo comunitario recoge en su nota que España ha informado de que "no tiene intención de aplicar la exención del IVA para las pymes", y admite que "esta aplicación es opcional para los Estados miembros". Sin embargo, Bruselas señala que "se espera que España transponga las disposiciones que permiten a las pymes establecidas en España aplicar el régimen de exención en otros Estados miembros. Esto es necesario para que una pyme establecida en España pueda obtener la exención en otros lugares de la UE, ya que primero debe registrarse ante las autoridades españolas".
Hasta esta norma europea cada Estado miembro tenía, si así lo deseaba, un régimen de exención del IVA para este tipo de compañías. Lo que perseguía la norma europea era una armonización de estas reglas, y, también, que las pymes de un país pudieran beneficiarse de la exención del IVA cuando venden en otro Estado miembro incluso si no están establecidas en este. Y es aquí donde la Comisión pide a España que aplique la directiva: necesita que ponga en pie la infraestructura legal necesaria para que las empresas españolas puedan beneficiarse de esa exención del IVA cuando venden en un Estado miembro donde está recogida esa posibilidad.
Respecto al incumplimiento con la directiva de bienes de segunda mano, la Comisión señala que "la falta de transposición por parte de España conlleva el riesgo de doble imposición o de no imposición, ya que los otros 26 Estados miembros han transpuesto la Directiva y aplicarán normas diferentes". "La falta de transposición de las medidas relativas al régimen especial del IVA para los bienes de segunda mano, las obras de arte, los objetos de colección y las antigüedades también puede provocar distorsiones de la competencia", explica el Ejecutivo comunitario en una nota de prensa.
Los Estados miembros tenían hasta el 31 de diciembre de 2024 para transponer estas dos directivas. El 31 de enero de 2025, un mes después, se enviaron cartas de emplazamiento al Gobierno, solicitando su transposición y abriendo así el procedimiento de infracción, que es el mecanismo por el que la Comisión Europea busca que los Estados miembros cumplan con la legislación comunitaria. Ante la ausencia de cambios por parte de Madrid, Bruselas lanzó un dictamen motivado el 17 de julio de 2025. "Sin embargo, España aún no ha notificado la transposición de las dos Directivas al Derecho nacional. Es el único Estado miembro que no lo ha hecho", explica la Comisión Europea.
La Comisión Europea ha llevado este miércoles a España al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por la no transposición de dos directivas relacionadas con el IVA, siendo el único Estado miembro que todavía no lo había hecho. La primera norma recoge la posibilidad de que las pequeñas y medianas empresas se acojan a exenciones del IVA, y la segunda tiene que ver con un régimen especial de bienes de segunda mano, obras de arte y antigüedades. El Ejecutivo comunitario solicita al alto tribunal europeo que establezca multas diarias en caso de que persista el incumplimiento.