La Seguridad Social avisa a los trabajadores cuya baja dure más de un año: el trámite que deben hacer
El organismo público encargado de las prestaciones toma el control del expediente y exige al trabajador cumplir un paso clave para definir si podrá volver a su puesto o acceder a una pensión
Alargar una baja médica más allá de lo habitual no solo afecta a la salud del trabajador, también cambia de forma relevante su situación laboral y administrativa. La Seguridad Social ha vuelto a recordar qué ocurre cuando una incapacidad temporal supera el año y, sobre todo, qué pasos deben seguir los empleados cuando se acercan a los 18 meses de baja.
A partir de los 12 meses, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) asume un mayor control del proceso, aunque el punto clave llega al cumplir 545 días de baja médica, el límite máximo ordinario que marca la ley. En ese momento, el expediente deja de depender de la empresa y pasa íntegramente a manos del INSS.
Cuando se alcanza ese plazo, la empresa deja de cotizar por el trabajador, algo que suele generar inquietud al comprobar que ya no aparece como cotizante. Esto no significa que se pierda el empleo, ya que el contrato queda suspendido, no extinguido, a la espera de la decisión de la Seguridad Social.
Desde ese instante, el trabajador entra en una fase de evaluación médica y administrativa. El Tribunal Médico —o equipo de valoración de incapacidades— será el encargado de analizar la situación clínica y emitir un dictamen. Lo habitual es recibir una citación por escrito para acudir a esta revisión, aunque en algunos casos puede haber un periodo de espera.
El trámite clave: acudir al Tribunal Médico
El principal trámite que deben tener en cuenta los trabajadores en esta situación es atender la convocatoria del Tribunal Médico del INSS. No es necesario iniciar solicitudes adicionales si el expediente ya está en marcha, pero sí es fundamental acudir a la cita y aportar toda la documentación médica actualizada.
Tras esa valoración, la Seguridad Social puede adoptar tres decisiones. La primera es conceder una incapacidad permanente, lo que pone fin a la baja y da acceso a una pensión según el grado reconocido. La segunda opción es emitir el alta médica, obligando al trabajador a reincorporarse a su puesto una vez notificada oficialmente. Y, en casos más excepcionales, puede aprobarse una demora de calificación, que permite prolongar la incapacidad temporal hasta un máximo de 730 días.
Durante esta fase, la prestación económica no se interrumpe. La Seguridad Social continúa abonando la baja, salvo que ya lo hiciera una mutua colaboradora. La cuantía se mantiene sin cambios: el trabajador sigue cobrando el 75% de su base reguladora, como en los meses anteriores.
Esta continuidad en el pago busca evitar vacíos económicos mientras se resuelve el expediente, algo especialmente relevante en procesos largos y complejos desde el punto de vista médico.
El finiquito tras los 18 meses: qué significa
En paralelo, algunas empresas optan por suspender formalmente la relación laboral y liquidar las cantidades pendientes mediante un finiquito. No se trata de un despido ni de una indemnización, sino del pago de conceptos acumulados como vacaciones no disfrutadas o pagas extraordinarias no prorrateadas.
Firmar ese documento no implica renunciar a derechos ni aceptar la extinción definitiva del contrato. Si finalmente el INSS reconoce una incapacidad permanente, la relación laboral se extinguirá; si no, el trabajador deberá reincorporarse a su puesto o disfrutar antes de las vacaciones pendientes.
Si la Seguridad Social reconoce una incapacidad permanente, esta puede ser parcial, total, absoluta o de gran invalidez. La parcial da derecho a una indemnización en pago único; la total supone una pensión del 55% de la base reguladora —que puede subir al 75% a partir de los 55 años—; y en los casos más graves, la pensión alcanza el 100%, con posibles complementos y ventajas fiscales.
Alargar una baja médica más allá de lo habitual no solo afecta a la salud del trabajador, también cambia de forma relevante su situación laboral y administrativa. La Seguridad Social ha vuelto a recordar qué ocurre cuando una incapacidad temporal supera el año y, sobre todo, qué pasos deben seguir los empleados cuando se acercan a los 18 meses de baja.