Hacienda lo confirma: los ciudadanos españoles no tendrán que declarar los bizums a partir de 2026
El nuevo modelo informativo se centrará exclusivamente en la facturación de profesionales y comercios, dejando fuera los pagos cotidianos entre particulares
El Ministerio de Hacienda y la Agencia Tributaria han emitido una nota aclaratoria para zanjar la incertidumbre generada sobre el control de las transferencias instantáneas. A través de un comunicado oficial, el fisco ha confirmado que los ciudadanos particulares no tendrán que declarar sus movimientos de Bizum a partir de 2026, desmintiendo los rumores sobre una fiscalización exhaustiva de los envíos de dinero entre amigos o familiares. Esta medida busca calmar a los usuarios ante la entrada en vigor de nuevas obligaciones para las entidades financieras.
La clave de este cambio normativo, aprobado en abril de 2025, radica en que el foco de la Agencia Tributaria no estará sobre el ciudadano medio, sino sobre la actividad profesional. A partir de febrero de 2026, los bancos informarán mensualmente a la Agencia Tributaria de la facturación acumulada realizada a través de Bizum únicamente por empresarios y profesionales. De este modo, la medida afecta exclusivamente a quienes utilicen el sistema como herramienta de cobro para su negocio o actividad económica.
¿Quién debe declarar los bizums?
Hacienda ha especificado que los movimientos rutinarios —como el pago de una cena, un regalo común o gastos compartidos— quedan totalmente excluidos de esta obligación. La administración subraya que los "bizums" entre particulares no se consideran operaciones sujetas a esta nueva declaración informativa. Así, los usuarios de a pie no verán alterada su relación con el fisco, manteniendo el régimen actual donde este tipo de envíos no requieren trámites adicionales.
Para los autónomos y comercios, el escenario sí cambia. Las entidades financieras deberán reportar mensualmente la identificación del número de comercio, los terminales de venta, el importe mensual facturado y las cuentas bancarias donde se reciben los ingresos. Es importante destacar que el banco no enviará información operación por operación, sino un resumen mensual acumulado de la facturación de cada profesional establecido en España.
Con esta aclaración, el Ministerio pretende atajar la desinformación y asegurar que el objetivo de la norma es dotar de mayor transparencia a la economía digital. La Agencia Tributaria insiste en que busca evitar el fraude en sectores profesionales sin que ello suponga una carga adicional ni una vigilancia intrusiva sobre las finanzas personales de los millones de españoles que usan plataformas de pago instantáneo.
En definitiva, la entrada en vigor del sistema en 2026 no cambiará la forma en que los particulares usan la aplicación. La seguridad jurídica aportada por esta nota confirma que el uso cotidiano de Bizum seguirá siendo privado y libre de declaraciones, permitiendo que la digitalización de los pagos avance sin generar miedos infundados en el contribuyente.
El Ministerio de Hacienda y la Agencia Tributaria han emitido una nota aclaratoria para zanjar la incertidumbre generada sobre el control de las transferencias instantáneas. A través de un comunicado oficial, el fisco ha confirmado que los ciudadanos particulares no tendrán que declarar sus movimientos de Bizum a partir de 2026, desmintiendo los rumores sobre una fiscalización exhaustiva de los envíos de dinero entre amigos o familiares. Esta medida busca calmar a los usuarios ante la entrada en vigor de nuevas obligaciones para las entidades financieras.