Este es el tiempo que tendrás que esperar para recibir la pensión si acabas de solicitar la jubilación
Existen plazos concretos para solicitar la pensión de jubilación, que deben respetarse para evitar la pérdida de derechos económicos
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El proceso de solicitud de la pensión de jubilación cuenta con unos plazos concretos que todo futuro pensionista debe conocer para evitar retrasos y planificar su retirada con precisión. Aunque es posible iniciar el trámite hasta tres meses antes del cese laboral, la resolución no siempre es inmediata y depende de varios factores clave.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) establece un plazo máximo de 90 días para comunicar al solicitante la resolución sobre su pensión de jubilación en sus modalidades contributiva y no contributiva (Real Decreto 286/2003). No obstante, según los últimos datos disponibles de febrero de 2025, el tiempo medio real de resolución se sitúa en 21,53 días, un margen considerablemente más corto que el límite legal, recogen desde BBVA. Este cálculo se aplica siempre que el expediente esté completo y correctamente presentado.
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Presentación telemática o presencial
Para iniciar el procedimiento, es necesario cumplimentar el formulario oficial y adjuntar la documentación requerida, que varía según las circunstancias personales. La solicitud puede entregarse de forma presencial en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) o bien por vía telemática a través del Portal Tu Seguridad Social, para lo que se necesita DNI electrónico, certificado digital o clave permanente.
Una vez enviada, la solicitud se tramita únicamente a partir de la fecha de jubilación elegida. Es decir, aunque se presente con antelación, el expediente no se activa hasta el día en que se alcanza la edad ordinaria de jubilación o se produce el cese laboral. Esto afecta especialmente a quienes solicitan la jubilación activa o proceden de una situación de desempleo con subsidio.
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La pensión comienza a cobrarse, por norma general, al día siguiente de producirse el hecho causante, que puede ser el fin del contrato laboral, el cumplimiento de la edad legal o la finalización del subsidio por desempleo. En todos los casos, se recomienda presentar la solicitud en el plazo de tres meses anterior o posterior a esa fecha para no perder derechos económicos. Si se solicita fuera de este plazo, el efecto económico solo puede retrotraerse hasta un máximo de tres meses desde la fecha de presentación.
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