Ya es oficial: Hacienda permite reclamar los impuestos pagados de más a los herederos de estos pensionistas
Hacienda ha tomado una decisión clave que afecta directamente a miles de familias con vínculos a antiguos mutualistas
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Las reclamaciones por el IRPF cobrado en exceso a miles de pensionistas que cotizaron a mutualidades antes de 1978 suman un nuevo capítulo. Esta vez, con una respuesta definitiva para quienes no llegaron a tiempo de tramitarla en vida. La Agencia Tributaria ha abierto la puerta a que sus herederos, si el fallecimiento se produjo entre 2019 y 2024, puedan presentar la solicitud correspondiente. Para ello, deberán usar un nuevo formulario, ya disponible en la sede electrónica de Hacienda.
El modelo anterior ha sido eliminado, por lo que incluso quienes presentaron la petición antes de diciembre de 2024 deberán hacerlo otra vez si no obtuvieron resolución. En palabras de la Agencia, “queda sin efecto el formulario de solicitud de devolución para mutualistas habilitado con anterioridad al 22 de diciembre de 2024”. Esta nueva versión del procedimiento permite incluir varios ejercicios no prescritos en un único trámite, lo que agiliza las devoluciones tanto para mutualistas como para sus familiares.
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Si el pensionista ya ha fallecido, la solicitud debe completarse con el número de referencia vinculado al difunto, dado que no es válido utilizar su certificado digital ni Cl@ve. En los casos de fallecimientos recientes (2023 o 2024), este dato puede obtenerse por internet. Si la defunción es anterior, será necesario acudir presencialmente a una oficina de la Agencia Tributaria con cita previa y documentación que acredite la condición de heredero. Otra vía es operar como representante desde el Registro de Sucesores.
Además, las devoluciones seguirán un calendario progresivo publicado en el BOE. En 2025 se devolverán los importes correspondientes a 2019 y años anteriores no prescritos. En 2026 será el turno de 2020, y así sucesivamente hasta alcanzar el ejercicio 2022 en 2028. Como aspecto positivo, se incluirán intereses de demora. Hacienda ha confirmado que, para el primer tramo, se aplicará un tipo del 4,0625 %, en respuesta a las reclamaciones formuladas por asociaciones como la OCU.
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